GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma Asamblea 3 ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. del S. 820
INFORME POSITIVO
11 DE JUNIO DE 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Educación, tras un exhaustivo análisis y evaluación, recomienda respetuosamente a este Honorable Cuerpo Legislativo la aprobación del Proyecto del Senado 820 (en adelante, P. del S. 820), mediante el presente Informe Positivo incorporando las enmiendas sugeridas al contenido, que se detallan en el entirillado electrónico que se acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El P. del S. 820, tiene como propósito crear la Ley de Alfabetización Mediática y Digital de Puerto Rico con el fin de garantizar que el estudiantado del sistema público de enseñanza desarrolle competencias de alfabetización mediática y digital donde se fomente el uso responsable de la tecnología y de la inteligencia artificial (IA), y fortalecer la resiliencia ciudadana ante la desinformación y manipulación digital; y para otros fines relacionados.
INTRODUCCIÓN
La Exposición de Motivos del P. del S. 820 establece que la proliferación de plataformas digitales y el avance acelerado de la inteligencia artificial han transformado profundamente la manera en que la ciudadanía accede, produce y comparte información. En este ecosistema caracterizado por la inmediatez y la viralidad, la circulación de contenido falso, manipulado o carente de contexto representa un riesgo significativo para la toma de decisiones informadas y para la participación cívica responsable.
El documento legislativo destaca que niños, niñas y jóvenes son particularmente vulnerables ante esta realidad, debido a la cantidad de tiempo que pasan en entornos digitales sin las herramientas críticas necesarias para evaluar la credibilidad de la información que consumen. Esta situación afecta directamente su bienestar emocional, su desarrollo cognitivo y su confianza en las instituciones públicas, ampliando brechas de inequidad y exposición a manipulación informativa.
Asimismo, la Exposición de Motivos señala que eventos recientes en Puerto Rico, como el huracán María, los terremotos y la pandemia del COVID‑19, evidenciaron la capacidad de la desinformación para amplificarse durante momentos de crisis, generando confusión social y debilitando la confianza ciudadana en los procesos gubernamentales. Estas experiencias reafirmaron la necesidad de que el sistema educativo promueva destrezas de pensamiento crítico, verificación de información y uso responsable de la tecnología desde edades tempranas.
La medida incorpora además referencias a modelos exitosos adoptados internacionalmente, tales como la Ley AB 873 de California y las estrategias implementadas en Finlandia, Suecia y Canadá, donde la alfabetización mediática se ha convertido en una competencia esencial para la formación de ciudadanos capaces de desenvolverse en un entorno digital complejo. En armonía con estos marcos y fundamentada en el Artículo II, Sección 5 de la Constitución de Puerto Rico y la Ley 85‑2018, la propuesta legislativa busca integrar formalmente la alfabetización mediática e informacional al currículo del sistema público de enseñanza como herramienta indispensable para fortalecer el pensamiento crítico, promover el aprendizaje autónomo, y preparar al estudiantado para participar con responsabilidad y resiliencia en el ecosistema digital contemporáneo.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
Para los fines de evaluación y análisis de la medida, la Comisión de Educación recibió insumo de los Memoriales Explicativos solicitados por el Senado al Departamento de Educación de Puerto Rico, Universidad de Puerto Rico, Puerto Rico Innovation Technology Services, Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, Dr. Marcos A. Velez Rivera, Dr. José F. Ferrer López, y la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa.
En cumplimiento con nuestra responsabilidad legislativa y con el propósito de obtener el aporte necesario, dichos memoriales fueron evaluados y analizados para propósitos de la redacción de este informe. A continuación, se presenta un resumen detallado de los comentarios proporcionados por las entidades gubernamentales antes mencionadas:
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO
El Departamento de Educación de Puerto Rico (en adelante, DEPR), representado por su Secretario, Lcdo. Eliezer Ramos Parés, no avaló el P. del S. 820 en su forma actual. Aunque reconoció la importancia del objetivo legislativo, la agencia sostuvo que la propuesta no es implementable según redactada. El DEPR argumentó que la alfabetización mediática e informacional es un contenido transversal y no una materia, por lo que el Artículo 5 que ordena crear competencias y estándares específicos resulta incompatible con la estructura curricular vigente. Señaló que “no es correcto enmendar los marcos curriculares… para añadir este contenido”.
