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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. DE LA C. 450

INFORME POSITIVO

27 de octubre de 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 450, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:

“Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la implementación y el cumplimiento con la Ley Núm. 263-2006, según enmendada, mediante la cual se estableció el servicio de evaluación vocacional y de carrera como un derecho para los estudiantes con impedimentos que reciben servicios de educación especial bajo el Departamento de Educación de Puerto Rico; con el propósito de recomendar las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse para mejorar su efectividad; y para otros fines relacionados.”

ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara Núm. 450 persigue realizar una investigación sobre la implementación y el cumplimiento con la Ley Núm. 263-2006, según enmendada, mediante la cual se estableció el servicio de evaluación vocacional y de carrera como un derecho para los estudiantes con impedimentos que reciben servicios de educación especial bajo el Departamento de Educación de Puerto Rico; con el propósito de recomendar las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse para mejorar su efectividad; y para otros fines relacionados.

En la Exposición de Motivos se resalta que la Ley Núm. 263-2006, reconoció la necesidad imperiosa de proveer servicios de evaluación vocacional y carrera a los estudiantes con impedimentos en proceso de transición; estableciendo que la evaluación vocacional es un proceso abarcador y sistemático que evalúa e identifica las habilidades, las fortalezas, las limitaciones físicas y mentales de las personas con impedimentos. Además, reconoce los beneficios de proveer servicios de evaluación vocacional y de carrera para estudiantes con impedimentos.

Por otra parte, se hace referencia a las responsabilidades que recaen sobre el Secretario del Departamento de Educación, en lo concerniente a los servicios a los estudiantes con impedimentos que reciben educación especial.

El análisis de esta medida demuestra que la misma persigue un fin loable: atender la efectividad de los servicios que se le brindan a los referidos estudiantes e identificar alternativas para mejorar su efectividad.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

Considerando los elementos analizados, esta Comisión concluye que la medida examinada responde a un interés legislativo legítimo y debidamente fundamentado. En consecuencia, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 450, con las enmiendas que obran en el entirillado electrónico que acompaña este informe.

Respetuosamente sometido,

PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos Internos

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