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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. C. de la C. 251

8 DE DICIEMBRE DE 2025

Presentada por el representante Santiago Guzmán

Referida a la Comisión de Transportación e Infraestructura

RESOLUCIÓN CONJUNTA

Para ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) abstenerse de ejecutar el aumento automático de peajes programado para el mes de enero de 2026; establecer una moratoria por doce (12) meses con el propósito de realizar un análisis técnico exhaustivo de la fórmula de ajuste automático actualmente vinculada al costo de vida; evaluar si dicho aumento cumple con las protecciones y límites aplicables para la protección de los usuarios; examinar su impacto económico sobre la población; y ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación iniciar procesos de negociación dirigidos a la revisión de dicha fórmula, a fin de identificar alternativas que sean equitativas, transparentes y sostenibles; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Autopistas Metropolitanas de Puerto Rico, LLC tcc (Metropistas) y el operador del sistema AutoExpreso en Puerto Rico, Professional Account Management (PAM), tienen programado implementar un aumento automático en los peajes de las autopistas durante el mes de enero de 2026. Este aumento resulta particularmente preocupante, en la medida en que responde a una fórmula de ajuste automático vinculada al costo de vida que, sin una evaluación técnica detallada de su metodología y cómputo, ha tenido el efecto de generar impactos económicos adversos de carácter general sobre la población.

Los incrementos automáticos en las tarifas de peaje tienen el potencial de afectar no solo el presupuesto de la ciudadanía, sino también los costos de operación de los pequeños y medianos negocios, lo que a su vez puede reflejarse en aumentos en los precios que enfrentan los consumidores. Esta dinámica contribuye a un efecto acumulativo sobre la economía. En ese contexto, resulta pertinente examinar la razonabilidad de incrementos basados en indicadores inflacionarios, particularmente cuando los ingresos de amplios sectores de la población no se ajustan de manera proporcional a dichos indicadores.

Recientemente, la Gobernadora de Puerto Rico, Hon. Jenniffer González Colón expresó públicamente su interés en revisar los aumentos automáticos en las tarifas de peaje. En declaraciones ofrecidas a la prensa, la Mandataria señaló la necesidad de examinar los elementos que componen la fórmula utilizada para dichos ajustes y solicitó a la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (AAPP) la realización de un análisis técnico de los criterios que permiten la aplicación de incrementos automáticos. De forma particular, la Gobernadora destacó la importancia de contar con un desglose claro y verificable de la manera en que dicha fórmula es identificada y aplicada, así como de los mecanismos que aseguran procesos adecuados de transparencia y evaluación. Estas expresiones de la Rama Ejecutiva refuerzan la pertinencia de la intervención legislativa propuesta y coinciden con la necesidad de establecer una moratoria que permita llevar a cabo un examen exhaustivo de estos procesos antes de autorizar nuevos incrementos en los peajes.

El aumento automático en las tarifas de peaje programado para enero de 2026 se fundamenta en una “formula” de ajuste vinculada al costo de vida, incorporada en el Contrato de Concesión suscrito entre la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y Metropistas. No obstante, dicha fórmula no ha sido acompañada de un análisis técnico exhaustivo que permita explicar de manera clara su metodología y alcance.

Asimismo, el Plan de Ajuste de la Deuda (PAD) de la ACT del año 2022, dispuso un esquema de aumentos escalonados a lo largo de los próximos treinta (30) años, incluyendo un aumento inicial de 8.3 por ciento anual y un ajuste adicional de 1.5 por ciento a partir del Año Fiscal 2025. Estos incrementos automáticos, cuya metodología no ha sido objeto de divulgación amplia han suscitado preocupaciones legítimas respecto a su efecto acumulativo sobre el presupuesto de las familias puertorriqueñas.

Hasta la fecha, no se ha publicado un análisis técnico de esta fórmula que explique a la ciudadanía cómo se calcula el proyectado aumento para enero de 2026, si existen límites contractuales que se estén respetando, cuál sería el impacto acumulativo de múltiples aumentos automáticos, o cuáles son las alternativas viables a esta fórmula. La falta de transparencia genera desconfianza en los ciudadanos y debilita la legitimidad de las decisiones sobre tarifas de servicios esenciales que impactan directamente la vida diaria de cada puertorriqueño.

Resulta pertinente que la Autoridad de Carreteras y Transportación no solamente verifique que la fórmula de ajuste automático respeta los límites máximos contractuales sino que los cálculos han sido realizados correctamente, y que se ha cumplido con todos los procedimientos requeridos.

