GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. del S. 649
INFORME POSITIVO
30 de octubre de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración, tiene a bien rendir este Informe Positivo sobre el Proyecto del Senado 649, recomendando a este Alto Cuerpo su aprobación, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este Informe.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 649, aprobado por el Senado el 2 de junio de 2025, tiene como objetivo enmendar los Artículos 3 y 8 de la Ley 29-2009, según enmendada, mejor conocida como “Ley de las Alianzas Público Privadas” con el propósito de incluir como objeto para convertirse en Contrato de Alianza la construcción, mantenimiento u operación de viviendas para personas de edad avanzada y para la construcción, mantenimiento u operación de edificaciones cuyo único propósito sea el establecimiento de hogares sustitutos, grupales o centros de cuido prolongado para adultos mayores para personas de edad avanzada en Puerto Rico; establecer la composición del Comité de Alianza para este propósito; enmendar los Artículos 5.01 y 5.06 de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como la “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, a los fines de autorizar la utilización de edificios gubernamentales y escuelas en desuso para estos propósitos; y para otros fines relacionados.
INTRODUCCIÓN
La Exposición de Motivos del Proyecto del Senado 649 destaca la necesidad de ampliar el marco de las alianzas público privadas (APP) para atender de forma innovadora y sostenible los retos demográficos que enfrenta Puerto Rico ante el acelerado envejecimiento poblacional.
La medida reconoce que la Ley de Alianzas Público Privadas (Ley 29-2009) ha sido una herramienta eficaz para promover la inversión privada, modernizar la infraestructura pública y optimizar los recursos fiscales del Estado. En este contexto, la inclusión explícita de proyectos de vivienda y cuido prolongado para adultos mayores como “Proyectos Prioritarios” responde a una necesidad social urgente y a la obligación moral del Estado de garantizar una calidad de vida digna a las personas de edad avanzada.
Asimismo, el proyecto armoniza la política pública de APP con los principios de la Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal (Ley 26-2017), promoviendo el uso responsable y productivo de edificios y escuelas en desuso. De esta forma, se propicia la conversión de estructuras abandonadas en espacios funcionales para la comunidad, generando actividad económica y reduciendo el deterioro urbano.
AnÁlisis de la Medida
La Comisión de Gobierno examinó el contenido del Proyecto del Senado 649 y constató que el mismo fortalece la política pública de desarrollo económico y justicia social mediante el aprovechamiento eficiente de los recursos públicos y la participación del sector privado en la creación de infraestructura social esencial.
El proyecto amplía el alcance del Artículo 3 de la Ley 29-2009 al reconocer expresamente la posibilidad de establecer alianzas para la construcción, mantenimiento u operación de viviendas y centros de cuido prolongado para personas de edad avanzada (60 años o más). Esta inclusión elimina ambigüedades interpretativas y prioriza la atención a un sector poblacional que enfrenta serias limitaciones de vivienda y acceso a servicios adecuados.
De igual modo, el Artículo 8 se enmienda para establecer la composición del Comité de Alianzas especializado en estos proyectos, el cual integrará representantes de agencias clave como el Departamento de la Familia, la Oficina de la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada, la Autoridad de Edificios Públicos y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF). Esta estructura garantiza una evaluación integral, ética y técnica de los proyectos propuestos.
Asimismo, las enmiendas a los Artículos 5.01 y 5.06 de la Ley 26-2017 permiten que el Gobierno autorice el uso de edificios gubernamentales y escuelas en desuso para establecer proyectos bajo el modelo de alianzas público-privadas. Esta disposición resulta particularmente beneficiosa, ya que reutiliza infraestructura existente, reduce costos de construcción y fomenta la revitalización comunitaria, al ubicar los centros en espacios accesibles y familiares para los residentes.
Para el estudio y evaluación del P. del S. 649, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes solicitó comentarios y ponencias a los siguientes:
Se recibieron y consideraron los siguientes:
El Departamento de la Vivienda endosó la medida por entender que está alineada con la política pública vigente de esa agencia. Además, presentó varias recomendaciones que fueron acogidas en el entirillado que acompaña este informe.
