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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 758

6 DE AGOSTO DE 2025

Presentado por el representante Méndez Núñez

Referido a la Comisión de Asuntos Internos

LEY

Para derogar la Ley Núm. 66-2005, que estableció el Programa Laboral Santiago Iglesias Pantín en la Asamblea Legislativa; y reasignar a la Oficina de Servicios Legislativos el balance de los fondos disponibles.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Núm. 66-2005 estableció en la Asamblea Legislativa el Programa Laboral Santiago Iglesias Pantín. El Internado consiste en la participación de estudiantes en oficinas del Congreso de los Estados Unidos directamente relacionadas con asuntos del trabajo, agencias federales de asuntos del trabajo con sede en Washington D.C., sindicatos u organizaciones laborales no-gubernamentales sobre asuntos del trabajo en la capital federal. Los participantes deben ser estudiantes de nivel subgraduado que hayan completado la mitad o más de los requisitos necesarios para un grado de bachillerato, o de nivel postgraduado, matriculados en instituciones post-secundarias ubadas en Puerto Rico.

Los fondos necesarios para la implementación de la Ley Núm. 66 debían consignarse en el Presupuesto General de Gastos del Gobierno de Puerto Rico, en una partida separada bajo el renglón de Actividades Conjuntas de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico. Específicamente, la legislación estableció una asignación anual de $150,000 a partir del Año Fiscal 2006-2007 y subsiguientes. Actualmente, el Programa cuenta con un balance de $79,705. Desde el 2017 este Programa no recibe fondo alguno, fecha que coincide con el inicio de la reestructuración de la deuda del Gobierno y la coexistencia de la Ley PROMESA.

Es necesario mencionar que actualmente, la Asamblea Legislativa cuenta con el Programa de Internado Legislativo Jorge Alberto Ramos Comas y el Programa Córdova y Fernós de Internados Congresionales, los cuales brindan la oportunidad a estudiantes a tener experiencia legislativa tanto en Puerto Rico como en Washington D.C., respectivamente.

Debido a los retos que enfrenta el Gobierno de Puerto Rico, esta Ley persigue derogar la citada Ley Núm. 66 y conformar nuestro estado de derecho a la realidad existente y los presupuestos operacionales del Gobierno. A su vez, se reasigna el balance de los fondos disponibles a la Oficina de Servicios Legislativos para sufragar sus gastos de funcionamiento.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1. — Se deroga la Ley Núm. 66-2005, que estableció el Programa Laboral Santiago Iglesias Pantín en la Asamblea Legislativa.

Sección 2. – Se reasigna cualquier balance disponible bajo la Ley Núm. 66-2005 y el Programa de Internado Laboral Santiago Iglesias Pantín a la Oficina de Servicios Legislativos para gastos de funcionamiento.

Sección 3. — Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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