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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. del C. 878

INFORME POSITIVO

29 de enero de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES:

La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto de la Cámara 878, recomienda su aprobación sin enmiendas.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara 878 propone añadir un subinciso (5) al inciso (b) del Artículo 7 y un inciso 24 al Artículo 10 de la Ley 151-2004, conocida como la “Ley de Gobierno Electrónico”. La medida busca establecer la obligatoriedad de mantener, tanto en el portal principal del Gobierno de Puerto Rico como en las páginas de sus agencias e instrumentalidades, un enlace directo al portal del Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso Contra Menores. El propósito fundamental es garantizar la seguridad y el bienestar de los sectores más vulnerables mediante el acceso facilitado a información pública esencial.

AnÁlisis de la Medida

El Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso a Menores fue creado por la Ley 266-2004 para mantener un banco de datos sobre convictos de estos delitos, administrado por el Sistema de Información de Justicia Criminal (SIJC). Actualmente, aunque la ley requiere que el Registro esté en internet, el P. de la C. 878 busca maximizar la difusión y accesibilidad de esta herramienta preventiva. La medida se alinea con la política pública de utilizar tecnologías de información para ofrecer transparencia y proteger a la comunidad frente al riesgo de reincidencia de estos ofensores.

ALCANCE DEL INFORME

Para el estudio y evaluación del P. de la C. 878, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes solicitó comentarios y ponencias a los siguientes:

  1. Departamento de Justicia (DJ)
  2. Comisión de Derechos Civiles (CDC)
  3. Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL)

Se recibieron y consideraron los siguientes:

Departamento de Justicia (DJ)

El Departamento de Justicia recomienda la aprobación del P. de la C. 878, destacando como pros que la medida se alinea con la política pública de incorporar tecnologías de información para proteger a la comunidad frente al riesgo de reincidencia de ofensores sexuales. El DJ sostiene que el acceso facilitado a estos datos contribuye significativamente a la seguridad colectiva y al fortalecimiento de las capacidades de las comunidades para proteger a los sectores más vulnerables. Como la medida promueve una política pública activa de transparencia y prevención, el Departamento no presentó puntos en contra ni objeciones legales a su implementación.

Comisión de Derechos Civiles (CDC)

La Comisión de Derechos Civiles avala la medida y resalta como pros la buena intención de la pieza legislativa ante la gravedad que representa el abuso sexual, reconociendo que es una respuesta necesaria para que la ciudadanía conozca el paradero de personas convictas por tales delitos. No obstante, la Comisión identificó como puntos en contra que, por ser una agencia muy pequeña, carece de los recursos técnicos y económicos para implementar este mandato de forma independiente. Debido a esto, sugirieron enmendar la ley para que el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) sea la agencia responsable de centralizar la publicación del enlace en todos los portales gubernamentales, lo que permitiría maximizar los fondos públicos y asegurar un cumplimiento uniforme.

Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL)

La OPAL certifica que el P. de la C. 878 no tiene impacto fiscal sobre el Fondo General para el año fiscal 2026. Entre los puntos a favor, la oficina destaca que la publicación del enlace no requiere una erogación de fondos adicionales, ya que el mantenimiento de las páginas web es parte de las funciones ordinarias de las agencias y sus costos ya están contemplados en los presupuestos vigentes. Además, tras una verificación, la OPAL confirmó que agencias principales como el Departamento de Justicia y la Policía ya cuentan con este enlace, lo que facilita el cumplimiento de la ley. Al tratarse de un cambio procesal sin costo económico, la oficina no señaló contras presupuestarios para la medida.

CONCLUSIÓN

La Comisión de Gobierno, tras analizar los memoriales, concluye que el P. de la C. 878 es una herramienta necesaria para fortalecer la seguridad colectiva. Aunque se tomó nota de la preocupación de la Comisión de Derechos Civiles sobre la capacidad técnica de agencias pequeñas, el hecho de que la administración de los portales principales ya recae sobre un solo ente esto mitiga la preocupación y el deber de las agencias se limitará a asegurar que su administrador cumpla con el mandato de la ley. Esta medida es cónsona con el deber del Estado de proteger a sus ciudadanos mediante la transparencia y el acceso a la información.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, presenta ante este Cuerpo el Informe Positivo sobre el Proyecto de la Cámara 878, recomendando su aprobación sin enmiendas.

Respetuosamente sometido,

Hon. Víctor L. Parés-Otero

Presidente

Comisión de Gobierno

Cámara de Representantes de Puerto Rico

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