GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. del C. 1155
INFORME POSITIVO
23 de abril de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES:
La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto de la Cámara 1155, recomienda su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto de la Cámara 1155 (P. de la C. 1155) propone declarar el día 27 de julio de cada año como el “Día de la Bomba Loiceña” en todo Puerto Rico, con el propósito de reconocer la aportación histórica, cultural y social de los propulsores de la bomba en el Municipio de Loíza y fomentar su preservación como una de las manifestaciones más representativas de la herencia afrodescendiente en Puerto Rico.
AnÁlisis de la Medida
La medida ante la consideración de esta Comisión persigue reconocer formalmente una de las expresiones culturales más significativas del País. Conforme surge de la Exposición de Motivos, la bomba puertorriqueña, con raíces que se remontan al siglo XVII, constituye una manifestación viva de resistencia, identidad y transmisión cultural de las comunidades afrodescendientes.
En ese contexto, la legisladora proponente resalta que el Municipio de Loíza ha sido históricamente uno de los principales espacios de preservación y desarrollo de esta tradición, donde la bomba se mantiene como una práctica cultural viva, transmitida de generación en generación.
Es por ello que, entendemos que la designación de una fecha conmemorativa a tales efectos fortalecería la política pública dirigida a la preservación del patrimonio cultural, la educación histórica y el reconocimiento de las aportaciones de las comunidades afrodescendientes al desarrollo cultural de Puerto Rico.
Asimismo, esta Comisión reconoce que la medida promueve el fortalecimiento de la identidad cultural, el desarrollo del turismo cultural y la visibilización de expresiones culturales autóctonas que forman parte esencial del patrimonio puertorriqueño.
ALCANCE DEL INFORME
Para el estudio y evaluación del P. de la C. 1155, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes solicitó comentarios y ponencias a los siguientes:
Se recibieron y consideraron los memoriales del Departamento de Estado, el Instituto de Cultura Puertorriqueña, el Municipio de Loíza, el Departamento de Educación, así como el análisis fiscal de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa.
Departamento de Educación
En cuanto a los memoriales recibidos, el Departamento de Educación expresó su respaldo al fin loable de la medida, reconociendo el valor cultural y educativo de promover manifestaciones autóctonas como la bomba. No obstante, planteó reservas en cuanto a la fecha propuesta del 27 de julio, señalando que la misma coincide con el natalicio del prócer puertorriqueño José Celso Barbosa, fecha reconocida como feriado oficial en Puerto Rico. Asimismo, destacó que el 27 de marzo ha sido reconocido como el Día Nacional de la Bomba Puertorriqueña, lo cual podría generar duplicidad en las conmemoraciones oficiales.
A pesar de lo anterior, esta Comisión difiere parcialmente de los señalamientos en cuanto a la viabilidad de la fecha propuesta. Se entiende que la medida no pretende sustituir ni entrar en conflicto con conmemoraciones existentes, sino más bien destacar una vertiente particular de la bomba puertorriqueña: la bomba loiceña. Esta manifestación cultural posee características distintivas y un arraigo histórico propio en el municipio de Loíza, cuya tradición se encuentra íntimamente ligada a las celebraciones de las fiestas de Santiago Apóstol, llevadas a cabo durante la última semana del mes de julio. En ese sentido, la designación propuesta resulta cónsona con el contexto cultural y festivo en el cual dicha tradición se desarrolla, fortaleciendo así el reconocimiento de la diversidad dentro de las expresiones culturales del País.
Departmento de Estado
El Departamento de Estado expresó una postura favorable a la medida, destacando que la designación de una fecha conmemorativa contribuye al reconocimiento institucional de manifestaciones culturales autóctonas, particularmente aquellas vinculadas a la herencia afrodescendiente. Señaló que este tipo de iniciativas fortalece la proyección cultural del País y sirve como herramienta para promover valores de diversidad, inclusión y afirmación de identidad nacional.
Asimismo, indicó que la medida es cónsona el trasfondo histórico, la práctica cultural viva y la necesidad de continuar promoviendo y preservando las manifestaciones culturales autóctonas del País.
Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP)
El Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP) avaló la intención legislativa del proyecto, reconociendo la bomba como una de las expresiones culturales más importantes del País y resaltando su valor histórico, educativo y social. No obstante, el ICP recomendó que la medida sea armonizada con la Ley Núm. 180-2002, según enmendada, la cual establece la política pública sobre la declaración de días y semanas conmemorativas en Puerto Rico.
De igual forma, advirtió que la redacción del Artículo 2 podría interpretarse como una imposición de obligaciones programáticas a diversas agencias sin que medie una asignación presupuestaria específica, lo que podría generar implicaciones fiscales y operacionales no contempladas. En ese sentido, sugirió que cualquier participación de las agencias concernidas sea de carácter promocional y sujeta a la disponibilidad de recursos.
Municipio de Loíza
El Municipio de Loíza expresó su respaldo enfático a la medida, destacando que la bomba loiceña constituye un elemento esencial de la identidad cultural del municipio y un legado vivo transmitido por generaciones.
En apoyo a su posición en su memorial resaltaron la importancia de reconocer a los exponentes, artesanos y gestores culturales que han sostenido esta tradición a través del tiempo, así como el impacto positivo que tendría la designación oficial en la promoción del turismo cultural y el desarrollo económico local. Además, el Municipio subrayó que esta iniciativa fortalecería los esfuerzos comunitarios dirigidos a preservar y difundir la bomba como expresión cultural autóctona.
IMPACTO FISCAL
En cuanto al impacto fiscal de la medida, la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), al evaluar el Proyecto de la Cámara 1155 en conjunto con otras medidas de naturaleza similar, concluyó que estas iniciativas no conllevan un impacto fiscal significativo. Ello, debido a que se limitan a la designación de fechas conmemorativas y no disponen la creación de programas nuevos, asignaciones presupuestarias adicionales ni la contratación de personal.
De acuerdo con dicho análisis, la implementación de la medida puede llevarse a cabo utilizando los recursos existentes de las agencias concernidas, particularmente mediante la coordinación de actividades educativas, culturales y comunitarias dentro de sus funciones ordinarias.
No obstante, OPAL advierte que cualquier gestión que conlleve la organización de actividades o esfuerzos adicionales deberá realizarse conforme a la disponibilidad de recursos, por lo que resulta necesario delimitar adecuadamente el alcance de las responsabilidades de las agencias para evitar la creación de obligaciones fiscales implícitas.
CONCLUSIÓN
La Comisión de Gobierno reconoce el valor histórico, cultural y social de la bomba loiceña como una de las expresiones más emblemáticas de la herencia afrodescendiente en Puerto Rico.
Los memoriales evaluados reflejan un respaldo general a la intención legislativa de la medida y destacan su importancia como instrumento de reconocimiento cultural, educación histórica y fortalecimiento de la identidad puertorriqueña.
De igual forma, las recomendaciones presentadas por las entidades consultadas permitieron perfeccionar la medida, particularmente en cuanto a la necesidad de precisar el alcance de la participación de las agencias concernidas y evitar la imposición de cargas fiscales no financiadas.
En atención a lo anterior, esta Comisión incorporó enmiendas técnicas dirigidas a atemperar el lenguaje del Artículo 2, a los fines de establecer que las agencias concernidas podrán promover actividades sujeto a la disponibilidad de recursos existentes.
En tanto, esta Comisión concluye que las preocupaciones planteadas por el Departamento de Educación no constituyen un impedimento para la aprobación de la medida, toda vez que la misma persigue un reconocimiento específico y complementario dentro del amplio espectro de las tradiciones culturales puertorriqueñas, sin menoscabar conmemoraciones previamente establecidas.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, presenta ante este Cuerpo el Informe Positivo sobre el Proyecto de la Cámara 1155, recomendando su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
Respetuosamente sometido,
Hon. Víctor L. Parés-Otero
Presidente
Comisión de Gobierno
Cámara de Representantes de Puerto Rico
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