GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 366
24 DE JUNIO DE 2025
Presentada por la representante Pérez Ramírez
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre todo el proceso de reconstrucción, estado y condiciones de la Escuela Nueva Ceferina Cordero, en el municipio de Isabela; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Escuela Nueva Ceferina Cordero está localizada en el sector La Marina del municipio de Isabela, Puerto Rico. Una parte fundamental de sus facilidades —la cancha escolar— permanece inhabilitada desde el paso del huracán María en el año 2017, afectando adversamente las clases de educación física, los periodos recreativos y otras actividades escolares esenciales para el desarrollo físico, emocional y social del estudiantado.
Ante la falta de acción, el 4 de junio de 2025, la Comisión de Educación de la Cámara de Representante, envió un requerimiento de información a la Oficina para el Mejoramiento de Escuelas Públicas (OMEP) adscrita al Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) y la Autoridad de Edificios Públicos (AEP), solicitando respuestas específicas sobre la rehabilitación de la cancha, así como el estatus del proyecto de reconstrucción.
En respuesta, la AEP notificó el 16 de junio de 2025 que, conforme al Memorando de Entendimiento (MOU) vigente con el Departamento de Educación, todos los fondos asignados por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) para fines de reconstrucción fueron transferidos al DEPR, independientemente de quién sea el titular de la instalación afectada. La AEP indicó que no cuenta con recursos fiscales para atender el proyecto, colocando toda la responsabilidad de este en manos del Departamento de Educación.
Este intercambio de responsabilidades y la ausencia de ejecución han dejado a la comunidad escolar de la Escuela Nueva Ceferina Cordero en una situación de abandono parcial. A casi ocho años del desastre natural que provocó los daños, la cancha sigue sin ser reparada, y la comunidad escolar continúa esperando por una respuesta clara y acción concreta.
Por lo antes expuesto, impera que la Cámara de Representantes de Puerto Rico realice una investigación abarcadora sobre todo el proceso de reconstrucción, el uso de fondos asignados, la titularidad de las instalaciones, y el estado actual de la Escuela Nueva Ceferina Cordero, especialmente de su cancha escolar. Es vital que estas facilidades, diseñadas para fomentar la actividad física, el deporte y la sana convivencia, estén disponibles en pleno funcionamiento para el beneficio del estudiantado y la comunidad.
resuélvese POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre todo el proceso de reconstrucción, estado y condiciones de la Escuela Nueva Ceferina Cordero, en el municipio de Isabela.
Sección 2.- La Comisión, conforme dispone el Reglamento de la Cámara de Representantes, puede citar a cualquier persona natural o jurídica, o entidad gubernamental, organizaciones con o sin fines de lucro, que haya tenido o tenga cualquier clase de relación o conexión en los asuntos especificados en la Sección 1 de esta Resolución.
Sección 3.- La Comisión, estará autorizada a llevar a cabo estudios especializados, investigaciones detalladas, reuniones de trabajo y las audiencias públicas que sean necesarias para cumplir con el propósito de esta Resolución. Asimismo, estará facultada para emitir citaciones, solicitar la producción de documentos e información relevante, y emitir informes detallados. La Comisión podrá ampliar su investigación a cualquier otro asunto que considere pertinente para el cumplimiento efectivo de los objetivos planteados.
Sección 4.- La Comisión rendirá a la Cámara de Representantes de Puerto Rico los informes parciales que estime necesarios o convenientes en los que incluyan sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones; asimismo, someterá un informe final, antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa.
Sección 5.- Esta Resolución tendrá vigencia al momento de su aprobación.
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