GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma Asamblea 1 ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 350
2 DE JUNIO DE 2025
Presentada por la representante Burgos Muñiz
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el estado de las aceras en los setenta y ocho (78) municipios de Puerto Rico; investigar si las aceras existentes han sido construidas en cumplimiento con los parámetros adecuados para facilitar el tránsito de ciudadanos que se movilizan en sillas de ruedas o con la asistencia de cualquier otro equipo diseñado para facilitar la movilidad; investigar cuáles aceras requieren reparación e identificar los fondos existentes para lograr dichas reparaciones; investigar cuáles aceras no cuentan con rampas para personas que se desplazan en sillas de ruedas o con la asistencia de cualquier otro equipo diseñado para facilitar la movilidad, e identificar los fondos para construir dichas rampas; investigar cuáles son aquellos lugares residenciales, comerciales y recreativos que carecen de aceras e identificar los fondos necesarios para construirlas; investigar el cumplimiento del Gobierno con la Ley 201-2010, conocida como la Ley para Declarar la Política Pública sobre la Adopción del Concepto de Calles Completas, y con el Plan y Guías de Diseño para Calles Completas adoptado por el Puerto Rico Metropolitan Planning Organization en septiembre 2018; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 238-2004, según enmendada, conocida como “La Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos” establece la Política Pública del Gobierno de Puerto Rico respecto a la protección de los derechos de las personas con impedimento. Particularmente, el Artículo 3 de la referida Ley establece que “en el marco del principio de igualdad humana, el Estado reconoce su responsabilidad de establecer las condiciones adecuadas para promover en las personas con impedimento el goce de una vida plena y el disfrute de sus derechos naturales, humanos y legales, libre de discrimen y barreras de todo tipo.” La mencionada política pública es compatible con el principio constitucional de la inviolabilidad de la dignidad humana. Principio que se extiende a todo ser humano sin distinción de clase alguna.
Asimismo, la Ley 201-2010, conocida como la Ley para Declarar la Política Pública sobre la Adopción del Concepto de Calles Completas, estableció en Puerto Rico una política pública de calles completas para la planificación vial a nivel estatal. El concepto de ‘calles completas’ o ‘complete streets’ es uno enfocado en una planificación que resulte en calles accesibles para todas las personas, incluyendo transeúntes, personas con diversidad funcional, ciclistas, transportación pública, automóviles, etc. Dicha Ley estableció también una Comisión Evaluadora para la Adopción del Concepto de Calles Completas, que presentó su Informe Final en septiembre de 2012 y rindió toda una serie de recomendaciones generales de política pública, así como recomendaciones técnicas de diseño de planificación. Posteriormente, la Oficina de Planificación Estratégica del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) elaboró un Plan y Guías de Diseño para Calles Completas, que en septiembre de 2018 fue adoptado como política pública por el Puerto Rico Metropolitan Planning Organization, que determina la política pública para la planificación de transportación pública y carreteras en Puerto Rico. Bajo esta política pública, el Gobierno se comprometió con un desarrollo vial que tome en cuenta y permita el tránsito accesible y seguro para personas con diversidad funcional por las calles de Puerto Rico.
A pesar de que el Estado ha reconocido la necesidad de eliminar aquellas barreras que dificultan el desarrollo pleno de las personas con diversidad funcional, estamos muy lejos de lograr una plena igualdad de condiciones y oportunidades para estos ciudadanos. Aún existen áreas en las cuales las personas con diversidad funcional sufren una desventaja clara en comparación con aquellas personas que no sufren de ninguna discapacidad. Un claro ejemplo de esto es el estado de las aceras en Puerto Rico.
Cada vez es más común encontrarse con aceras en mal estado en distintos lugares residenciales, comerciales o recreativos. En algunos casos, se pueden observar aceras agrietadas o destruidas. Incluso, en muchos lugares las aceras son inexistentes o no cuentan con elementos importantes como las rampas para personas que se movilizan en sillas de ruedas o que requieren la asistencia de cualquier otro equipo para facilitar la movilidad. Estas rampas son de vital importancia para que los ciudadanos con problemas de movilidad puedan acceder de manera segura a las aceras. Ante este panorama, es imperativo eliminar todas las barreras existentes en las aceras de Puerto Rico, con la finalidad de garantizar el respeto a la dignidad de los ciudadanos con diversidad funcional.
Por todo lo anterior, es necesario que esta Cámara de Representantes realice una investigación exhaustiva sobre el estado de las aceras en Puerto Rico, la necesidad de construcción de nuevas aceras y reparar o modificar las ya existentes, con el propósito de hacerlas transitables para las personas con problema de movilidad y/o diversidad funcional.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el estado de las aceras en los setenta y ocho (78) municipios de Puerto Rico; investigar si las aceras existentes han sido construidas en cumplimiento con los parámetros adecuados para facilitar el tránsito de ciudadanos que se movilizan en sillas de ruedas o con la asistencia de cualquier otro equipo diseñado para facilitar la movilidad; investigar cuales aceras requieren reparación e identificar los fondos existentes para lograr dichas reparaciones; investigar cuales aceras no cuentan con rampas para personas que se desplazan en sillas de ruedas o con la asistencia de cualquier otro equipo diseñado para facilitar la movilidad, e identificar los fondos para construir dichas rampas; investigar cuales son aquellos lugares residenciales, comerciales y recreativos que carecen de aceras e identificar los fondos necesarios para construirlas; investigar el cumplimiento del Gobierno con la Ley 201-2010, conocida como la Ley para Declarar la Política Pública sobre la Adopción del Concepto de Calles Completas, y con el Plan y Guías de Diseño para Calles Completas adoptado por el Puerto Rico Metropolitan Planning Organization en septiembre 2018; y para otros fines relacionados.
Sección 2.-La Comisión deberá comunicar a la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico el resultado de su investigación, mediante la radicación de informes periódicos en los cuales detalle sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, sobre la materia objeto de esta resolución.
Sección 3.- La obligación de investigar e informar, que mediante esta resolución se le impone a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, tendrá vigencia durante todo el término de la Vigésima Asamblea Legislativa del Gobierno de Puerto Rico y concluirá con la radicación de un informe final antes de que concluya la última sesión ordinaria de la misma.
Sección 4.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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