GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
R. del S. 217
PRIMER INFORME PARCIAL
16 de octubre de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Vivienda y Bienestar Social, previo estudio y consideración de la Resolución del Senado 217, presenta a este Alto Cuerpo Legislativo su Primer Informe Parcial, con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones sobre la investigación y el trámite realizado.
ALCANCE DE LA MEDIDA
La Resolución del Senado 217 (en adelante, “R. del S. 217”), según fuera aprobada por el Senado de Puerto Rico el 2 de junio de 2025, ordenó a la Comisión de Vivienda y Bienestar Social a realizar una investigación sobre la política pública existente y necesaria referente al cuido continuo y a las instituciones de cuido de larga duración en Puerto Rico, en todas sus modalidades, incluyendo instituciones de cuido diurno e instituciones residenciales; y para otros fines relacionados.
INTRODUCCIÓN
El pasado 30 de mayo de 2025, el senador Thomas Rivera Schatz y la senadora Wanda (Wandy) Soto Tolentino radicaron por petición la Resolución del Senado 217, con la finalidad de ordenarle a esta Comisión investigar la política pública existente y necesaria referente al cuido continuo y a las instituciones de cuido de larga duración en Puerto Rico, para establecer un nuevo marco normativo que promueva un modelo de servicios de cuidado continuo, más flexible, integrado e inclusivo. Este modelo permitiría atender desde personas en fragilidad leve que viven en sus hogares, hasta aquellas que requieren cuidados institucionales permanentes, adaptando los servicios a las distintas etapas del envejecimiento.
Esta pieza legislativa fue aprobada el 2 de junio de 2025[1], por el pleno del Senado de Puerto Rico. La Comisión de Vivienda y Bienestar Social inmediatamente envió misivas de comparecencia a Vista Pública junto a la solicitud de memoriales explicativos. La Vista Pública se llevó a cabo el martes, 30 de septiembre de 2025 a las 10:00 de la mañana en el Salón María Perez en el Anexo del Senado. Ese día compareció la Oficina del Procurador de Personas de Edad Avanzada (OPPEA), el Departamento de la Familia (DF), Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración (ADCCLD), la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), la Asociación Estadounidenses de Personas Jubiladas (AARP) por sus siglas en inglés, la Federación de Instituciones de Cuido Prolongado (FICPRO) y el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico. Al momento de redactar el presente informe se recibieron ponencias escritas del Departamento de la Familia, ASSMCA, la Asociación Estadounidenses de Personas Jubiladas (AARP), Oficina del Procurador de Personas de Edad Avanzada, la Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración, la Federación de Instituciones de Cuido Prolongado, Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, la Oficina del Procurador del Paciente (OPP) y del Departamento de la Vivienda. Igualmente, recibimos el Informe de Vivienda Colaborativa y Personas Mayores presentado por la Comisión sobre los Derechos de las Personas de Mayor Edad del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico.
ALCANCE DEL INFORME
La regla 13 del “Reglamento del Senado de Puerto Rico”, según enmendado, aprobado el 9 de enero de 2017, mediante la Resolución del Senado 13, dispone sobre las funciones y facultades que tienen las comisiones permanentes del Senado. Al amparo de esta disposición y conforme fuera aprobada la R. del S. 217 por el pleno del Senado, esta Comisión presenta este Primer Informe Parcial.
ANÁLISIS Y HALLAZGOS
Tras la ejecución de la Audiencia Pública y del análisis concienzudo de todos los memoriales explicativos y comentarios recibidos hasta el momento de la ejecución de este Primer Informe Parcial, es de menester presentar la siguiente información:
Ciertamente el total de la población de personas con más de 60 años experimenta un incremento constante y acelerado. Tal y como lo reflejan las estadísticas, este renglón poblacional aumentará en un 15 % aproximadamente para conformar así, casi la mitad del total poblacional en las próximas décadas. Ante este escenario es importante evaluar de manera exhaustiva todos los componentes necesarios para asegurarnos que, por un lado, este sector poblacional tenga las herramientas necesarias para el desarrollo de una calidad de vida próspera y saludable, y por otra parte, identificar aquellas áreas de oportunidad económica que surgirán ante esta necesidad, especialmente en el sector de cuido de larga duración. Lo anterior evidentemente resultará en un beneficio directo para todos los componentes de nuestra sociedad.
