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(TEXTO DE APROBACIÓN FINAL POR LA CÁMARA)

(13 DE ABRIL DE 2026)

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 1062

19 DE ENERO DE 2026

Presentado por los representantes Morey Noble y Páres Otero

Referido a la Comisión de Gobierno

LEY

Para declarar y reconocer a la Sociedad Pro Hospital del Niño, conocida como “Hospital del Niño”, Patrimonio del Pueblo puertorriqueño, por su trayectoria centenaria de servicio continuo, su aportación integral a la salud, el neurodesarrollo y el aprendizaje de la niñez, y su función esencial como entidad colaboradora del Estado en Puerto Rico.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En el 1924 la Sociedad para Evitar la Tuberculosis en los Niños – actualmente conocida como Sociedad Pro Hospital del Niño - se fundó con el propósito de brindar tratamiento a los niños afectadors por la tuberculosis, enfermedad altamente común en la época. Posteriormente, amplió sus esfuerzos para ofrecer servicios para casos agudos y post-agudos durante la epidemia del polio, y cambió su nombre a Instituto de Ortopedia y Tuberculosis Ósea. A partir del 1964 cambió su nombre a Sociedad Pro Hospital del Niño, luego de lo cual continuó ampliando sus servicios en beneficio de la niñez puertorriqueña.

Actualmente, “son la única Casa de Salud Pediátrica en Puerto Rico que ofrece servicios de estadía prolongada y convalecencia a pacientes de 0-21 años, referidos y bajo la custodia del Departamento de la Familia.”[1] De igual modo, cuentan con dos (2) programas operacionales adicionales. Un Centro de Aprendizaje del Niño, “diseñado para ofrecer educación y atención especializada diagnosticados con trastornos del lenguaje, dificultades en la comunicación social, trastornos sensoriales, problemas de aprendizaje, y niveles 1 y 2 del espectro de autismo. También cuentan con Servicios Terapéuticos, a través del programa “Avanzando Juntos” del Departamento de Salud y el Departamento de Educación, en donde han atendido alrededor de tres mil (3,000) niños a través de Puerto Rico.

Durante más de un siglo de servicio continuo, la Sociedad Pro Hospital del Niño ha sostenido una labor ininterrumpida en la atención de la niñez puertorriqueña, adaptándose a las necesidades cambiantes del sistema de salud y bienestar social. Su trayectoria no solo refleja permanencia institucional, sino también una evolución constante en la prestación de servicios especializados, consolidándose como una entidad colaboradora del Estado en la provisión de servicios médicos, terapéuticos y educativos dirigidos a poblaciones pediátricas con necesidades complejas.

El impacto de su gestión se evidencia en la prestación de más de cien mil (100,000) servicios terapéuticos anuales, así como en su intervención directa en el desarrollo, rehabilitación y bienestar de miles de niños y niñas en Puerto Rico. Esta aportación sostenida reafirma la importancia de reconocer formalmente a la Sociedad Pro Hospital del Niño como una institución de alto valor social, cuya misión incide directamente en la calidad de vida de la niñez y en el fortalecimiento del tejido social de Puerto Rico.

Ya celebrados sus cien (100) años de fundación y continuidad, resulta necesario reflexionar con orgullo, reconocer el impacto colectivo y social que tiene el Hospital del Niño en Puerto Rico. Así pues, reconociendo la trascendencia histórica, cultural y social de su misión, esta Asamblea Legislativa entiende necesario declarar a la Sociedad Pro Hospital del Niño como Patrimonio del Pueblo puertorriqueño a fin de garantizar que su legado y aportaciones permanezcan en la memoria colectiva y continúen inspirando el desarrollo humano, social y comunitario.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1. - Se designa la Sociedad Pro Hospital del Niño como Patrimonio del Pueblo puertorriqueño.

Artículo 2. - El Pueblo de Puerto Rico reconoce y exalta la aportación social, educativa, histórica y cultural de la Sociedad Pro Hospital del Niño en la atención a los niños con condiciones crónicas o severas, así como en la promoción de una sociedad más justa e inclusiva.

Artículo 3. - Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

  1. Sociedad Pro-Hospital del Niño, Nuestra Historia, https://hdnpuertorico.org/nuestra-historia/, visitado el 16 de enero de 2026.

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