GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. DE LA C. 480
INFORME POSITIVO
15 de diciembre de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 480, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:
“Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) con su responsabilidad de cobrar contribuciones morosas mediante embargo y venta de la propiedad de los deudores en mora, específicamente en cuanto a las propiedades inmuebles abandonadas y desocupadas sitas en los municipios de Aguadilla y Moca, con el propósito de identificar alternativas de cobro y ejecución de dichas contribuciones morosas; y para otros fines relacionados.”
ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Resolución de la Cámara Núm. 480 tiene el propósito de realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) con su responsabilidad de cobrar contribuciones morosas mediante embargo y venta de la propiedad de los deudores en mora, específicamente en cuanto a las propiedades inmuebles abandonadas y desocupadas sitas en los municipios de Aguadilla y Moca, con el propósito de identificar alternativas de cobro y ejecución de dichas contribuciones morosas; y para otros fines relacionados.
En su Exposición de Motivos, la medida indica que el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, (CRIM) es la entidad encargada de la administración, fiscalización y cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmueble en Puerto Rico, conforme a lo dispuesto en la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”. Por otro lado, se expone que en los municipios de Moca y Aguadilla existe actualmente una cantidad preocupante de solares baldíos y estructuras abandonadas, muchos de los cuales acumulan deudas contributivas y carecen por completo de mantenimiento por parte de sus titulares.
Por ello, resulta indispensable poder identificar el cumplimiento del CRIM con su deber de cumplir con el cobro de deudas y con iniciar la ejecución de aquellas que sean encontradas en incumplimiento. En el caso particular de la medida objeto de análisis, se limita a aquellas dentro de la jurisdicción de los municipios de Aguadilla y Moca.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
Considerando los elementos analizados, esta Comisión concluye que la medida examinada responde a un interés legislativo legítimo y debidamente fundamentado. En consecuencia, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 480, con las enmiendas que obran en el entirillado electrónico que acompaña este informe.
Respetuosamente sometido,
PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos Internos
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