En ese contexto, la Comisión de Vivienda y Bienestar Social expondrá un resumen de todos los memoriales explicativos o comentarios recibidos al momento de este informe, así como la información coleccionada en la audiencia pública celebrada.
Departamento de la Familia
En su memorial explicativo, el Departamento de la Familia (DF) expresó que la población de adultos mayores en Puerto Rico tiene ramificaciones serias en asuntos de política pública que son necesarios atender. Se proyecta que esta población continue incrementando en la próxima década lo cual demuestra que Puerto Rico, al igual que muchas otras regiones del mundo, está experimentando un acelerado proceso de envejecimiento poblacional como resultado de factores como el aumento de la expectativa de vida y la disminución de la tasa de natalidad. Según los datos de la Encuesta de la Comunidad del aria 2022, estimados a cinco (5) años, realizada por el Negociado del Censo de las Estados Unidos, la poblaci6n de 60 años o más en la isla fue de 944,507 personas, representando el 28.9% de la población total. De otra parte, las proyecciones realizadas por el Negociado del Censo en su Base de Datos Internacionales indican que se espera que para el año 2030, la población de 60 años o más represente un 35%, para el año 2040 un 38.1 %, para el 2050 un 39.8% y para el 2060 un 43.7%.
Manifiesta el DF que en Puerto Rico aún no se ha evaluado a profundidad si dicho fenómeno ha impulsado un ecosistema económico y social sostenible vinculado a los servicios de cuidado prolongado. Conforme a lo anterior, el DF se ha dado a la tarea de revisar sus Reglamentos Núm. 7349, supra, y Reglamento Numero 7924, supra, de manera que, nuestro marco regulatorio este a la par con las necesidades del cambio social que estamos experimentando.
El Departamento considera que la Ley Núm. 94 de 22 de junio de 1977, según enmendada, conocida come “Ley de Establecimientos para Personas de Edad Avanzada”, a pesar de sus múltiples enmiendas, adolece de normas que recojan el ideal mínimo de actuaciones necesarias para atender con justicia las necesidades de la población de adultos mayores en Puerto Rico. Una población con características socioeconómicas muy diferentes a poblaciones de otros estados. Es por ello por lo que, al momento de considerar la política pública necesaria referente a la industria de cuidado de larga duración en Puerto Rico, debemos evaluar con detenimiento aspectos, tales como:
En Puerto Rico contamos con un aproximado de 1,081 establecimientos licenciados para ofrecer servicios a nuestros adultos mayores. Estos se dividen de la siguiente manera:
d. 131 Centros de Actividades Múltiples CAMPEA. Proveen a los adultos mayores una serie de servicios, en su mayoría sociales y recreativos, con el propósito de mantener o maximizar la independencia de estos durante parte de las 24 horas del día. La mayor parte de estos establecimientos están administrados por los municipios.
Además, el DF destaca que actualmente, no cuenta con el servicio de Hogar de Cuidado Diurno. Ello, debido a que este tipo de establecimiento ofrecería servicios de cuidado diurno hasta un máximo de 6 adultos mayores en un hogar familiar.
Finalmente, el Departamento expresó tener un gran interés en facilitar la evaluación e investigación sobre la política pública actual referente al servicio y la industria de cuidado de larga duración para nuestros adultos mayores. El DF manifestó está consciente de su responsabilidad ministerial, la cual continuará fortaleciendo y estableciendo aquellas iniciativas que ayuden a mejorar la calidad de nuestros adultos mayores.
Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción
Mediante su memorial escrito la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción compareció ante esta Comisión y expuso que la Ley Núm. 408, supra, no los faculta a la a brindar servicios de cuidado continuo y de cuido de larga duración. Los servicios provistos por ASSMCA están limitados a brindar tratamiento residencial tradicional. Ahora bien, los servicios de cuidado continuo y cuidado de larga duración se deben de mejorar y fortalecer. No obstante a su entender, se deben ejecutar e implementar varias estrategias de expansión de servicios de atención al hogar-domicilio (en Puerto Rico muchos de los servicios se concentran en áreas metropolitanas y urbanas), mayor desarrollo de centros de actividades múltiples, crear y/o fortalecer programas de apoyo a cuidadores familiares, promoción del envejecimiento activo (campañas de sensibilización y contar con organizaciones para un ofrecimiento continua de orientación y asesoramiento a las personas a riesgo o participantes de estos servicios). También es imperante mejorar el acceso a la información que abarca desde facilitar el uso de tecnología digital y recursos accesibles que permitan mantener a esta población conectada, informada y activa. Por su parte, los municipios y organizaciones sin fines de lucro deben fortalecer estos servicios con especial atención en programas de salud, transporte accesible, asistencia en el hogar y apoyo a los cuidadores.
Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración, Inc.,
La Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración (ADCCLD), representa a más de 640 operadores y administradores de facilidades de cuido prolongado en Puerto Rico. De acuerdo con la ADCCLD, Puerto Rico enfrenta un envejecimiento poblacional acelerado, con un 25% de la población mayor de 60 años y proyecciones que estiman que esta cifra seguirá en aumento en la próxima década. Esta realidad demanda una legislación actualizada, coherente y ejecutable que garantice la sostenibilidad de los servicios y el bienestar de las personas mayores. El cuido prolongado institucionalizado es uno de estos servicios que urge atender desde este nuevo perfil sociodemográfico del país.
Señala, además la ADCCLD, que la Ley Núm. 94-1977 (Ley de Licenciamiento de Hogares para Adultos Mayores) y la Ley Núm. 67-1993 (Ley Orgánica de ASSMCA) presentan limitaciones estructurales y conceptuales que no responden al contexto actual ni a las necesidades operativas de las facilidades. Por otro lado, la Ley Núm. 121-2019 (Carta de Derechos y la Política Pública a Favor de los Adultos Mayores) establece principios fundamentales que deben incorporarse como eje rector de cualquier marco normativo. A esto le sumamos la Carta de Derecho del Paciente de Salud Mental y la Ley Núm. 408 según enmendada que requieren igualmente, actualizar su marco legal y regulatorio.
Puntualmente la ADCCLD expone que este esfuerzo legislativo debe orientarse a lo siguiente:
3. Armonizar la normativa con la Ley Núm. 121-2019, asegurando que todo proceso administrativo, fiscalizador o reglamentario tenga como norte la dignidad y el bienestar de la persona mayor.
Adicionalmente, la ADCCLD presentó las siguientes recomendaciones:
Finalmente, la ADCCLD concluye su ponencia destacando que la adopción de nueva legislación según recomendada resultará en un beneficio directo a la calidad de vida de la población mayor en Puerto Rico mediante el establecimiento de un marco legal moderno, eficiente y humano que permitirá al sistema de cuido prolongado responder a la realidad demográfica, proteger sus derechos y optimizar los recursos disponibles.
Federación de Instituciones de Cuido Prolongado
Por su parte, la Federación de Instituciones de Cuido Prolongado (FICPRO) expuso que las instituciones afiliadas a su organización representan un ecosistema diverso, compuesto por hogares licenciados por el departamento de la familia, centros de cuido diurno y hogares licenciados por la ASSMCA. Todas comparten el mismo objetivo brindar servicios dignos, seguros y humanizados a la población adulta mayor y adultos con diversidad funcional. Sin embargo, estas instituciones enfrentan múltiples retos acceso limitado a financiamiento, requisitos regulatorios onerosos, escasez de personal capacitado y un marco jurídico insuficiente. Además, la falta de una política pública integrada ha dificultado la planificación estratégica y la implementación de modelos sostenibles de atención.
Metódicamente, FICPRO presentó ante esta Comisión las siguientes recomendaciones:
5. Acceso equitativo a financiamiento, subsidios y adiestramiento: Las instituciones necesitan acceso a líneas de financiamiento públicas y privadas, incentivos contributivos y programas de formación para elevar los estándares de calidad. El gobierno debe promover la profesionalización del personal de cuido y apoyar económicamente a las entidades que lo brindan con excelencia.
