GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. DE LA C. 609
INFORME POSITIVO
27 de abril de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 609, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:
“Para ordenar a la Comisión de Banca, Seguros y Comercio de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre las operaciones de Futucare, LLC (proveedora contratada para administrar la plataforma digital del Programa de Cannabis Medicinal del Departamento de Salud) y Vank, LLC (operadora de la plataforma Vankpay, intermediaria tecnológica de pagos electrónicos entre pacientes y dispensarios), con especial énfasis en el cumplimiento de las leyes y reglamentos financieros federales y estatales que rigen las transacciones bancarias en la industria del cannabis medicinal, incluyendo la Ley de Secreto Bancario (Bank Secrecy Act, BSA), las directrices de la Red de Control de Delitos Financieros (Financial Crimes Enforcement Network, FinCEN) y las regulaciones de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF).”
ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Resolución de la Cámara Núm. 609 tiene el propósito de fiscalizar el cumplimiento de estas entidades con las leyes y reglamentos financieros federales y estatales que rigen la industria del cannabis medicinal, tales como la Ley de Secreto Bancario y las directrices de la Red de Control de Delitos Financieros. La preocupación surge debido a que Futucare administra la plataforma digital del Programa de Cannabis Medicinal del Departamento de Salud, mientras que Vank opera como un intermediario de pagos electrónicos sin aparente autorización de la Oficina Reglamentadora del Cannabis Medicinal.
La investigación pone especial énfasis en la estrecha relación corporativa entre ambas compañías, las cuales comparten directivos, dirección física y correos electrónicos de contacto, lo que sugiere un riesgo significativo de falta de transparencia. Se busca esclarecer si Futucare ha utilizado la información sensible y confidencial de los pacientes para promover los servicios financieros de Vank, lo que podría constituir una violación al Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico. De hecho, el Departamento de Salud ya ha referido estas actuaciones al Negociado de Investigaciones Federales y al Departamento de Justicia por posibles irregularidades bancarias y éticas.
Es preciso destacar que en el pasado se había presentado una medida legislativa similar (R. de la C. 435). No obstante, tras el vencimiento del término brindado sin que se completara la investigación, se presenta nuevamente para su aprobación.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
En atención a lo expuesto, la Comisión de Asuntos Internos concluye que la medida propuesta persigue un fin apremiante y cumple con los requisitos necesarios para su aprobación. Por tal razón, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 609 con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe.
Respetuosamente sometido,
PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos Internos
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