GOBIERNO DE PUERTO RICO
20va Asamblea 3ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 914
INFORME NEGATIVO
17 de abril de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO
La Comisión de Pequeños y Medianos Negocios de la Cámara de Representantes, previo a estudio, evaluación y consideración del Proyecto de la Cámara 914 (P. de la C. 914), tiene a bien someter su informe negativo sobre la medida.
La Comisión examinó el alcance de la propuesta legislativa, su compatibilidad con el marco jurídico vigente, así como los comentarios y memoriales explicativos sometidos por diversas agencias y entidades, incluyendo el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), el Departamento de Salud, la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), el Departamento de Justicia y el Centro Unido de Detallistas (CUD).
Luego del análisis correspondiente, la Comisión presenta a este Honorable Cuerpo sus determinaciones y recomendaciones.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto de la Cámara 914 propone enmendar el Artículo 3, inciso (a) de la Ley Núm. 454-2000, conocida como la “Ley de Flexibilidad Administrativa y Reglamentaria para el Pequeño Negocio”, a los fines de establecer que toda primera infracción cometida por un pequeño negocio conlleve exclusivamente un aviso de multa sin penalidad económica, concediendo además un término para corregir la falta antes de imponer cualquier sanción económica.
La medida persigue reducir el impacto económico inmediato de las penalidades administrativas sobre los pequeños negocios, promoviendo un enfoque correctivo en lugar de uno punitivo, particularmente en casos de incumplimientos iniciales.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión reconoce que la medida responde a una preocupación legítima sobre la carga regulatoria que enfrentan los pequeños negocios y la necesidad de promover un ambiente más favorable para su desarrollo.
No obstante, del análisis de los memoriales recibidos, surgen preocupaciones significativas que inciden directamente sobre la viabilidad jurídica, administrativa y operacional de la propuesta:
En primer lugar, el Departamento de Salud advierte que la medida convierte en obligatorio un mecanismo que actualmente es discrecional, limitando la capacidad de las agencias para actuar con agilidad ante situaciones que puedan representar riesgos a la salud pública. Asimismo, señala que la imposición uniforme de un aviso sin penalidad en una primera infracción podría ser insuficiente en casos de violaciones graves o de alto riesgo.
De igual forma, se destaca que la legislación propuesta entra en conflicto con reglamentos vigentes, incluyendo procedimientos adjudicativos establecidos que ya contemplan mecanismos de revisión, reconsideración y debido proceso. La imposición de un término fijo de corrección distinto al vigente crea inconsistencias normativas dentro del sistema regulatorio.
Por su parte, la Oficina de Gerencia y Presupuesto señala que, aunque la medida no crea una asignación presupuestaria directa, podría generar impactos fiscales indirectos al reducir los ingresos por concepto de multas administrativas, los cuales forman parte de los mecanismos operacionales de varias agencias.
Además, la OGP advierte que la medida podría entrar en conflicto con programas financiados con fondos federales, donde la imposición de penalidades no es discrecional, sino un requisito reglamentario. En tales casos, la aplicación de la medida podría exponer al Estado a sanciones, pérdida de fondos o incumplimiento con normas federales.
Asimismo, se identifica que la propuesta no distingue adecuadamente entre tipos de infracciones, tratando de manera uniforme faltas administrativas menores y violaciones sustantivas o de carácter fraudulento, lo cual podría debilitar los mecanismos de fiscalización y control gubernamental.
Aunque entidades como el DACO y el CUD respaldan el espíritu de la medida al promover un enfoque correctivo, también reconocen que el esquema debe considerar la naturaleza de la infracción y la necesidad de mantener herramientas efectivas de cumplimiento.
En ese sentido, la Comisión concluye que la medida, tal como está redactada, impone una rigidez normativa que limita la discreción administrativa necesaria para atender adecuadamente los distintos escenarios regulatorios.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIONES
Luego de evaluar el Proyecto de la Cámara 914, la Comisión de Pequeños y Medianos Negocios concluye que, aunque la intención de la medida es loable y busca proteger a los pequeños negocios de cargas económicas desproporcionadas, su implementación presenta conflictos legales, operacionales y administrativos significativos.
La imposición de un esquema obligatorio y uniforme para el manejo de primeras infracciones:
A la luz de lo anterior, la Comisión entiende que la política pública que persigue la medida debe atenderse mediante un enfoque más balanceado, que preserve la discreción administrativa y considere la naturaleza de cada infracción.
Por lo anterior, la Comisión de Pequeños y Medianos Negocios de la Cámara de Representantes, previo a estudio y consideración del P. de la C. 914, tiene a bien someter su informe negativo sobre la medida.
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Hon. Sergio Esteves Vélez
Presidente
Comisión de Pequeños, Medianos Negocios de la Cámara de Representante
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