GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 399
PRIMER INFORME PARCIAL
13 de noviembre de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES:
La Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y análisis de la Resolución de la Cámara 399, somete a este Cuerpo el Primer Informe Parcial con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, solicitando su aprobación.
La Resolución de la Cámara 399 fue presentada por el representante Hernández Concepción, y la misma tiene como propósito ordenar a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre las interrupciones y fluctuaciones de voltaje en el servicio eléctrico, su impacto en los consumidores; examinar el proceso de reclamación de daños a enseres eléctricos, su accesibilidad, transparencia y efectividad; evaluar el rol de la Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC) en la supervisión y fiscalización de estas reclamaciones; analizar las deficiencias operacionales, administrativas y de transparencia en la gestión de LUMA Energy, Inc. relacionadas con las reclamaciones de los consumidores; y para otros fines relacionados.
Se desprende de la Exposición de Motivos de la Resolución que es objeto de análisis que, que LUMA Energy asumió la administración del sistema de transmisión y distribución de energía eléctrica en Puerto Rico, múltiples sectores de la ciudadanía han denunciado problemas en el proceso de radicación y manejo de querellas. Entre los principales señalamientos se encuentran la dificultad para acceder a canales de comunicación efectivos, la falta de seguimiento a las solicitudes sometidas, así como demoras significativas en la respuesta a querellas relacionadas con interrupciones del servicio, facturación incorrecta, daños a equipos eléctricos y situaciones de seguridad en el tendido eléctrico.
Asimismo, destacan que un aspecto particularmente preocupante es que, cuando un ciudadano llama para dar seguimiento a una querella ya radicada, en muchos casos LUMA archiva la querella original y genera un nuevo número de querella, lo que provoca pérdida de continuidad en el trámite, dificulta el historial de reclamaciones y retrasa aún más la resolución de los casos. Esta práctica ha creado frustración en los abonados y alimenta la percepción de ineficiencia y falta de transparencia en la gestión del servicio.
Por ello, se persigue evaluar la efectividad de los protocolos actuales y auscultar la posibilidad de establecer mecanismos de fiscalización y medidas legislativas para garantizar la tramitación adecuada de las querellas ciudadanas.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
Para la evaluación de la medida la Comisión de Asuntos del Consumidor solicitó memoriales explicativos al Departamento de Asuntos del Consumidor, a la Oficina Independiente de Protección del Consumidor (OIPC), a LUMA Energy, y a la Oficina del Ombudsman.
Habiendo recibido los memoriales solicitados, la Comisión celebró una Vista Pública el 4 de noviembre de 2025. Con el beneficio de estos procedemos a esbozar los hallazgos de la investigación realizada:
DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR
El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), por conducto de su secretaria, Lcda. Valerie M. Rodríguez-Erazo, presentó cometarios por escrito, de los cuales se desprenden los siguientes hallazgos:
OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR (OIPC)
La Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC), por conducto de su directora, Lcda. Hannia B. Rivera Díaz, presentó cometarios por escrito, de los cuales se desprenden los siguientes hallazgos:
LUMA ENERGY
LUMA Energy, por conducto de su vicepresidente de Asuntos de Gobierno y Política Pública, Michael A. Juarbe Laffitte, presentó cometarios por escrito, de los cuales se desprenden los siguientes hallazgos:
REQUERIMIENTO #1: LUMA contestó requerimiento de información adicional en torno al cuestionamiento de cuánto gasta en publicidad. Su respuesta fue la siguiente:
Conforme al Acuerdo de Operación y Mantenimiento del Sistema de Transmisión y Distribución de Puerto Rico (“T&D OMA”, por sus siglas en inglés), LUMA tiene la responsabilidad de informar y educar a nuestros clientes sobre el sistema energético. Como parte de nuestro compromiso con la transparencia, hemos fortalecido nuestros canales de comunicación para mantener a los clientes debidamente informados y fomentar la confianza mediante una comunicación abierta, clara y constante.
En línea con este compromiso, hemos desarrollado una estrategia integral de difusión. Estas iniciativas tienen como objetivo:
• Fortalecer la seguridad de nuestros clientes y comunidades.
• Prevenir el fraude.
• Aumentar el conocimiento sobre las labores que se están realizando.
• Promover prácticas responsables de consumo energético.
• Maximizar el uso de los servicios e información disponibles.
El presupuesto asignado al departamento de comunicaciones para el año fiscal 2026 asciende a $7.8 millones. Esto incluye tanto el trabajo que diariamente realizan nuestros empleados como las notificaciones de interrupciones de servicios y mejoras programadas, las campañas de educación sobre la preparación para huracanes, seguridad eléctrica, uso de aparatos automatizados, funcionamiento de contadores inteligentes y manejo de la vegetación, contempla una estrategia de difusión integral a través de diversos medios de comunicación, tales como prensa, radio, plataformas digitales, vallas digitales, entre otros. Estas iniciativas buscan fortalecer la seguridad, evitar el fraude, aumentar el conocimiento de nuestros clientes sobre las labores que se están realizando, promover prácticas responsables de consumo y maximizar el uso de todos los servicios e información que hemos puesto a su alcance. El dinero presupuestado asignado para esfuerzos educativos asciende a $4 millones aproximadamente para todo el año fiscal 2026. Durante el primer trimestre del año fiscal 2026, se ha utilizado un total de $700,000 para estos fines.
Es importante destacar que el presupuesto de LUMA es aprobado anualmente por el Negociado de Energía de Puerto Rico y posteriormente certificado por la Junta de Supervisión Fiscal. Además, el Departamento de Comunicaciones de LUMA opera con menos recursos que otras empresas de servicios públicos de tamaño similar, lo que resalta la eficiencia con la que se manejan estos fondos.
