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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. C. de la C. 242

6 DE NOVIEMBRE DE 2025

Presentada por los representantes Fourquet Cordero y Torres Zamora

Referida a la Comisión de Hacienda

RESOLUCIÓN CONJUNTA

Para ordenar a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), al Departamento de Hacienda y a la Autoridad de los Puertos de Puerto Rico que, en coordinación, identifiquen y asignen los fondos y recursos disponibles del Fondo de Emergencia o de cualquier otro fondo o fuente de recursos estatales aplicables, con el fin de garantizar la continuidad de los servicios federales esenciales en los aeropuertos del país, particularmente en el Aeropuerto Internacional Luis Muñoz Marín (SJU), el Aeropuerto Internacional Mercedita (PSE) y el Aeropuerto Internacional Rafael Hernández (BQN), ante el cierre del gobierno federal y sus efectos en los empleados federales que laboran en dichas instalaciones; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El cierre del gobierno de los Estados Unidos ha alcanzado una duración sin precedentes en la historia moderna, con repercusiones profundas y generalizadas sobre la economía, la seguridad y la estabilidad institucional del país y sus territorios.

La paralización del gobierno federal ha provocado que decenas de agencias cesen o limiten operaciones, afectando directamente la compensación de cientos de miles de empleados públicos federales y comprometiendo la prestación de servicios esenciales. De acuerdo con informes de prensa y estimaciones económicas, el impacto diario de un cierre federal prolongado representa pérdidas multimillonarias en productividad y consumo, además de la erosión de la confianza pública en las instituciones.

Puerto Rico, como jurisdicción bajo la autoridad federal, no está exento de esta crisis. La interrupción de fondos y servicios provenientes del gobierno de los Estados Unidos repercute de forma inmediata sobre sectores vitales como la seguridad, el transporte, la salud y la operación de los aeropuertos.

En este contexto, los controladores aéreos, oficiales de seguridad federal, inspectores y personal técnico asignados a los aeropuertos del país —particularmente al Aeropuerto Internacional Luis Muñoz Marín (SJU), al Aeropuerto Internacional Mercedita (PSE) y al Aeropuerto Internacional Rafael Hernández (BQN)— enfrentan una situación crítica ante la suspensión o retraso en sus remuneraciones, lo que podría traducirse en ausencias, renuncias o reducciones operacionales.

El Aeropuerto Internacional Luis Muñoz Marín maneja anualmente más de trece millones de pasajeros y constituye la principal puerta de entrada para el turismo, el comercio y el intercambio humanitario de Puerto Rico. El Aeropuerto Mercedita de Ponce y el Aeropuerto Rafael Hernández de Aguadilla, aunque de menor volumen, también cumplen un rol esencial como terminales alternas de conexión regional, de carga aérea y de vuelos domésticos e internacionales. Una interrupción en sus operaciones, incluso parcial, tendría un efecto multiplicador sobre la economía local, afectando desde la cadena de suministros hasta la estabilidad de pequeñas y medianas empresas que dependen de la actividad aeroportuaria. Asimismo, los efectos sobre la movilidad ciudadana y el transporte de mercancías esenciales representarían un riesgo directo a la seguridad pública y al bienestar colectivo.

Frente a esta coyuntura, el Gobierno de Puerto Rico tiene no solo la facultad, sino el deber moral y constitucional de proteger la continuidad de los servicios esenciales. La Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), la Autoridad de los Puertos de Puerto Rico (APPR) y el Departamento de Hacienda cuentan con los mecanismos administrativos y financieros necesarios para identificar recursos disponibles, ya sea del Fondo de Emergencia o de cualquier otra cuenta o fondo estatal que pueda utilizarse legítimamente para estos fines.

El Fondo de Emergencia existe precisamente para atender situaciones imprevistas que amenacen la estabilidad y el interés público. La prolongación de un cierre federal que impacta operaciones críticas constituye, sin lugar a duda, un escenario de emergencia para la seguridad operacional del país.

Esta Asamblea Legislativa, consciente de la magnitud y trascendencia de esta situación, actúa responsablemente mediante esta Resolución Conjunta, no como un acto simbólico, sino como un ejercicio de responsabilidad institucional. Puerto Rico no puede permanecer inerte ante la parálisis del gobierno federal cuando los servicios que sostienen su conectividad, economía y seguridad están en riesgo.

Esta medida busca que el Ejecutivo active los mecanismos presupuestarios necesarios y priorice la protección de los intereses del pueblo de Puerto Rico ante cualquier eventualidad provocada por factores externos.

RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), al Departamento de Hacienda y a la Autoridad de los Puertos de Puerto Rico (APPR) a identificar y asignar de manera inmediata los fondos y recursos disponibles del Fondo de Emergencia o de cualquier otro fondo o fuente estatal aplicable, con el propósito de garantizar la continuidad de los servicios federales esenciales en los aeropuertos del país, particularmente en el Aeropuerto Internacional Luis Muñoz Marín (SJU), el Aeropuerto Internacional Mercedita (PSE) y el Aeropuerto Internacional Rafael Hernández (BQN), mientras dure el cierre del gobierno federal.

Sección 2.– La Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), el Departamento de Hacienda y la Autoridad de los Puertos de Puerto Rico (APPR) deberán coordinar la implementación de un plan de asignación de recursos que permita la utilización efectiva y responsable de los fondos identificados, asegurando la transparencia en los procesos, la continuidad de los servicios y el cumplimiento de los fines establecidos en esta Resolución.

Sección 3.- La OGP, la APPR y el Departamento de Hacienda presentarán un informe conjunto a la Cámara de Representantes y al Senado de Puerto Rico, detallando los fondos identificados, el monto asignado y las acciones tomadas para garantizar la operación continua de los aeropuertos y la protección de los empleados afectados.

Sección 4.- Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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