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(ENTIRILLADO ELECTRÓNICO)

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

R. C. del S. 153

25 de febrero de 2026

Presentada por la señora Román Rodríguez

Referida a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor

RESOLUCIÓN CONJUNTA

Para designar la totalidad de la Carretera Estatal PR-421, dentro de la jurisdicción del Municipio de Moca, con el nombre de Luis González Pérez, en reconocimiento a su legado empresarial, comunitario y aportación al desarrollo del pueblo de Moca; autorizar la instalación de rótulos; ordenar el pareo de fondos; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Luis González Pérez nació en el Municipio de Moca, Puerto Rico, el 25 de agosto de 1942, proveniente de una familia de veintidós hermanos, hijo de doña Ana Pérez y don León González. Desde temprana edad demostró una sólida ética de trabajo al colaborar con su padre en labores agrícolas vinculadas a la industria azucarera, actividad de gran impacto económico en la región oeste durante aquella época.

Realizó sus estudios en la Escuela Superior de Moca y, durante su juventud, sirvió por un corto período en el Ejército de los Estados Unidos, experiencia que fortaleció sus valores de disciplina y responsabilidad. Posteriormente, laboró en la empresa Pan Nutrich, ampliando su formación laboral y empresarial.

En el año 1973, fundó la Funeraria Moca Memorial, institución que con el pasar del tiempo se convirtió en un referente de servicio humano, respeto y acompañamiento para las familias mocanas. Su gestión empresarial no solo promovió la estabilidad económica de su núcleo familiar, sino que generó empleos y oportunidades para residentes del municipio, evidenciando un profundo sentido de responsabilidad social y compromiso comunitario.

Bajo su liderato, la empresa experimentó crecimiento sostenido y consolidación estructural, trasladándose a facilidades más amplias que permitieron expandir los servicios ofrecidos. Su visión emprendedora aportó significativamente al dinamismo económico del casco urbano de Moca.

Más allá de su faceta empresarial, Luis González ha sido reconocido por su amor por el deporte, particularmente el béisbol, apoyando activamente las actividades del equipo local del Coliceba, lo cual reafirma su identificación y arraigo con la cultura y tradiciones de su pueblo.

Su legado se distingue por la perseverancia, el liderazgo, la integridad y el servicio desinteresado. Hoy varios miembros de su familia continúan la obra iniciada, manteniendo vigente su visión y valores.

En atención a lo anterior, esta Asamblea Legislativa entiende meritorio y de alto interés público designar con el nombre de Luis González Pérez la totalidad de la Carretera Estatal PR-421 dentro de la jurisdicción del Municipio de Moca, como reconocimiento permanente a su trayectoria y aportación al bienestar colectivo.

RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se designa la totalidad de la Carretera Estatal PR-421, dentro de la jurisdicción del Municipio de Moca, con el nombre de Luis González Pérez, en reconocimiento a su legado empresarial, comunitario y aportación al desarrollo del pueblo de Moca.

Sección 2.– Se ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas, en conjunto con la Autoridad de Carreteras y Transportación, tomar las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Resolución Conjunta, dentro de los noventa (90) días siguientes a su aprobación.

Sección 3.– El Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación rotularán la Carretera Estatal aquí designada, conforme a las especificaciones establecidas en el Manual de Dispositivos Uniformes para el Control de Tránsito en las Vías Públicas (MUTCD) y con cualquier otra reglamentación aplicable.

Sección 4.– A fin de lograr la rotulación que aquí se dispone, se autoriza al Departamento de Transportación y Obras Públicas y a la Autoridad de Carreteras y Transportación, a peticionar, aceptar, recibir, preparar y someter propuestas para aportaciones y donativos de recursos de fuentes públicas y privadas; parear cualesquiera fondos disponibles con aportaciones federales, estatales, municipales o del sector privado; así como a entrar en acuerdos colaborativos con cualquier ente, público o privado, dispuesto a participar en el financiamiento de esta rotulación.

Sección 5.– Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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