GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. del S. 921
INFORME POSITIVO
12 de marzo de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES:
La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 921, medida equivalente al Proyecto de la Cámara 1023, tiene a bien rendir el Informe Positivo y recomendar su aprobación sin enmiendas.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 921 propone enmendar los Artículos 7.1 y 7.2 de la Ley Núm. 2-2018, según enmendada, conocida como el “Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico”, a los fines de incluir al Comisionado del Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) como miembro del Grupo para la Prevención y Erradicación de la Corrupción, así como ampliar las funciones de dicho organismo interagencial.
La medida dispone que el Comisionado del Negociado de Investigaciones Especiales forme parte de la composición del Grupo para la Prevención y Erradicación de la Corrupción, reconociendo el rol que dicha entidad desempeña en la investigación de delitos complejos y actos de corrupción pública dentro del Gobierno de Puerto Rico.
Asimismo, la legislación amplía las funciones del Grupo para la Prevención y Erradicación de la Corrupción mediante la incorporación de nuevas responsabilidades estratégicas dirigidas a fortalecer el enfoque preventivo en la lucha contra la corrupción. Entre estas funciones se incluyen diseñar y recomendar políticas públicas para combatir la corrupción con un enfoque en la prevención y en la administración de áreas de riesgo; evaluar periódicamente los instrumentos jurídicos y las medidas administrativas vigentes para determinar su efectividad; y analizar los patrones y áreas de riesgo identificados en denuncias, auditorías e investigaciones realizadas por las agencias que integran el Grupo.
AnÁlisis de la Medida
La corrupción gubernamental constituye uno de los principales desafíos para el fortalecimiento institucional, la estabilidad democrática y la confianza de la ciudadanía en las instituciones públicas. En reconocimiento de esta realidad, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Núm. 2-2018, conocida como el “Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico”, con el propósito de establecer un marco legal uniforme dirigido a prevenir, fiscalizar y sancionar actos de corrupción dentro del aparato gubernamental.
Como parte de dicho marco legal, se creó el Grupo para la Prevención y Erradicación de la Corrupción (Grupo), concebido como un organismo interagencial encargado de promover la colaboración entre distintas entidades del Gobierno con responsabilidades en la fiscalización, investigación y prevención de conductas corruptas en la administración pública.
El Proyecto del Senado 921 se inserta dentro de ese esfuerzo de fortalecimiento institucional al ampliar la composición y funciones de dicho Grupo. En particular, la inclusión del Comisionado del Negociado de Investigaciones Especiales responde al reconocimiento del rol que esta entidad desempeña en la investigación de delitos complejos y actos de corrupción pública, lo cual puede contribuir a una mayor coordinación entre los procesos de investigación, fiscalización y prevención.
De igual forma, la medida amplía las responsabilidades del Grupo para incorporar funciones de análisis estratégico dirigidas a identificar patrones de riesgo, evaluar la efectividad de los instrumentos jurídicos existentes y formular recomendaciones de política pública fundamentadas en el análisis de información proveniente de denuncias, auditorías e investigaciones administrativas.
A juicio de esta Comisión, la legislación propuesta procura fortalecer el andamiaje institucional anticorrupción del Gobierno de Puerto Rico al promover una mayor coordinación entre las entidades responsables de atender este fenómeno y al fomentar un enfoque preventivo basado en la identificación de riesgos y vulnerabilidades dentro de los procesos gubernamentales. De esta manera, se robustece la capacidad del Estado para anticipar, prevenir y atender conductas contrarias a la integridad en la función pública.
ALCANCE DEL INFORME
Para analizar y evaluar de manera integral esta medida, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes evaluó los memoriales recibidos en relación con el Proyecto del Senado 921, así como aquellos presentados durante el trámite legislativo de su medida equivalente en la Cámara de Representantes, el Proyecto de la Cámara 1023.
A tales efectos, esta Comisión solicitó memoriales explicativos a las siguientes entidades:
Asimismo, se examinaron los memoriales presentados ante la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado por las siguientes entidades:
De los memoriales solicitados y evaluados por esta Comisión, se recibieron y consideraron los siguientes:
Departamento de Justicia
El Departamento de Justicia reconoció la importancia de continuar fortaleciendo los mecanismos institucionales dirigidos a prevenir y combatir la corrupción en la administración pública. Ante ello, apoya la medida, dado que sus disposiciones representan un ejercicio legítimo y encomiable de la facultad legislativa, dirigido a ampliar y fortalecer los recursos institucionales y el alcance de la política pública contenida en el Código Anticorrupción, con miras a prevenir y erradicar la corrupción del Gobierno de Puerto Rico.
Lo anterior, estiman, es cónsono con el principio ampliamente reconocido de que el Poder Legislativo, salvo las limitaciones impuestas por la Constitución, posee la autoridad para crear, modificar o suprimir cargos y funciones, así como para extender o acortar su término, conforme a su mejor juicio y discreción, a tenor con el Derecho vigente.
Asimismo, estimaron prudente conceder deferencia al Departamento de Seguridad Pública para auscultar la conveniencia de integrar al Negociado de Investigaciones Especiales al Grupo. No obstante, concluyeron que no encuentran impedimento legal para la aprobación de este proyecto de ley.
