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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. de la C. 602

6 DE FEBRERO DE 2026

Presentado por la representante Vargas Laureano

Referido a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una exhaustiva investigación sobre las prácticas de servicio al cliente que se implementan en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) constituye una de las instituciones más esenciales para la administración pública en Puerto Rico. Su función de gestionar la contribución sobre la propiedad y otros ingresos municipales lo convierte en un organismo cuya eficiencia, accesibilidad y transparencia impactan directamente a la ciudadanía, a los gobiernos municipales y al desarrollo económico del país. Por esta razón, el servicio al cliente que ofrece debe responder a los más altos estándares de calidad, garantizando que cada contribuyente pueda realizar sus gestiones de manera ágil, confiable y sin obstáculos indebidos.

Sin embargo, durante los pasados meses se ha observado un aumento significativo en las quejas y señalamientos provenientes de ciudadanos en todas las regiones de la isla. Estas denuncias coinciden en describir un patrón preocupante: la imposibilidad de comunicarse telefónicamente con el CRIM para realizar trámites que no sean estrictamente pagos; la negativa o incapacidad de recibir a los contribuyentes en oficinas regionales durante horas laborables para gestiones distintas al cobro; y la ausencia de un sistema funcional que permita reservar citas en un término razonable, lo que obliga a muchos ciudadanos a esperar meses para ser atendidos. Estas situaciones no solo generan frustración, sino que también afectan derechos básicos de los contribuyentes, quienes dependen del CRIM para corregir errores, solicitar revisiones, actualizar información o aclarar situaciones que pueden tener consecuencias económicas significativas.

El acceso limitado a servicios esenciales crea un ambiente de desconfianza y desaliento hacia las instituciones públicas. En un país donde la digitalización y la eficiencia gubernamental son prioridades ampliamente discutidas, resulta inaceptable que un organismo de la magnitud del CRIM no cuente con mecanismos adecuados para atender el volumen de solicitudes que recibe diariamente. La falta de canales efectivos de comunicación y la ausencia de procesos accesibles para la ciudadanía afectan de manera desproporcionada a personas mayores, a individuos con limitaciones de movilidad, a trabajadores que no pueden ausentarse de sus empleos y a residentes de municipios distantes que dependen de servicios remotos para resolver sus gestiones.

Ante este cuadro, la Asamblea Legislativa tiene la responsabilidad de ejercer su función fiscalizadora y garantizar que las agencias públicas cumplan con su deber de servir al pueblo de Puerto Rico de manera eficiente y justa. Una investigación exhaustiva por parte de la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes permitirá identificar las causas de estas deficiencias, evaluar si existen fallas administrativas o estructurales, y determinar si se requieren reformas, reasignaciones de recursos o la implantación de nuevas tecnologías y protocolos de servicio al cliente. Asimismo, permitirá examinar si el CRIM está cumpliendo con sus obligaciones legales y reglamentarias en cuanto al acceso a servicios, atención ciudadana y manejo de solicitudes.

La transparencia y la rendición de cuentas son pilares fundamentales de una democracia saludable. Investigar las prácticas actuales del CRIM atiende al interés de garantizar un CRIM accesible, moderno y sensible a las realidades de quienes dependen de sus servicios.

RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

Sección 1.-Se ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una exhaustiva investigación sobre las prácticas de servicio al cliente que se implementan en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales.

Sección 2.- La Comisión, a los efectos de cumplir con lo dispuesto en esta Resolución, podrá realizar requerimientos, solicitudes de información o de producción de documentos, citaciones, reuniones, vistas oculares, y cualquier otro procedimiento que sea conforme al Reglamento de la Cámara de Representante en el ejercicio de su facultad investigativa.

Sección 3.- La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, en un término no mayor de noventa (90) días, luego de aprobada esta Resolución.

Sección 4.- Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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