Además, objetó la ausencia de una asignación presupuestaria recurrente para la formación docente, advirtió que varios artículos duplican facultades ya existentes bajo la Ley 85‑2018 y expresó que el Artículo 13 impone obligaciones fiscales que la agencia no puede asumir. Concluyó que, en su estado actual, el proyecto no es viable para implementación
UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO
La Universidad de Puerto Rico (en adelante, UPR), representada por su Presidenta, Dra. Zayira Jordán Conde, manifestó respaldo al P. del S. 820, destacando su pertinencia ante los retos contemporáneos de la desinformación, la manipulación digital y el uso ético de la tecnología. La institución coincidió en que la alfabetización mediática y digital es indispensable para formar ciudadanos críticos y participativos. La UPR subrayó que puede aportar significativamente a la implementación de la medida mediante formación docente, investigación aplicada, desarrollo de microcredenciales y colaboración interinstitucional.
Entre sus recomendaciones, sugirió incluir a las universidades como socios estratégicos, crear un observatorio de alfabetización mediática y asegurar que los estándares curriculares atiendan la diversidad cultural y las desigualdades de acceso. La institución afirmó que la medida “representa un paso fundamental hacia la formación de una ciudadanía crítica, informada y preparada”
PUERTO RICO INNOVATION TECHNOLOGY SERVICES
La Puerto Rico Technology Services (en adelante, PRITS), representada por su Subdirector Ejecutivo, Poincare Diaz Peña, expresó apoyo general a los objetivos educativos del P. del S. 820, reconociendo que la alfabetización mediática y digital es esencial para fortalecer el pensamiento crítico y la resiliencia ciudadana en un entorno marcado por la desinformación. La agencia destacó que la medida propone integrar estas competencias de forma transversal al currículo y promover la formación docente, iniciativas que consideró valiosas para el sistema educativo.
No obstante, PRITS advirtió que el Artículo 7 del proyecto relativo a contratos tecnológicos del DEPR duplica obligaciones ya reguladas por la Ley 75‑2019, la Ley 122‑2019 y la Ley 40‑2024, señalando que “estas disposiciones… reproducen obligaciones que ya están establecidas de forma general en las leyes que rigen la gobernanza tecnológica del Estado”. La agencia recomendó eliminar dicho artículo para evitar sobre legislación y posibles conflictos normativos. Concluyó reiterando su disposición a colaborar con la Comisión.
INSTITUTO DE ESTADISTICAS DE PUERTO RICO
El Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (en adelante, Instituto), representado por el Director Ejecutivo, Dr. Orville M. Disdier Flores, resaltó que la alfabetización mediática y digital es esencial para el análisis crítico de datos, la comprensión estadística y la evaluación de información en la era digital. La entidad recomendó fortalecer el proyecto incorporando explícitamente la alfabetización estadística, señalando que esta permite al estudiantado “interpretar correctamente datos cuantitativos, reconocer visualizaciones ‘posiblemente engañosas’ y contextualizar adecuadamente la información numérica”.
El Instituto propuso además establecer indicadores de desempeño, recopilar datos desagregados para atender brechas de equidad, reforzar la capacitación docente y añadir un componente de ética digital e inteligencia artificial. Concluyó que la medida constituye un paso fundamental para preparar a la población estudiantil ante los retos informativos contemporáneos.
DR. MARCOS A. VELEZ. RIVERA
El Dr. Marcos A. Velez Rivera expresó apoyo general al P. del S. 820, destacando su pertinencia para fortalecer el pensamiento crítico, la verificación de información y el uso ético de la tecnología. El académico presentó recomendaciones específicas para mejorar la precisión y coherencia del articulado. Señaló que el término “microcredencial” se define en el Artículo 3 pero no se utiliza posteriormente, recomendando armonizarlo con el Artículo 6.
También sugirió revisar la referencia a la asignatura de Estudios Sociales para asegurar su aplicabilidad en todos los niveles, así como especificar que el repositorio digital incluya recursos alineados al currículo vigente. Finalmente, recomendó clarificar el lenguaje sobre la medición de la formación docente, indicando que la frase “han completado formación” es ambigua y debe sustituirse por una referencia a certificaciones o microcredenciales verificables.