Como parte del compromiso continuo y responsable de comunicación de nuestras compañías matrices, algunas iniciativas y otros esfuerzos de comunicación, han sido asumidos íntegramente con fondos privados de nuestras matrices.
REQUERIMIENTO #2: LUMA contestó requerimiento de información adicional en torno a los datos recopilados a partir del 1ro de junio de 2021 hasta el 31 de octubre de 2025 sobre las reclamaciones por daños a la propiedad:
Total de Reclamaciones por Daños a la Propiedad ……………………………...….2,543
Total de reclamaciones denegadas cubiertas bajo el relevo de responsabilidad…2,110
Total de reclamaciones denegadas no cubiertas bajo el relevo de responsabilidad.295
Total de reclamaciones en proceso de evaluación…………………………………….. 78
Total de reclamaciones de daños pagadas ……………………………………………...60
En cuanto a la naturaleza de las reclamaciones por daños que han sido pagadas hasta el 31 de octubre de 2025 proveemos los siguientes datos:
Naturaleza de la reclamación por daños Cuantía pagada
Daños a vehículos ……………………………………………………………$51,004.39
Daños a estructura residencial ………………………………………………$6,093.71
Daños a animales (ganado)…………………………………………………. $6,955.77
Total pagado …………………………………………………………………..$64,053.87
REQUERIMIENTO #3: LUMA contestó requerimiento de información adicional en torno a ¿Cuántas cartas se han enviado de resolución de reclamaciones por daños se han enviado a los clientes?
Dentro del periodo del 1ro de junio de 2021 al 31 de octubre de 2025, LUMA ha enviado 2,099 cartas notificando a los reclamantes que su reclamación no procede, ya que la causa está cobijada bajo el relevo de responsabilidad y 289 cartas notificando a los reclamantes que sus reclamaciones han sido denegadas por otras razones no asociadas al relevo de responsabilidad.
REQUERIMIENTO #4: LUMA contestó requerimiento de información adicional en torno a ¿Cuántas querellas se han cerrado en un lugar donde luego surgen otras querellas relacionadas?
Debemos aclarar que actualmente no es posible proporcionar los datos que solicitan, ya que nuestros sistemas no realizan este seguimiento. Las limitaciones de nuestros sistemas actuales no nos permiten determinar si se restablece el servicio a todos los clientes una vez realizada la reparación. Esto no es algo exclusivo de Puerto Rico; es una realidad para cualquier empresa de servicios públicos sin infraestructura de medición avanzada (AMI).
Sin embargo, esto no significa que los indicadores mejorarán, ya que los clientes que permanezcan sin servicio seguirán contabilizándose hasta que se confirme el restablecimiento total de la interrupción de servicio.
La iniciativa de AMI o contadores inteligentes, que actualmente está en desarrollo, proporcionará la tecnología necesaria para atender adecuadamente esta preocupación. Las interrupciones puntuales son poco frecuentes y suelen ocurrir durante fenómenos meteorológicos intensos, cuando puede haber más de una falla en una línea de distribución.
REQUERIMIENTO #5: LUMA contestó requerimiento de información adicional en torno a las querellas abiertas por tipo y su duración y por qué se tarda tanto en cerrarlas.
Las tendencias de antigüedad en las querellas se ven influenciadas por varios factores:
REQUERIMIENTO #6: LUMA contestó requerimiento de información adicional en torno a Proporcionar información sobre las querellas cerradas por tipo y el tiempo promedio que se tardó en resolverlas.
REQUERIMIENTO #7: LUMA contestó requerimiento de información adicional en torno a ¿Cuántas querellas desde la AEE (heredadas) siguen activas, de que naturaleza son (luminaria, vegetación, etc.) y por qué no se han resuelto?
Al 31 de octubre de 2021, todas las querellas heredadas de la AEE ya han sido atendidas, por lo que no quedan ninguna de ellas pendientes. Asimismo, tampoco quedan pendientes querellas correspondientes al año fiscal 2021.
REQUERIMIENTO #8: LUMA contestó requerimiento de información adicional en torno a Cantidad de objeciones a facturas recibidas y resueltas por Ley 57 durante el último año calendario hasta el 31 de octubre de 2025.
OFICINA DEL OMBUDSMAN
La Oficina del Ombudsman, por conducto de su Procurador, Edwin García Feliciano, presentó cometarios por escrito, de los cuales se desprenden los siguientes hallazgos:
La Comisión de Asuntos del Consumidor, luego del análisis de la medida, establece la importancia de brindar continuidad a la fiscalización del proceso de trámite de querellas administrativas que maneja LUMA Energy debiendo actualizar las estadísticas e identificar cualquier cambio en el caso judicial que lleva el Departamento de Asuntos del Consumidor para cuestionar la validez del Relevo que LUMA Energy utiliza como eximente de responsabilidad.
Asimismo, la Comisión deberá auscultar determinaciones administrativas y/o legislativas que permitan que las querellas que se presenten por este tipo de asunto se puedan atender en un foro adjudicativo imparcial como lo es la Oficina Independiente de Protección al Consumidor o en el Departamento de Asuntos del Consumidor. No obstante, destacamos la gran necesidad de personal que tienen ambas agencias; particularmente la OIPC, la cual cuenta con solo cuatro empleados y su directora; y solo un abogado además de la directora, por lo cual amerita atención urgente para allegarle recursos y que pueda cumplir cabalmente con las responsabilidades que le han sido encomendadas.
Por todo lo antes expuesto, la Comisión de Asuntos del Consumidor, luego del estudio y consideración de la Resolución de la Cámara 399, somete a este Honorable Cuerpo Legislativo su Primer Informe Parcial, con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Respetuosamente sometido,
HON. EDGAR E. ROBLES RIVERA
Presidente
Comisión de Asuntos del Consumidor
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