Por último, FICPRO manifiesta su disposición para aportar, colaborar y liderar junto a otros sectores el diseño de un modelo más justo, humano y sostenible para nuestros adultos mayores.
Oficina del Procurador de Personas de Edad Avanzada
De otro lado, la Oficina del Procurador de Personas de Edad Avanzada (OPPEA) enfatizó que en Puerto Rico la proporción de personas adultas es mayores se ha incrementado a través de los años, tendencia que se vincula a cambios en las variables demográficas de natalidad, mortalidad y migración. De otra parte, la encuesta de la Comunidad del Negociado del Censo para el año 2023 indicó que el 44.8% de las personas de 60 años o mas no institucionalizadas tenían algún tipo de incapacidad. Otros datos estadísticos importantes señalan que una de cada tres personas mayores de 65 años padece de alguna limitación en su movilidad o cuidado personal.
Al analizar las variables de capacidades física de las personas de 60 años o más para el afio 2022 a través del Behavioral Risk Factor Surveillance System, se destaca con un 46.6% la dificultad para caminar o subir escaleras. Por otro lado, de acuerdo con los datos de mortalidad del Departamento de Salud, en el año 2023 fallecieron 17,157 personas de 60 años o más. Las primeras cinco (5) causas de muerte para este sector poblacional fueron: enfermedades del corazón, tumores (neoplasias) malignos, enfermedad de Alzheimer, diabetes mellitus y Nefritis, síndrome nefrótico y nefrosis.
Sobre las zonas residenciales, los datos estadísticos de la Encuesta de la Comunidad del Negociado del Censo de los Estados Unidos, para el año 2023, muestran que 466,737 (48.5%) de las personas de 60 años o más residen en la zona urbana de Puerto Rico. Mientras, el 496,065 (51.5%) residen fuera de la zona urbana. A pesar de que estos porcentajes son cercanos, la población de personas adultas mayores que reside en la zona rural suele enfrentar problemas con el acceso a servicios necesarios para una mejor calidad de vida tales como salud, transportación y nutrición, entre otros.
En términos de vivienda, el 56.1 % de la población de 60 años o más reside en hogar de familia y el 43.9% vive en hogares clasificados como no de familia. Además, el 80.3 por ciento de las personas de 60 años o más son dueñas de sus residencias mientras, el 19.7 por ciento reside en una propiedad alquilada. Esta información es provista por la Encuesta de la Comunidad del Negociado del Censo de los Estados Unidos para el año 2023.
La OPPEA manifestó que, mediante un estudio realizado por la Oficina, se identificaron varias de las necesidades de las personas mayores de 60 años que actualmente residen en centros de cuido de larga duración. A continuación, se detallan las necesidades identificadas:
• Falta de viviendas accesibles y asequibles para adultos mayores de bajos recursos económicos.
• Falta de programas que provean ayuda económica para reparar viviendas y ser habitadas de manera segura.
• Instalar detectores de humo y extintores en las viviendas de adultos mayores.
• Programas de voluntarios para mantenimiento y reparación de viviendas para adultos mayores.
• Construcción y adaptación de viviendas sin barreras arquitectónicas de acuerdo con las necesidades físicas y mentales de los adultos mayores. Ej. rampas, barandas.
• Urge la construcción de égidas y viviendas adaptadas para adultos mayores que no tengan más de tres (3) pisos.
• Ampliar el horario de visitas en los establecimientos de cuidado de larga duración.
• Los establecimientos de cuidado de larga duración no cuenta con suficiente personal.
• Costos excesivos de los centros de cuidado de larga duración.
• Falta de programas de actividades sociales y recreación para fomentar el compartir diariamente.
• Determinar si las habitaciones de los centros de cuidado de larga duración cuentan con un sistema de comunicación con el personal y si están adaptadas a las medidas físicas, privacidad y ventilación, entre otras.
• Que las opiniones, recomendaciones y situaciones presentadas por los residentes y sus familiares sean de forma confidencial.
