GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 729
INFORME POSITIVO
13 de noviembre de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES:
La Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto de la Cámara 729, tiene el honor de recomendar a este Alto Cuerpo la aprobación de esta pieza legislativa, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que acompaña este Informe.
El Proyecto de la Cámara 729 fue presentado por el representante Nieves Rosario, persigue crear la “Ley de Devolución de Mercancías” para disponer que en todos los comercios debidamente registrados para hacer negocios en Puerto Rico la devolución de mercancía será, a opción del consumidor, mediante la entrega del dinero pagado por el bien; establecer penalidades por incumplimiento; delegar al Departamento de Asuntos del Consumidor la jurisdicción para velar por el fiel cumplimiento de la presente ley y el procedimiento de reglamentación; y para otros fines relacionados.
Se desprende de la Exposición de Motivos de la medida que la Ley busca establecer un marco claro y equitativo para las transacciones comerciales en Puerto Rico, específicamente en lo concerniente al derecho del consumidor a la devolución de productos. Se indica que el consumidor puede devolver mercancía y optar por recibir el dinero pagado, siempre que la devolución se realice dentro de los 30 días siguientes a la compra. El recibo de compra es el documento válido para este proceso,
A su vez, la medida protege a los comercios, al requerir que la mercancía debe estar sin uso y conservar todas las etiquetas, empaques y accesorios originales. Si no se cumplen estas condiciones, el comercio puede decidir si acepta la devolución bajo sus propios términos. Por su parte, el reembolso se realiza utilizando el método de pago original, salvo que el consumidor acepte un crédito de tienda. Si el producto fue utilizado, el comercio puede optar por emitir un crédito de tienda para futuras compras.
En síntesis, la medida busca armonizar las políticas de devolución, reducir la incertidumbre y frustración de los consumidores, y alinearse con las mejores prácticas observadas en otras jurisdicciones de Estados Unidos. Además, otorga flexibilidad en situaciones de emergencia y garantiza que los consumidores estén protegidos ante prácticas comerciales desleales
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
Como parte del análisis a esta medida, se evaluaron los comentarios presentados a la Cámara de Representantes por parte del Departamento de Asuntos del Consumidor; agencia que expresa estar en completo apoyo de la aprobación del P. de la C. 729. Si bien la Comisión también solicitó los memoriales de la Cámara de Comercio de Puerto Rico, el Centro Unido de Detallistas (CUD), la Asociación de Comercio al Detal, Inc., al momento de redactar este informe, no se habían recibido los mismos.
DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR
El Departamento de Asuntos del Consumidor comparece por escrito con unos comentarios de su secretaria, Lcda. Valerie M. Rodríguez Erazo, favoreciendo la medida que permite garantizar practicas más justas, transparentes y eficientes para todos los participantes del mercado.
El DACO sostuvo que a observado un aumento en reclamaciones por reembolsos realizados en métodos distintos al pago original, lo que genera confusión y pérdida de confianza. El proyecto busca armonizar la normativa local con la práctica federal y modelos regulatorios de otros estados de EE.UU., donde el reembolso en el mismo método de pago es un derecho afirmativo del consumidor.
Entienden que la medida no impone cargas excesivas al comercio, sino que clarifica procesos y fomenta la transparencia. Garantizar el reembolso en el mismo método fortalece la confianza, evita el doble procesamiento contable y reduce riesgos de fraude o error. Además, facilita la fiscalización y protege a los comerciantes que cumplen.
Finalmente, sostienen que la medida guarda armonía con la política pública vigente y recomienda su aprobación. Por todo lo antes expuesto, el DACO endosa el Proyecto de la Cámara 729.
La Comisión de Asuntos del Consumidor, luego de evaluado el P. de la C. 729, estima conveniente que se pueda disponer que en todos los comercios debidamente registrados para hacer negocios en Puerto Rico la devolución de mercancía será, a opción del consumidor, mediante la entrega del dinero pagado por el bien.
Sobre todo, nos parece una práctica abusiva que no se le brinde la oportunidad al consumidor de poder obtener un reembolso en el mismo método de pago y se le obligue a obtener, por ejemplo, un crédito del comercio. A nuestro juicio, los comercios que no honran las devoluciones con el mismo método de pago y obligan a sus clientes a obtener un crédito pasan por alto la realidad que vive el puertorriqueño hoy día; que muchos viven al contado y no cuentan con reservas suficientes para verse forzados a adquirir una mercancía que no les gusta o, en el peor de los casos, a tener que gastar más dinero en otro comercio. Lo mismo sucede cuando el comercio no brinda un término razonable de tiempo para realizar la devolución.
Basándose en los argumentos expuestos, la Comisión somete el presente Informe Positivo y recomienda a este Alto Cuerpo la aprobación de esta pieza legislativa, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que acompaña este Informe.
Respetuosamente sometido,
HON. EDGAR E. ROBLES RIVERA
Presidente
Comisión de Asuntos del Consumidor
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