Una moratoria de doce (12) meses permitiría a la Autoridad de Carreteras y Transportación conducir un análisis técnico exhaustivo, iniciar procesos de negociación con Metropistas, identificar fórmulas alternativas que sean equitativas, desarrollar mecanismos que sean transparentes, y crear soluciones que sean sostenibles a largo plazo. Puerto Rico tiene antecedentes de reformas importantes en el sistema de peajes, tales como ajustes al sistema de AutoExpreso y moratorias de carácter temporero cuando emergencias lo han requerido, demostrando que una moratoria de doce (12) meses es un período razonable para realizar análisis y negociación. Estos doce (12) meses también permitirían que el análisis que la Gobernadora ha solicitado a la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas pueda ser completado y considerado antes de que cualquier aumento sea ejecutado.

La Asamblea Legislativa de Puerto Rico tiene la responsabilidad constitucional de fiscalizar asuntos que afecten directamente a la ciudadanía. Los peajes de autopistas son servicios esenciales de utilidad pública que impactan la economía y el bienestar de todos los puertorriqueños. Es obligación de la Legislatura proteger los intereses de la ciudadanía, especialmente cuando enfrentan crisis económicas y cuando existen dudas razonables sobre si un aumento propuesto cumple con todas las protecciones contractuales y es verdaderamente equitativo.

La moratoria de doce (12) meses aquí propuesta representa una medida razonable, proporcionada y justa dirigida a proteger el interés público, al tiempo que permite a la Autoridad de Carreteras y Transportación evaluar con detenimiento alternativas y procurar soluciones que armonicen la protección de la ciudadanía con la operación adecuada de la infraestructura vial. Asimismo, esta acción legislativa es consistente con los intereses expresados por la Rama Ejecutiva en torno a la revisión y análisis de los aumentos automáticos en los peajes. Por las consideraciones antes expuestas, se somete la presente Resolución para la evaluación y aprobación de la Asamblea Legislativa.

RESUÉLVASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) abstenerse de ejecutar el aumento automático de peajes programado para el mes de enero de 2026; establecer una moratoria por doce (12) meses con el propósito de realizar un análisis técnico exhaustivo de la fórmula de ajuste automático actualmente vinculada al costo de vida; evaluar si dicho aumento cumple con las protecciones y límites aplicables para la protección de los usuarios; examinar su impacto económico sobre la población; y ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación iniciar procesos de negociación dirigidos a la revisión de dicha fórmula, a fin de identificar alternativas que sean equitativas, transparentes y sostenibles.

Sección 2. Se establece una moratoria de doce (12) meses, contados a partir de la vigencia de esta Resolución Conjunta, durante la cual la Autoridad de Carreteras y Transportación llevará a cabo un análisis técnico exhaustivo de la fórmula de ajuste automático vinculada al costo de vida utilizada para calcular los aumentos de peajes, incluyendo, sin limitarse a:

  1. la revisión detallada de la metodología y los criterios utilizados para el cómputo de la fórmula;
  2. la verificación de que dicha fórmula y sus resultados cumplen con las protecciones y límites máximos establecidos en el Contrato de Concesión aplicable;
  3. la evaluación de la corrección y razonabilidad de los cálculos utilizados para el aumento proyectado para enero de 2026; y
  4. el análisis del impacto económico que dichos aumentos puedan tener sobre la población y la actividad económica de Puerto Rico.

Sección 3. Durante el período de la moratoria, se ordena a la Autoridad de Carreteras y Transportación iniciar y conducir procesos de negociación con el concesionario correspondiente, dirigidos a la revisión de la fórmula de ajuste automático actualmente utilizada, con el fin de identificar y evaluar alternativas que resulten equitativas, transparentes y sostenibles a largo plazo, en armonía con las protecciones contractuales y el interés público.

Sección 4. La Autoridad de Carreteras y Transportación someterá un informe a la Cámara de Representantes y al Senado de Puerto Rico, no más tarde de diez (10) meses previo a concluir el término de la moratoria, en el que se detallen los hallazgos del análisis técnico realizado, el cumplimiento de los límites contractuales aplicables, el impacto económico evaluado y el estado de las negociaciones iniciadas, incluyendo recomendaciones de política pública, de ser necesarias.

Sección 5. Nada de lo dispuesto en esta Resolución Conjunta se interpretará como una limitación a la facultad de la Autoridad de Carreteras y Transportación para realizar ajustes, revisiones o determinaciones que resulten en beneficios o reducciones a favor de los usuarios, conforme a la ley, los contratos vigentes y el interés público.

Sección 6. Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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