• Hacinamiento en los centros de cuidado de larga duración.
• Desconocimiento de la existencia de los Centros de Actividades y Servicios Múltiples (CASM).
• Pocos Centros de Actividades y Servicios Múltiples (CASM).
• Mejores servicios de transportaci6n y mantenimiento a la flota de vehículos de los Centros de Actividades y Servicios Múltiples (CASM).
• Planes de desalojo de los residentes con situaciones de movilidad, terremotos y seguridad.
• Falta de centros de cuidado diurno especializados por condiciones.
• Combatir el sentimiento de soledad ya que la mayoría viven solos, y necesitan ser escuchados y recibir cariño.
• Precios accesibles y fuentes de apoyo para aportar al costo de hogares, centros y viviendas para adulto mayor.
• Crear más viviendas asistidas con trabajadores sociales y enfermeros para adultos mayores.
Ante las necesidades identificadas, la OPPEA proveyó a la Comisión las siguientes recomendaciones:
• Realizar actividades informativas y educativas (Ej. prevención de incendios) que sean requisito para los residentes de los diferentes tipos de viviendas, égidas o condominios.
• Abaratar los costos de viviendas para adultos mayores.
• Ofrecer servicios de bajo costo para arreglos y mantenimientos del hogar a los adultos mayores que no puedan realizar esas tareas. (Ej. barandas e inodoros)
• En los municipios identificar escuelas cerradas y propiedades abandonadas para habilitarlas como viviendas para adultos mayores.
• Que las farmacias tengan un servicio de entrega en el hogar.
• Construcción de viviendas de no más de tres (3) pisos, seguras y adecuadas para que los adultos mayores permanezcan en su hogar. (Ej. rampas en las casas, gabinetes bajitos, ascensores, detectores de humo, extintores, pasillos anchos, entre otros).
• Desarrollar lista de recursos del personal que labora en el área de mantenimiento y reparación de viviendas con precios accesibles y que estos sean fiscalizados.
• Establecer orientación y promoción sobre los tipos de viviendas de adultos mayores según definidas (égidas, centros de cuidado de larga duración, viviendas asistidas, etc.) para que las personas comprendan el funcionamiento de cada uno y evitar confusión.
• Evaluar los centros de cuidado de larga duración para determinar si cuentan con la cantidad de empleados que se requieren para brindar servicios eficientes.
• Ante una emergencia, asistir a las égidas con los residentes que viven en pisos altos.
• Mejorar las facilidades de las égidas con placas solares, baterías portátiles y más personal.
• Enmendar los requisitos de las égidas con relación al ingreso salarial para que puedan cualificar más adultos mayores. Además, utilizar otros criterios de evaluación.
• Integrar estudiantes universitarios para ofrecer servicios voluntarios en égidas y hogares sustitutos.
• Hogares seguros para adultos mayores, por ejemplo, instalar barandas en los baños.
• Construcción de viviendas asistidas con incentivos para ayudar al adulto mayor, especialmente a la clase media, que puedan obtener algún subsidio.
• Subsidio para las égidas y establecimientos de cuidado de larga duración.
• Establecer más centros de cuidado diurno y viviendas especializadas por condiciones médicas. (Ej. Parkinson, Demencia, Limitaciones Físicas).
• Desarrollar equipos de trabajo en coordinación con municipios e identificar la necesidad de viviendas por regiones.
• En tiempos de desastres naturales, identificar personal para visitar y preocuparse por las necesidades de la persona adulta mayor.
• Flexibilizar los horarios de visita en los establecimientos de cuidado de larga duración.
• Requerir que los municipios provean trabajadores sociales y enfermeros en las comunidades para evaluar las necesidades de los adultos mayores y hacer recomendaciones necesarias.
• Integrar servicios de apoyo en las comunidades para promover la independencia y calidad de vida.
• Obtener vehículos de transporte nuevos, añadir rutas nuevas para citas médicas y gestiones personales para los adultos mayores.
• Ofrecer subsidios para la instalación de placas solares.
• Desarrollar propuestas para tener más accesos a fondos para los adultos mayores.
