PC0836-i.docx Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea 2da Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 836

INFORME POSITIVO

3 de octubre de 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO

La Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, previo estudio y consideración de la P. de la C. Núm. 836, tiene a bien recomendar a este Alto Cuerpo la aprobación de esta medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara Núm. 836, tiene el propósito de enmendar el inciso (c) del Artículo 2.25 de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de disponer que las mujeres que sean sometidas a una cesárea puedan recibir un permiso provisional de estacionamiento en áreas reservadas para personas con impedimentos, válido por un término de tres (3) meses.

La medida parte de la realidad de que el nacimiento de un hijo, aunque es un evento trascendental y positivo para una familia, puede conllevar complicaciones en la recuperación de la madre cuando ocurre mediante una cesárea. Esta intervención quirúrgica requiere un periodo de descanso, limitaciones físicas y cuidados especiales, ya que las madres enfrentan dificultades para caminar largas distancias, cargar peso y manejar el dolor postoperatorio, lo que restringe su movilidad en las actividades cotidianas.

Actualmente, la Ley Núm. 22-2000 otorga permisos de estacionamiento a personas con impedimentos permanentes y, en algunos casos, temporeros. Sin embargo, no contempla las necesidades específicas de las mujeres en etapa de recuperación postcesárea. Ante esta omisión, la enmienda busca crear un permiso especial de estacionamiento provisional para madres que han sido sometidas a cesárea, con el fin de facilitarles acceso a espacios reservados mientras atraviesan este proceso de recuperación.

La exposición de motivos subraya que con esta iniciativa se reafirma el compromiso de la Asamblea Legislativa con la protección de la maternidad, la equidad y la salud pública. Al proveer este beneficio, se garantiza que las madres tengan un proceso de recuperación más seguro y digno, contribuyendo al bienestar de la familia y a la protección de la salud materna en Puerto Rico.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Transportación e Infraestructura, para la debida consideración y estudio del Proyecto de la Cámara Núm. 836 se solicitó memoriales explicativos al Departamento de Transportacion y Obras Públicas (DTOP) y al Departamento de Salud. Al momento de la redacción del presente informe solo recibimos los comentarios del Departamento de Salud.

Departamento de Salud

El Departamento de Salud expresa que el Proyecto de la Cámara 836, cuyo propósito es enmendar la Ley Núm. 22-2000 para que mujeres sometidas a una cesárea puedan recibir un permiso provisional de estacionamiento en áreas reservadas para personas con impedimentos, válido entre tres (3) y seis (6) meses.

El memorial recuerda que, constitucionalmente, el Departamento de Salud tiene la obligación de velar por la salud pública y la seguridad de la ciudadanía. Destaca que la cesárea es una intervención quirúrgica mayor que atraviesa múltiples capas anatómicas, lo que conlleva riesgos de infección, dolor persistente y una recuperación más prolongada. En Puerto Rico, cerca de la mitad de los partos (49.8 % en 2024) se realizan mediante cesárea, lo que justifica la necesidad de medidas que apoyen la movilidad y el bienestar de las madres.

El Departamento de Salud endosa el P. de la C. 836, pero recomienda que el rótulo removible provisional se otorgue por un periodo de tres (3) meses, en lugar de seis (6), para evitar la saturación de los estacionamientos reservados y asegurar que los espacios sigan disponibles para personas con discapacidad permanente. Con esta recomendación, el Departamento expresa su apoyo al proyecto y reitera su disposición para colaborar en futuras medidas que fortalezcan la salud integral del pueblo.

IMPACTO FISCAL

Según se desprende de los comentarios recibidos de las agencias gubernamentales, no fue posible determinar un impacto fiscal asociado a esta medida. Por tanto, esta Comisión concluye que la misma no representa un impacto fiscal adicional sobre el presupuesto de gastos del Gobierno proveniente del Fondo General.

CONCLUSIÓN

La Comisión de Transportación e Infraestructura, luego de analizar detenidamente el Proyecto de la Cámara 836 y examinar los memoriales recibidos, concluye que la medida responde a una necesidad real y apremiante en el ámbito de la salud pública y la equidad en el acceso a servicios esenciales.

Además, esta Comisión acoge la recomendación del Departamento de Salud de establecer el término del permiso en tres (3) meses, en lugar de hasta seis (6), reconociendo que dicha sugerencia no solo busca evitar la saturación de los espacios reservados, sino que responde igualmente a un asunto de salud pública, al proponer un término que guarda coherencia con el proceso de recuperación típico de una cesárea, sin menoscabar el acceso de otras personas con discapacidades permanentes.

Por lo antes expuesto, esta Comisión recomienda al Honorable Pleno de la Cámara de Representantes la aprobación del Proyecto de la Cámara Núm. 836, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Hon. José A. Hernández Concepción

Presidente

Comisión de Transportación e Infraestructura

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.