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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. DE LA C. 440

INFORME POSITIVO

30 de septiembre de 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 440, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:

“Para enmendar la Sección 2 de la R. de la C. 77, aprobada el 31 de marzo de 2025, a los fines de extender hasta el final de la Vigésima Asamblea Legislativa, el término otorgado a las Comisiones de la Región Sur y de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, para rendir sus informes con respecto a la medida.”

ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara Núm. 440 persigue extender hasta el final de la Vigésima Asamblea Legislativa, el término otorgado a las Comisiones de la Región Sur y de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, para rendir sus informes con respecto a la Resolución de la Cámara Núm. 77, aprobada el 31 de marzo de 2025.

La aprobación de esta Resolución viabilizará que las comisiones antes mencionadas cuenten con el tiempo necesario para culminar la investigación en curso encomendada, pues en consideración al volumen de trabajo de las Comisiones, la misma ha resultado más extensa que el plazo concedido por este Cuerpo Legislativo para rendir un informe. Por consiguiente, se estima meritorio extender el término provisto para que puedan rendir los informes parciales que estimen pertinentes y un informe final sobre la misma.

Como comisión cameral, entendemos que la Resolución objeto de análisis cuenta con todo lo requerido constitucional, estatutaria y jurisprudencialmente, para dar paso a una investigación en su fondo.

Finalmente, recomendamos a las Comisiones de la Región Sur y de la Región Oeste tramitar la misma conforme al reglamento y con apego al plazo concedido para rendir su informe, si alguno, o mientras se mantenga en vigor la misma.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

Considerando los elementos analizados, esta Comisión concluye que la medida examinada responde a un interés legislativo legítimo y debidamente fundamentado. En consecuencia, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 440, con las enmiendas que obran en el entirillado electrónico que acompaña este informe.

Respetuosamente sometido,

PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos Internos

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