• Promover las ayudas y los servicios de las agencias a través de los medios de comunicación.
• Crear más estacionamientos para los impedidos.
En conclusión, la OPPEA culminó su ponencia manifestando que es menester planificar de manera integral la acción gubernamental sobre provisión de los servicios necesarios para satisfacer las necesidades básicas de los adultos mayores en áreas de salud, bienestar social y recreación, entre otros. De otra parte, la implantación de la política pública debe integrar a las familias y a la comunidad en el sistema de prestación de servicios por constituir el apoyo principal de la persona de edad avanzada o adulto mayor.
Asociación Estadounidense de Personas Jubiladas (AARP)
La Asociación Estadounidense de Personas Jubiladas (AARP) compareció ante esta Comisión y manifestó que, por años, AARP y nuestros demás aliados del sector de cuido de larga duración han librado esfuerzos para que el tema del cuidado de personas mayores de 60 años se atienda de manera integral, sin legislar más parchos a la ley existente, sino para lograr un sistema uniforme que comprenda todas las etapas según envejecemos. A su entender, dada la evolución de nuestra población y el acelerado crecimiento del sector demográfico adulto mayor, el modelo de la ley 94 supra, establecida en el 1977 ya no atiende las necesidades del presente siglo, aun con las enmiendas realizadas al estatuto a través de los años.
Exponen además que el anhelo del adulto mayor de permanecer en el hogar y la comunidad requiere que cualquier propuesta para una nueva ley de cuidado prolongado incluya fomentar los servicios del continuo de cuido prolongado con un enfoque de servicio en el hogar y la comunidad para promover la posibilidad de que la persona pueda envejecer en su lugar de residencia (concepto ‘’age in place’’).
En otras jurisdicciones, se han desarrollado industrias en torno a servicios en el hogar y la comunidad, como son las entregas de comida al hogar, transportación, reparaciones y otros servicios de apoyo incluyendo alternativas de recreación y vida en comunidad, entre otros. En fin, el nuevo enfoque para el cuidado de larga duración en Puerto Rico debe ser amplio, integrado y abarcar todos los aspectos del individuo según envejece.
En conclusión, AARP recomienda la creación de un grupo de trabajo con el fin de desarrollar un anteproyecto para sustituir la actual Ley Núm. 94 supra, mediante todos los componentes gubernamentales y cívicos que atienden las necesidades de las personas de 60 años o más expresando su disposición para participar del mismo.
Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico
El Colegio de Abogados y Abogadas (CAAPR) comenzó su escrito coincidiendo con el dato de que Puerto Rico enfrenta un desafío demográfico sin precedentes en el envejecimiento acelerado. Hace hincapié en que para el año 2023, el 30.05% de la población tenía sesenta (6) años o más, lo que ubica a Puerto Rico en el cuarto nivel mundial con mayor porcentaje de población envejecida. El Colegio vincula esa consecuencia al éxodo de la población joven por distintos motivos dejando a los adultos mayores sin una adecuada red de apoyo en su cuidado. En ese contexto, señalan que existen unos retos asociados a recibir y brindar cuidados que trastocan la vida de muchas personas.
El CAAPR propone enfocar sus esfuerzos en tres (3) puntos medulares. En primer lugar, entienden meritorio fomentar nuevos modelos de cuidado y de vivienda innovadora. Como parte de esa alternativa persigue cambiar la percepción y las actitudes de la población hacia el envejecimiento. Es decir, entienden que existe una percepción errada de que la vejez es algo malo cuando naturalmente es parte del ciclo natural humano. Al mismo tiempo, puntean que es importante que las comunidades fomenten las capacidades de las personas mayores, pues muchos adultos mayores, aunque ya no estén trabajando fuera de sus casas se sienten bien y en salud, por lo que, pueden insertarse en el liderazgo y trabajo comunitario para fomentar y atender la convivencia en sus comunidades. Igualmente, proponen que se cree un marco legal que permita la existencia de viviendas transicionales o asistidas que permita el apoyo hospitalario u el regreso al hogar. En segundo lugar, CAAPR indicó que se debe tomar en consideración la prevención del deterioro cognitivo y social de los adultos mayores. Para ello, establece que se deben crear alianzas entre agencias gubernamentales para crear programas de estimulación cognitiva, actividades motoras, culturales y recreativas; y brindar servicios integrales de salud mental.
