GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3era. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. del S. 739
INFORME NEGATIVO
9 de junio de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES:
La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 739, no recomienda su aprobación.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 739 propone crear la “Ley para la Reorganización de las Subsidiarias y Afiliadas del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico”; enmendar diversas leyes relacionadas con entidades afiliadas o subsidiarias del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico; derogar legislación y resoluciones relacionadas; a los fines de completar la reestructuración organizacional y corporativa del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
INTRODUCCIÓN
Este informe se presenta en respuesta al Proyecto del Senado 739, cuyo propósito principal es completar la reorganización de las subsidiarias y afiliadas del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico, así como realizar diversas enmiendas y derogaciones relacionadas con dichas entidades.
No obstante, la Comisión concluye que la medida resulta innecesaria, toda vez que los objetivos perseguidos por esta ya fueron atendidos mediante la aprobación del Proyecto de la Cámara 873, convertido en la Ley 84-2026. En vista de ello, el presente informe emite una recomendación negativa.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
Tras evaluar el contenido del proyecto y compararlo con la legislación vigente, se determinó que su propuesta resulta redundante. Específicamente, la Asamblea Legislativa aprobó legislación que atiende sustancialmente los mismos propósitos y objetivos contenidos en el Proyecto del Senado 739.
Atendiendo su responsabilidad y deber ministerial en el estudio y evaluación de la presente medida, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes analizó y comparó el proyecto con la legislación aprobada y concluyó que las disposiciones propuestas en el Proyecto del Senado 739 ya fueron incorporadas a nuestro ordenamiento jurídico mediante la Ley 84-2026.
Ambas medidas persiguen completar la reorganización corporativa y administrativa del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico, incluyendo la disolución o reorganización de determinadas entidades afiliadas y subsidiarias, así como la implantación de cambios estructurales relacionados con dichas entidades.
Al compararlas, las disposiciones presentadas en el Proyecto del Senado 739 ya se encuentran incorporadas en nuestro ordenamiento jurídico mediante la Ley 84-2026. La medida, aunque bien intencionada, no añade valor normativo adicional ni introduce cambios sustanciales que justifiquen su consideración como legislación independiente.
CONCLUSIÓN
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, tiene a bien presentar ante este Cuerpo el Informe Negativo sobre el Proyecto del Senado 739, recomendando que la medida no sea aprobada.
Respetuosamente sometido,
Hon. Víctor L. Parés-Otero
Presidente
Comisión de Gobierno
Cámara de Representantes de Puerto Rico
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