DR. JOSE R. FERRER LOPEZ
El Dr. José R. Ferrer López, Catedrático de Educación del Recinto Universitario de Mayagüez presentó un memorial en apoyo al P. del S. 820, destacando que la alfabetización mediática y digital es una competencia esencial del siglo XXI y un pilar para la ciudadanía democrática. El académico contextualizó la medida dentro de marcos internacionales como UNESCO, OCDE, DIGCOMP y AI Literacy Framework, señalando que la propuesta puertorriqueña se alinea con las mejores prácticas globales.
Entre sus recomendaciones, propuso establecer financiamiento multianual, implementar una fase piloto, crear mecanismos de evaluación de impacto, adoptar estándares de accesibilidad y protección de datos, integrar la alfabetización en inteligencia artificial y crear un consejo asesor intersectorial. Sostuvo que la aprobación del proyecto permitiría “articular una política pública sólida, con base en evidencia científica, marcos internacionales y mejores prácticas pedagógicas”.
DETERMINACIÓN DE IMPACTO ECONÓMICO
Conforme al análisis y los hallazgos de la medida, la Comisión de Educación solicitó insumo de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa quien concluye que el efecto fiscal de la medida no se puede precisar; ya que su costo dependerá de los docentes requeridos, infraestructura digital necesaria, diseño de guías y manuales curriculares para los tres niveles (elemental, intermedio y superior), entre otras consideraciones.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
La Comisión de Educación de la Cámara de Representantes, tras evaluar detenidamente las ponencias recibidas, concluye que existe un respaldo mayoritario y sustantivo al P. del S. 820 por parte de las entidades comparecientes. PRITS, UPR, Instituto, el Dr. Marcos Vélez y el Dr. José Ferrer coincidieron en que la alfabetización mediática y digital constituye una necesidad impostergable para el sistema educativo público, particularmente ante los retos contemporáneos de la desinformación, el uso intensivo de tecnologías digitales y el impacto creciente de la inteligencia artificial en la vida cívica y social. Estas ponencias resaltaron que la medida fortalece el pensamiento crítico, promueve el uso ético de la tecnología, fomenta la resiliencia democrática y alinea a Puerto Rico con estándares internacionales de educación mediática. Asimismo, aportaron recomendaciones técnicas dirigidas a mejorar la precisión conceptual, la coherencia curricular, la formación docente, la evaluación de impacto y la colaboración intersectorial, todas compatibles con el propósito legislativo de la medida.
No obstante, el DEPR fue la única entidad que no avaló el proyecto en su forma actual. Su oposición se fundamentó en tres planteamientos principales: (1) que la alfabetización mediática e informacional constituye un contenido transversal y no una materia, por lo que el Artículo 5 al ordenar la creación de competencias y estándares específicos resultaría incompatible con la estructura curricular vigente; (2) que varios artículos del proyecto duplican facultades ya contempladas en la Ley 85‑2018 y en reglamentos internos del DEPR, lo que podría generar conflictos operacionales; y (3) que la medida impone obligaciones fiscales y de formación docente sin una asignación presupuestaria recurrente, lo cual, según la agencia, haría su implementación inviable.
A la luz del insumo recibido, la Comisión reconoce que el consenso mayoritario valida la urgencia y pertinencia de institucionalizar la alfabetización mediática y digital como componente esencial del desarrollo estudiantil y de la formación ciudadana. Las preocupaciones del DEPR, aunque significativas, se circunscriben a aspectos de implementación y estructura normativa que pueden ser atendidos mediante enmiendas específicas al articulado. En consecuencia, la Comisión entiende que el P. del S. 820 constituye una medida necesaria, alineada con las mejores prácticas internacionales y con el deber constitucional del Estado de garantizar una educación integral, crítica y pertinente a los desafíos del siglo XXI
POR LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes recomienda la aprobación del P. del S. 820, mediante el presente Informe Positivo, incorporando las enmiendas sugeridas al contenido, que se detallan en el entirillado electrónico que se acompaña.
Respetuosamente sometido,
Hon. Tatiana Pérez Ramírez
Presidenta
Comisión de Educación
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