(TEXTO DE APROBACIÓN FINAL POR LA CÁMARA)
(23 DE OCTUBRE DE 2025)
GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 456
24 DE SEPTIEMBRE DE 2025
Presentada por el representante Morey Noble
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a las Comisiones de Reorganización, Eficiencia y Diligencia; y de Pequeños y Medianos Negocios de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación legislativa en coordinación con organizaciones que representen al sector empresarial en Puerto Rico, como el Centro Unido de Detallistas, con el propósito de identificar y evaluar posibles enmiendas, derogaciones y nueva legislación dirigidas a fortalecer el clima de negocios y promover la eficiencia gubernamental en la Isla; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El sector empresarial de Puerto Rico es una pieza clave para el desarrollo social y económico, por lo que fortalecerlo constituye uno de los pilares del plan del Gobierno de Puerto Rico. Para ello es indispensable trabajar en colaboración con el sector empresarial, escuchando sus inquietudes, ideas y propuestas.
El propósito de esta Resolución es recopilar información, ideas y propuestas necesarias para promover la evolución de nuestro ordenamiento jurídico y propiciar un clima empresarial óptimo y próspero en Puerto Rico.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se ordena a las Comisiones de Reorganización, Eficiencia y Diligencia; y de Pequeños y Medianos Negocios de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación legislativa en coordinación con organizaciones que representen al sector empresarial en Puerto Rico, como el Centro Unido de Detallistas, con el propósito de identificar y evaluar posibles enmiendas, derogaciones y nueva legislación dirigidas a fortalecer el clima de negocios y promover la eficiencia gubernamental en la Isla.
Sección 2.-Las Comisiones rendirán a la Cámara de Representantes de Puerto Rico los informes parciales que estimen necesarios o convenientes en los que incluya sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones; asimismo, someterán un informe final antes de que culmine el término de la Vigésima Asamblea Legislativa.
Sección 3.-Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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