Finalmente, apuestan a la promoción de la autonomía como base de una mejor calidad de vida. CAAPR expone que el reconocer los derechos de los adultos mayores ayudará a las demás poblaciones incluyendo los cuidadores o amas de llaves a entender y simpatizar con las circunstancias de vida de los adultos mayores. Al mismo tiempo enfatizan que el mantener en ellos el control de sus asuntos personales y financieros siempre y cuando no sean declarados incapaces por sentencia final y firme de un tribunal con jurisdicción los mantiene ocupados y con un sentimiento de superación.
Oficina del Procurador del Paciente (OPP)
La OPP establece que el fenómeno del envejecimiento de la población es el resultado de la interacción de las variables demográficas, a saber: nacimientos, defunciones y migración. Según la OPP, algunos de los cambios en estos procesos demográficos son los que ocasionan o provocan que unas poblaciones se envejezcan. Las reducciones en la natalidad desempeñan el papel más determinante en el envejecimiento de la población. Asimismo, la OPP define el envejecimiento activo como “el proceso de maximizar las oportunidades en términos de salud, participación social y seguridad, con el objetivo de elevar la calidad de vida a medida que las personas envejecen”. Agregan que, la meta del envejecimiento activo es prolongar los años de vida saludable y mejorar la calidad de vida de todas las personas mayores. En esa dirección, detalló que la política pública en Puerto Rico para las instituciones de cuido de larga duración, como hogares sustitutos y residencias geriátricas, se centra en proteger los derechos y el bienestar de las personas adultas mayores. Esto incluye asegurar servicios de calidad, acceso a atención médica, participación en decisiones sobre su cuidado, y protección contra abusos y discriminación.
Para la Procurador del Paciente es esencial salvaguardar la continuidad de la atención médica pues es una preocupación que afecta particularmente a los adultos mayores. En ese aspecto, sus propuestas van dirigidas a:
Departamento de la Vivienda
El Departamento de la Vivienda presentó en su escrito que reconoce la importancia del tema y reiteró su compromiso con la atención de los adultos mayores. Añadió que es un asunto complejo y que requiere compromiso multisectorial. Esbozó además que la Ley Núm. 173 de 1996, según enmendada, estableció el Programa de Subsidio de Arrendamiento y Mejoras para Vivienda a Personas de Mayor Edad con Ingresos Bajos. Este programa provee un subsidio de hasta cuatrocientos ($400.00) dólares, ya sea para reducir el pago del arrendamiento o para realizar mejoras que faciliten la movilidad y el disfrute del hogar, promoviendo que las personas mayores puedan vivir de manera independiente y digna. El Departamento concluyó su memorial explicativo reconociendo la importancia del tema y reiterando su compromiso con los adultos mayores, sin embargo, ofreció completa deferencia a los comentarios y recomendaciones del Departamento de la Familia, ASSMCA y la OPPEA.
Vista Pública
El 30 de septiembre de 2025, la Comisión de Vivienda y Bienestar Social celebró una audiencia pública donde comparecieron todos los deponentes antes mencionados excepto la Oficina del Procurador del Paciente (OPP), quienes, por conducto de la propia Procuradora del Paciente, se excusaron oportunamente. Durante los trabajos surgieron preguntas fundamentales efectuadas por la Hon. Jamie Barlucea Rodríguez, dirigidas a conocer puntualmente varios aspectos. Por ejemplo, al Departamento de la Familia, se le preguntó sobre los hogares clandestinos, es decir, los centros de cuido que están operando con las licencias vencidas. El Departamento indicó que, hasta septiembre 2025, había 47 establecimientos con licencias vencidas. De ellos, 45 ya estaban en proceso de renovación y 2 aun no estaban en proceso de evaluación. Por tal motivo, el Departamento extendió vía amnistía hasta el 15 de noviembre de 2025, el proceso para que los hogares renueven sus licencias.[2]
Por su parte, AARP esbozó que le presentó al Departamento de la Familia una propuesta para que se creara la Unidad de Envejecimiento de Adultos Mayores, a lo que el Departamento indicó que forma parte de la agenda activa de la Secretaria de la Familia. ASSMCA subrayó que es necesario distinguir entre las condiciones mentales y los tipos de demencia, pues se deben abordar de maneras distintas. Asimismo, razonó que la finalidad debe ser crear un sistema uniforme tomando en cuenta esos factores donde se abunde en las fases y las etapas del envejecimiento. Además, señaló la importancia de excluir de la ecuación a los hogares de salud mental por estos ya estar altamente regulados.
