(TEXTO DE APROBACIÓN FINAL POR LA CÁMARA)
(25 DE JUNIO DE 2026)
GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
CAMARA DE REPRESENTANTES
R. C. de la C. 179
21 DE AGOSTO DE 2025
Presentada por la representante Medina Calderón
Referida a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano
RESOLUCION CONJUNTA
Para ordenar al Departamento de la Vivienda del Gobierno de Puerto Rico realizar un estudio sobre el estado actual de las parcelas vacantes y en abandono dentro de la demarcación geográfica de los municipios de Loíza, Canóvanas y Río Grande, con el propósito de crear un plan para la reutilización de las parcelas vacantes en dichos municipios; y para otros fines relacionados.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Es de todos conocidos la necesidad de vivenda para familias de ingresos moderados en Puerto Rico. Esta necesidad de nuestras familias humildes también impera en los municipios de Loíza, Canóvanas y Río Grande. En estos municipios se han construido vivienda, en su mayoría para personas con poder adquisitivo, y al momento hay pocos proyectos de interés social.
Durante las décadas de 1960-1970 en Puerto Rico se llevó a cabo la práctica de concederles a las familias el Título de Propiedad del solar donde tienen enclavadas sus viviendas por el precio nominal de un (1) dólar.
Con el pasar de los años y por varias razones, como por ejemplo: la emigración y/o la adquisición de otra vivienda, es común, encontrarse con parcelas abandonadas, lo que representa directamente dos situaciones: la posibilidad de la utilización de los mismos en prejuicio de la seguridad comunitaria y el no utilizarla para ayudar a una familia que necesita resolver su problema de necesidad de vivienda.
RESUELVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Ordenar al Departamento de la Vivienda del Gobierno de Puerto Rico realizar un estudio sobre el estado actual de las parcelas vacantes y en abandono dentro de la demarcación geográfica de los municipios de Loíza, Canóvanas y Río Grande, con el propósito de crear un plan para la reutilización de las parcelas vacantes en dichos municipios.
Sección 2.-El Departamento de la Vivienda tendrá ciento veinte (120) días luego de aprobada esta Resolución Conjunta, para rendirle a la Asamblea Legislativa un informe de las parcelas disponibles en estos tres municipios para ser reutilizadas y el plan de acción a seguir para su reutilización. Este Informe se radicará en las secretarias de la Cámara de Representantes y el Senado de Puerto Rico.
Sección 3.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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