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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea 3ra Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 754

INFORME POSITIVO

30 de enero de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO

La Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. de la C. Núm. 754, tiene a bien recomendar a este Alto Cuerpo la aprobación, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara Núm. 754 busca enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 12 del 10 de diciembre de 1975, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Autorización al DTOP para Disponer o Arrendar Terrenos o Edificios que Dejaren de Ser de Utilidad Pública”, a los fines de ampliar derechos preferentes para la adquisición de propiedades del Gobierno de Puerto Rico con el objetivo de reconocer el derecho de adquisición preferente a los usufructuarios y arrendadores, así como sus herederos o causahabientes al momento de disponer de bienes inmuebles gubernamentales que dejaron de tener utilidad pública.

Según la exposición de motivos, la Ley Núm. 12 de 10 de diciembre de 1975 establece el marco legal para que el Gobierno de Puerto Rico pueda disponer, vender, permutar, gravar o arrendar propiedades que hayan dejado de ser de utilidad pública. Esta política pública busca maximizar el uso eficiente de los recursos del Estado y permitir que bienes inmuebles en desuso puedan reintegrarse a la actividad económica y social.

Esta medida reconoce que existe un volumen considerable de propiedades gubernamentales que, aunque continúan siendo catalogadas como de utilidad pública, no están siendo utilizadas activamente o ya no cumplen con dicho propósito. En ese contexto, la medida persigue ampliar los derechos preferentes de adquisición al momento de disponer de dichos bienes.

Particularmente, esta medida propone reconocer de forma expresa el derecho preferente de los usufructuarios y arrendatarios, así como de sus herederos o causahabientes que hayan realizado mejoras a su propio costo en propiedades del Gobierno, siempre que hayan cumplido con las cláusulas y condiciones contractuales vigentes. Con ello, se busca promover la equidad, incentivar la inversión en mejoras permanentes y facilitar una disposición más ágil y eficiente de los bienes inmuebles gubernamentales.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Transportación e Infraestructura para la debida consideración y estudio del Proyecto de la Cámara Núm. 754, se solicitó memorial explicativo al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP).

Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP)

El Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) envió sus comentarios por conducto de su secretario, Ing. Edwin E. González Montalvo quien expresó su apoyo al Proyecto de la Cámara Núm. 754. El ejecutivo destacó que los usufructuarios y arrendatarios que han invertido recursos propios en mejoras a propiedades gubernamentales se encuentran en una posición particularmente vulnerable cuando dichas propiedades son dispuestas por el Estado, a pesar de haber contribuido directamente a su conservación, valorización y funcionalidad.

Asimismo, resaltó que el reconocimiento de estos derechos preferentes no solo responde a principios de justicia y equidad, sino que también redunda en beneficios administrativos para el Gobierno, al ampliar el número de potenciales adquirentes directos, reducir costos de mantenimiento y acelerar los procesos de disposición de bienes inmuebles.

Por lo anterior, el DTOP favorecen que se apruebe el Proyecto de la Cámara Núm. 754 sin más trámites ulteriores.

IMPACTO FISCAL

Según se desprende de los comentarios recibidos de las agencias gubernamentales, no fue posible determinar un impacto fiscal asociado a esta medida. Por tanto, esta Comisión concluye que la misma no representa un impacto fiscal adicional sobre el presupuesto de gastos del Gobierno proveniente del Fondo General.

CONCLUSIÓN

La Comisión de Transportación e Infraestructura, luego de examinar el contenido y el propósito del Proyecto de la Cámara Núm. 754, concluye que la medida es cónsona con la política pública de maximizar el uso eficiente de los bienes del Estado. Esta medida atiende una realidad práctica existente en la administración de propiedades gubernamentales, reconoce derechos legítimos de usufructuarios y arrendatarios que han invertido en mejoras, e incentiva una gestión más ágil, justa y eficiente de los recursos públicos.

Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Transportación e Infraestructura, somete el presente Informe Positivo del P. de la C. Núm. 754 en el que recomendamos a este Honorable Cuerpo su aprobación, con enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Hon. José A. Hernández Concepción

Presidente

Comisión de Transportación e Infraestructura

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