GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma Asamblea 3ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. C. de la C. 107
INFORME POSITIVO
14 de abril de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO
La Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, previo estudio y consideración del R. C. de la C. Núm. 107, tiene a bien recomendar a este Alto Cuerpo la aprobación, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
La Resolución Conjunta de la Cámara 107 tiene como propósito designar el tramo de la Carretera Estatal PR-185 en la jurisdicción del Municipio de Canóvanas, con el nombre de “Norman H. Dávila”, como justo reconocimiento a su destacada trayectoria y aportaciones al deporte en Puerto Rico, particularmente como narrador de carreras y voz oficial de la hípica puertorriqueña por más de cincuenta años.
La medida resalta la figura de Norman H. Dávila como uno de los narradores más emblemáticos del hipismo en Puerto Rico, destacando su participación en escenarios como el antiguo Hipódromo “El Comandante” en Carolina y el actual Hipódromo “Camarero” en Canóvanas, así como su legado en la narración de miles de carreras y su impacto en la cultura deportiva del país.
Asimismo, la Resolución dispone que el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) será responsable de la rotulación del tramo designado, conforme a las normas aplicables, y autoriza la coordinación de recursos para cumplir con los fines de la medida.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión de Transportación e Infraestructura para la debida consideración y estudio de la Resolución Conjunta de la Cámara Núm. 107, se solicitó memorial explicativo al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP).
Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP)
El memorial explicativo del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) reconoce los méritos del Sr. Norman H. Dávila, destacando su trayectoria de más de cinco décadas como narrador hípico, así como su influencia en la cultura deportiva de Puerto Rico.
Además, el DTOP indica que la carretera PR-185 tiene una longitud aproximada de 21.20 kilómetros, de los cuales cerca de 11.20 kilómetros discurren dentro de la jurisdicción de Canóvanas, por lo que recomienda evaluar la designación de la totalidad de la vía en lugar de un segmento específico.
IMPACTO FISCAL
Según se desprende de los comentarios recibidos de las agencias gubernamentales, no fue posible determinar un impacto fiscal asociado a esta medida. Por tanto, esta Comisión concluye que la misma no representa un impacto fiscal adicional sobre el presupuesto de gastos del Gobierno proveniente del Fondo General.
CONCLUSIÓN
Por todo lo anterior, esta Comisión concluye que la medida es meritoria, al rendir un justo reconocimiento a la vida y aportaciones del Sr. Norman H. Dávila, cuya trayectoria ha dejado una huella significativa en el deporte y la cultura puertorriqueña.
No obstante, la Comisión reconoce las preocupaciones planteadas por el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) en cuanto a la precisión de la descripción del tramo y las implicaciones de la rotulación por segmentos. En atención a lo anterior, esta Comisión enmendó la medida, según reflejado en el entirillado electrónico, a los fines de disponer que la designación comprenda la totalidad de los once punto veinte (11.20) kilómetros de la Carretera Estatal PR-185 en la jurisdicción del Municipio de Canóvanas, atendiendo así las recomendaciones técnicas del DTOP y evitando posibles confusiones en su implementación.
Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Transportación e Infraestructura, somete el presente Informe Positivo del R. C. de la C. Núm. 107 en el que recomendamos a este Honorable Cuerpo su aprobación, con enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
Respetuosamente sometido,
Hon. José A. Hernández Concepción
Presidente
Comisión de Transportación e Infraestructura
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