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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 946

23 DE OCTUBRE DE 2025

Presentado por el representante Torres García

(Por petición de la Asociación para la Administración de Recursos Humanos y Relaciones Laborales)

Referido a la Comisión de Gobierno

LEY

Para declarar la tercera semana del mes de octubre, como la “Semana del Profesional de Recursos Humanos y Relaciones Laborales en Puerto Rico” con el fin de reconocer la labor de los profesionales de recursos humanos y de las relaciones laborales; celebrar actividades educativas para promover la capacitación y el desarrollo de estos profesionales; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Actualmente, no existe en nuestro ordenamiento jurídico, una semana que rinda homenaje al importante rol que desempeñan los profesionales de recursos humanos y de las relaciones laborales en las instituciones públicas y privadas de este país. Hasta la fecha, la Semana del Profesional de Recursos Humanos se ha celebrado por medio de una proclama firmada por el Gobernador o Gobernadora cada año. No existe una fecha exacta y consistente para su celebración, por tal razón, es el objetivo de la Asociación para la Administración de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de Puerto Rico (ARHRL), institucionalizar una semana dedicada al profesional de recursos humanos y de las relaciones laborales.

La ARHRL cree que es imperativo aumentar la visibilidad social de los profesionales de recursos humanos y de las relaciones laborales, y reconocer que son indispensable no solo para el desarrollo y la transformación de las organizaciones, sino para el desarrollo socioeconómico del país.

Es un concepto universalmente aceptado que los recursos humanos y las relaciones laborales son los activos más importantes con el que cuentan los estados modernos. Los profesionales de recursos humanos y de las relaciones laborales son los encargados de vincular y alinear la gestión del talento humano con las metas organizacionales.

En medio de la pandemia del coronavirus, el profesional de recursos humanos y de las relaciones laborales han adoptado un papel preponderante ante los retos y las oportunidades que surgen cada día como consecuencia de esta crisis sanitaria. La implementación de nuevas formas de trabajo a distancia, integrando la tecnología, la protección de la salud y seguridad de los empleados y la capacidad de garantizar la continuidad de las operaciones de las empresas, manteniendo su productividad; son solo algunos de los retos que estos profesionales han tenido que enfrentar durante este tiempo.

Sin embargo, no es la primera vez que estos profesionales han tenido que afrontar los retos de nuevos y diversos acontecimientos históricos. La industrialización, el surgimiento de los sindicatos y las uniones, el desarrollo de las grandes empresas, así como el surgimiento de leyes relacionadas con el derecho al trabajo, han contribuido con el desarrollo y la transformación de estos profesionales.

Una semana del Profesional de Recursos Humanos y de la Relaciones Laborales es la oportunidad para reconocer y destacar la contribución y el impacto de estos profesionales ante los desafíos globales.

Por los fundamentos antes expuestos esta Asamblea Legislativa, con el propósito reconocer y destacar la contribución y el impacto de estos profesionales ante los desafíos globales, entiende meritorio que se apruebe esta Ley.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se declara la tercera semana del mes de octubre, como la “Semana del Profesional de Recursos Humanos y Relaciones Laborales en Puerto Rico”.

Sección 2.- La Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de P.R. (OATRH) y el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, deberán promover la celebración de actividades que le hagan público reconocimiento a la valiosa función que realizan los profesionales de recursos humanos y de las relaciones laborales. Ambas agencias velarán por el cumplimiento de esta Ley.

Sección 3.- Con no menos de diez (10) días con antelación a la tercera semana del mes de octubre de cada año, el Gobernador o Gobernadora del Estado Libre Asociado de Puerto Rico emitirá una proclama a los efectos de esta Ley y exhortará a todas las entidades, públicas y privadas, así como a la ciudadanía en general, a unirse a la celebración de dicha semana y a organizar actividades que rindan homenaje en esa fecha a todos los profesionales de recursos humanos y de las relaciones laborales.

Sección 4.- Copia de la Proclama Anual será distribuida a los medios de comunicación para su divulgación y/o publicación.

Sección 3.-Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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