GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma Asamblea 1 ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 367
25 DE JUNIO DE 2025
Presentada por el representante Méndez Núñez
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para enmendar la Sección 1 inciso DD y crear un nuevo inciso II de la Resolución de la Cámara 2, con el propósito crear la nueva Comisión Permanente de la Región Este Central, y otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Mediante la Resolución de la Cámara 2 se crearon las Comisiones Permanentes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico que regirán durante la Vigésima (20ma.) Asamblea Legislativa. Dicha Resolución creó las Comisión Permanente, así como sus correspondientes jurisdicciones.
La creación de una comisión legislativa dedicada exclusivamente a la región este-central permitirá un enfoque más ágil, participativo y sensible a las necesidades ciudadanas, facilitando también el acceso de las comunidades a los procesos legislativos. Esta comisión promoverá el desarrollo regional equilibrado, fortalecerá la representación legislativa en la zona y contribuirá a reducir disparidades geográficas.
Por lo tanto, resulta imperativo enmendar la Resolución de la Cámara de Representantes Núm. 2 para crear la Comisión de la Región Este Central, con jurisdicción específica sobre los municipios que conforman dicha región, y con facultades para atender los asuntos sociales, económicos y gubernamentales que incidan sobre ella. Esta medida responde al reclamo legítimo de las comunidades y es un paso necesario hacia una Cámara de Representantes más cercana, eficaz y representativa.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se enmienda la Sección 1 de Resolución de la Cámara 2, para que lea como sigue:
“Sección 1.- Se crean las Comisiones Permanentes mediante las cuales se organizarán los trabajos de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, a los fines de establecer su composición y asignar su jurisdicción acorde con el área o ámbito de su especialidad, de acuerdo con lo que se dispone a continuación:
La Comisión de la Región Este tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el desarrollo socioeconómico de [Gurabo, Caguas, San Lorenzo,] Patillas, Maunabo, Yabucoa, [Humacao, Las Piedras, Juncos,] Naguabo, Ceiba, Fajardo, Luquillo, Río Grande, Loiza, Canóvanas, Vieques y Culebra; sobre todo asunto relacionado con los programas gubernamentales que inciden sobre los municipios bajo su jurisdicción; las recomendaciones de legislación que sean necesarias para alcanzar soluciones y lograr el desarrollo integrado y armonioso en dicha jurisdicción; y de los servicios que prestan esos gobiernos municipales a su ciudadanía.
De igual manera, tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado a la investigación y rendición de cuentas de todas las asignaciones de fondos estatales y federales asignados a las agencias, corporaciones públicas destinados a impactar directamente o que afectan a municipios bajo su jurisdicción; además, sobre cualquier otra entidad que reciba fondos públicos o incentivos, ya sean por fondos de asignaciones federales, mejoras municipales, transferencias intergubernamentales y asignaciones presupuestarias puntuales en su jurisdicción, ya sean para infraestructura, programas de bienestar social, iniciativas comunitarias, entre otras que impacten directamente a las poblaciones de los municipios bajo jurisdicción de la Comisión; evaluación de la implementación de los programas para lo que fueron asignados los fondos públicos; auditorías de desempeño realizadas a programas gubernamentales y municipales que impacten directamente a las poblaciones bajo su jurisdicción, que operan programas con fondos federales enfatizando en la investigación de campo y en la citación de los directivos regionales de las entidades que implementen dichos fondos; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
II. COMISIÓN DE LA REGIÓN ESTE CENTRAL, que estará compuesta por once (11) Representantes.
La Comisión de la Región Este Central tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado con el desarrollo socioeconómico de Gurabo, Caguas, San Lorenzo, Las Piedras, Juncos, Humacao; sobre todo asunto relacionado con los programas gubernamentales que inciden sobre los municipios bajo su jurisdicción; las recomendaciones de legislación que sean necesarias para alcanzar soluciones y lograr el desarrollo integrado y armonioso en dicha jurisdicción; y de los servicios que prestan esos gobiernos municipales a su ciudadanía.
De igual manera, tendrá jurisdicción sobre todo asunto relacionado a la investigación y rendición de cuentas de todas las asignaciones de fondos estatales y federales asignados a las agencias, corporaciones públicas destinados a impactar directamente o que afectan a municipios bajo su jurisdicción; además, sobre cualquier otra entidad que reciba fondos públicos o incentivos, ya sean por fondos de asignaciones federales, mejoras municipales, transferencias intergubernamentales y asignaciones presupuestarias puntuales en su jurisdicción, ya sean para infraestructura, programas de bienestar social, iniciativas comunitarias, entre otras que impacten directamente a las poblaciones de los municipios bajo jurisdicción de la Comisión; evaluación de la implementación de los programas para lo que fueron asignados los fondos públicos; auditorías de desempeño realizadas a programas gubernamentales y municipales que impacten directamente a las poblaciones bajo su jurisdicción, que operan programas con fondos federales enfatizando en la investigación de campo y en la citación de los directivos regionales de las entidades que implementen dichos fondos; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
Sección 2.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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