Departamento de Seguridad Pública
El Departamento de Seguridad Pública entiende que esta legislación fortalece el marco institucional anticorrupción al incorporar al Comisionado del Negociado de Investigaciones Especiales como miembro permanente del Grupo, reconociendo su rol clave en la investigación de delitos complejos.
En apoyo a su posición, arguye que esta integración busca mejorar la coordinación entre los esfuerzos de prevención e intervención, logrando una respuesta más integral y efectiva contra la corrupción.
A su vez, señala que la medida amplía las funciones del Grupo para la Prevención y Erradicación de la Corrupción en tres áreas estratégicas claves:
A tenor con lo antes expuesto, el Departamento de Seguridad Pública señala que valora la iniciativa de esta Asamblea Legislativa al presentar legislación con el fin de que el Gobierno de Puerto Rico se dote de una estructura anticorrupción más efectiva, profesional y resiliente, capaz de promover una cultura de integridad, transparencia y responsabilidad pública. Ante ello, recomienda la aprobación de la medida.
Oficina de la Contralora de Puerto Rico
La Oficina de la Contralora de Puerto Rico expresó que ha respaldado consistentemente toda iniciativa encaminada a promover la transparencia, la eficacia y la integridad en los procesos gubernamentales. Igualmente, ha apoyado toda acción dirigida a fortalecer la fiscalización responsable y el uso correcto de los fondos públicos.
Desde esa perspectiva, favorece la inclusión del Negociado de Investigaciones Especiales en el Grupo para la Prevención y Erradicación de la Corrupción, toda vez que su participación aportaría peritaje investigativo adicional en las tareas de investigación y procesamiento de prácticas ilegales en la función gubernamental.
Oficina de Ética Gubernamental (OEG)
La Oficina de Ética Gubernamental estableció en su ponencia que las nuevas funciones propuestas profundizan el enfoque estratégico y preventivo del Grupo, alineándose con la política pública de erradicar la corrupción mediante acciones coordinadas y basadas en evidencia.
Argumenta que con la aprobación de las enmiendas propuestas a los Artículos 7.1 y 7.2 de la Ley Núm. 2-2018 se robustecería el aparato institucional anticorrupción del Gobierno de Puerto Rico y se reafirmaría el compromiso del Estado con la transparencia, la integridad gubernamental y la rendición de cuentas.
Oficina de la Inspectora General (OIG)
La Oficina del Inspector General recomendó que el proyecto fuera consultado con el Departamento de Justicia, la Oficina de Ética Gubernamental y el Departamento de Seguridad Pública. Asimismo, recomendó evaluar ciertos aspectos administrativos y estructurales relacionados con la adscripción del Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) al Departamento de Seguridad Pública.
Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI)
El Panel sobre el Fiscal Especial Independiente sostuvo que la inclusión del Comisionado del Negociado de Investigaciones Especiales como miembro permanente del Grupo fortalecerá la coordinación interagencial al integrar al organismo un peritaje especializado de carácter técnico e investigativo.
De igual forma, indicó que la ampliación de las funciones del Grupo permitirá que su rol trascienda el marco meramente consultivo para convertirse en un cuerpo técnico-estratégico con la capacidad de formular recomendaciones fundamentadas en evidencia empírica, identificar vulnerabilidades sistémicas en procesos gubernamentales y anticipar tendencias corruptas mediante el análisis coordinado de datos.
Por tanto, apoyó la medida al entender que representa un paso estratégico hacia el fortalecimiento de la integridad y la rendición de cuentas en la administración pública de Puerto Rico.
IMPACTO FISCAL
La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) estima que la inclusión del Comisionado del NIE al Grupo y la ampliación de funciones del Grupo no tienen impacto fiscal ya que las modificaciones son de carácter organizativo y funcional dentro de la estructura existente. Por lo tanto, concluyeron que ni la inclusión del Comisionado, ni la ampliación de funciones generan nuevos puestos, asignación de funciones adicionales, ni gastos operativos, por lo que no se crean obligaciones financieras nuevas, ni se altera el presupuesto vigente de las agencias.
CONCLUSIÓN
La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes, luego de analizar el P. del S. 921 y de los memoriales explicativos recibidos para esta medida y su homóloga, el P. de la C. 1023, concluye que no es necesario incorporar enmiendas adicionales al texto aprobado por el Senado, toda vez que el trámite legislativo en dicho cuerpo consideró las recomendaciones sustantivas y técnicas presentadas.
Así las cosas, la Comisión de Gobierno considera que el Proyecto del Senado 921 constituye una iniciativa dirigida a fortalecer el andamiaje institucional del Gobierno de Puerto Rico en la prevención y erradicación de la corrupción pública. Asimismo, reconoce la importancia de promover una mayor coordinación entre las instituciones responsables de investigar, fiscalizar y prevenir actos de corrupción en la administración pública.
La legislación amplía la composición y funciones del Grupo para la Prevención y Erradicación de la Corrupción, incorporando al Negociado de Investigaciones Especiales y reforzando su capacidad para analizar riesgos, evaluar instrumentos jurídicos y formular recomendaciones de política pública dirigidas a fortalecer la integridad gubernamental.
Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, rinde a este Honorable Cuerpo el Informe Positivo recomendando la aprobación del Proyecto del Senado 921 sin enmiendas.
Respetuosamente sometido,
Hon. Víctor L. Parés-Otero
Presidente
Comisión de Gobierno
Cámara de Representantes de Puerto Rico
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