Por su parte, el Departamento de Justicia apoyó el proyecto por considerar que atiende una necesidad apremiante de la población de adultos mayores, la cual ha crecido vertiginosamente en las últimas décadas. Justicia concluyó que la medida constituye un ejercicio legítimo de las prerrogativas constitucionales de la Asamblea Legislativa y un esfuerzo encomiable dirigido a atender un asunto de la más alta prioridad para la Administración actual, sin identificar impedimento legal alguno para su aprobación.
De igual forma, la Oficina de la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada favoreció la aprobación del proyecto, destacando que promueve la política pública a favor de los adultos mayores al procurar que estructuras abandonadas, como escuelas y edificios gubernamentales en desuso, puedan ser adaptadas como viviendas accesibles, cercanas a áreas residenciales, transporte público, centros de salud y otros servicios comunitarios, facilitando la integración de los residentes con su entorno.
La Oficina de Ética Gubernamental endosó la medida, condicionando su aval a que se mantenga el mecanismo de dispensa dispuesto en el Artículo 8 de la Ley 29, supra. Esta recomendación fue acogida, en reconocimiento de su autoridad para velar por el cumplimiento ético de las leyes.
El Departamento de la Familia favoreció la aprobación de la medida, con algunas recomendaciones que fueron aquilatadas por esta Comisión. Destacó, además, su compromiso de continuar fortaleciendo e impulsando iniciativas que contribuyan a mejorar la calidad de vida de los adultos mayores.
Por su parte, la Autoridad de Edificios Públicos reconoce el valor social y estratégico del proyecto ante la urgente necesidad de atender adecuadamente el envejecimiento poblacional que atraviesa Puerto Rico. Entiende que el objetivo de promover soluciones de infraestructura social mediante alianzas con el sector privado, sin depender exclusivamente del erario, representa una iniciativa responsable, proactiva y coherente con los retos fiscales y demográficos actuales. No obstante, recomienda que toda propuesta dirigía a la cesión, traspaso o desafectación de propiedades se evalúe caso a caso, considerando sus implicaciones legales, fiscales y operacionales. Cónsono con lo anterior, es por ello que se propone el Comité de Alianzas.
Por último, la AAFAF reconoció el mérito de la medida, aunque planteó ciertas interrogantes jurídicas y programáticas que, a su entender, deben ser aclaradas durante el trámite legislativo.
Desde la perspectiva fiscal, y conforme dispuesto por la Oficina de Presupuesto de la Rama Legislativa (OPAL), la medida no representa un impacto presupuestario directo para el Fondo General, en tanto promueve la participación del sector privado en la inversión y administración de los proyectos, transfiriendo al desarrollador los riesgos inherentes a su ejecución. Destacan que la medida amplía las facultades que ostenta la Alianza Público Privada para llevar a cabo cualquier construcción relacionada con el mantenimiento u operación del tipo de edificaciones que propone la medida.
En conclusión, la medida atiende de manera simultánea dos problemáticas de gran relevancia social:
Además, el proyecto podría tener un impacto positivo en la formulación de políticas sobre desarrollo urbano, educación, acceso a servicios públicos y participación laboral.
CONCLUSIÓN
La Comisión de Gobierno entiende que el Proyecto del Senado 649 constituye una legislación necesaria, socialmente responsable y fiscalmente prudente, que fortalece el compromiso del Estado con la dignidad, seguridad y bienestar de las personas de edad avanzada.
La medida impulsa un modelo de desarrollo sostenible y solidario, basado en la colaboración entre el sector público y el privado, para atender de manera ágil y eficiente las necesidades de vivienda y cuido prolongado de la población mayor del país, el cual es cónsono con la política pública de esta administración.
Por todo lo anterior, esta Comisión recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 649, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este Informe.
Respetuosamente sometido,
Hon. Víctor L. Parés-Otero
Presidente
Comisión de Gobierno
Cámara de Representantes
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