ASSMCA también expuso que actualmente tienen aproximadamente 80 participantes adultos mayores en los programas de salud mental. Arguyó que en relación con el licenciamiento tienen estadísticas de incumplimiento en el 2024 con tres (3) y este año uno (1) por el cierre administrativo de múltiples causales.
De otro lado, OPPEA a preguntas de la senadora, enfatizó que cuando reciben denuncias y alegaciones de violaciones en los centros, preparan un informe con todos los hallazgos y si encuentran causa para proseguir, se activan los protocolos de seguridad. Estos protocolos toman de ordinario un periodo de 30 días para dictar resolución, sin embargo, si la querella se presenta y hay indicaciones inminentes de emergencia, debe actuar en 24 horas. Sobre este tema la senadora Barlucea Rodríguez solicitó las estadísticas precisas sobre las querellas hacia los adultos mayores. OPPEA no poseía al momento esa información, por lo que, esta Comisión le proveyó un término de cinco (5) días para la remisión de la información. En cumplimiento con ello, la OPPEA sometió oportunamente la información requerida y la misma muestra los siguientes datos:
Querellas Anuales años 2023 – 2024
Tipos de Categoría | Cantidad de Querellas |
Respecto al cuidado del residente | 1,230 |
Calidad de Vida | 1,553 |
Derechos de los residentes | 502 |
Administración | 38 |
Agencia perpetradora | 300 |
Total | 3,623 |
Ahora bien, de esas 3,623 querellas, 312 son por abuso, negligencia crasa o explotación siendo el renglón más elevado. El segundo y tercer renglón respectivamente le pertenece a explotación financiera (147 querellas) y violación de derechos (110 querellas). Al contrastar estas estadísticas de hace dos (2) años con los datos actualizados a agosto 2025, obtuvimos el desglose de la siguiente información:
Tipos de Categoría | Cantidad de Querellas |
Respecto al cuidado del residente | 456 |
Calidad de Vida | 739 |
Derechos de los residentes | 400 |
Administración | 61 |
Agencia Perpetradora | 75 |
Total | 1,731 |
Cabe destacar que estos datos son del año en curso (2025) solamente. No obstante, se demuestra que igualmente los renglones del cuidado del paciente, calidad de vida y los derechos de los residentes son los que marcan una tendencia de crecimiento exponencial, lo que demuestra que son las áreas que requieren prioridad y una mayor fiscalización. Además de esos datos estadísticos respecto a la querellas anuales y las diferentes categorias, la OPPEA proveyó las cifras de los referidos recibidos en su oficina. Los datos reflejan que para el año fiscal 2023 – 2024, el Programa Estatal de Cuidado de Larga Duración realizó un total de 1,026 referidos de los hallazgos identificados en beneficio de los residentes en establecimientos de cuidado de larga duración. A la fecha de agosto 2025, el Programa ha efectuado 489 referidos.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES PRELIMINARES
Del análisis y los hallazgos esbozados, surgen las siguientes conclusiones y recomendaciones:
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Vivienda y Bienestar Social, previo estudio, consideración y a tenor con los hallazgos, conclusiones y recomendaciones preliminares en torno a la Resolución del Senado 217, presenta ante este Alto Cuerpo su Primer Informe Parcial.
RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,
Hon. Jamie Barlucea Rodríguez
Presidenta
Comisión de Vivienda y Bienestar Social
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