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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. de la C. 632

25 DE FEBRERO DE 2026

Presentada por el representante Ferrer Santiago; la representante Vargas Laureano; los representantes Torres Cruz, Torres García; las representantes Rosas Vargas, Martínez Soto, Hau, Higgins Cuadrado; y los representantes Feliciano Sánchez, Figueroa Acevedo, Fourquet Cordero, Varela Fernández y Rivera Ruiz de Porras

Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Cámara de Representantes de Puerto Rico, reunida en Comisión Total y a tenor con las disposiciones de la Regla 18.5 del Reglamento de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una Sesión Especial de Interpelación al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico, Edwin González Montalvo, a los efectos de requerir información relativa a las imputaciones divulgadas en la prensa a partir del 11 de febrero de 2026 relacionadas con alegadas irregularidades que la involucran en la administración de un negocio de inspección de vehículos de motor en Yabucoa, de nombre Yabucoa Auto Service; así como sobre las imputaciones hechas por un funcionario público que labora o laboraba en el Departamento de Transportación y Obras Públicas a los fines de que la secretaria del Departamento de Vivienda, Ciary Pérez Peña reclamó su despido y que se tomaran represalias contra él por haber intervenido, ejerciendo las funciones de su cargo, con la administración alegadamente fraudulenta de procesos de inspección de vehículos de motor en el referido negocio; asimismo indagar si la secretaria Ciary Pérez Peña obtuvo una reducción de multa impuesta por irregularidades en las operaciones del negocio Yabucoa Auto Service y, de haber sido así, indagar sobre la forma en que se gestionó tal reducción de multa y los fundamentos para su otorgación; también, para auscultar si, de ser veraces las imputaciones publicadas, la Secretaria del Departamento de la Vivienda y el interpelado mismo, pudieron haber incurrido en violación de la Ley de Ética Gubernamental, del Código Penal, o de cualquier otra ley que rija en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Cámara de Representantes de Puerto Rico, en el ejercicio de sus facultades constitucionales de fiscalización y conforme a la Regla 18.5 de su Reglamento, tiene la responsabilidad indelegable de investigar todo asunto que pueda afectar la integridad del servicio público, la legalidad de las actuaciones administrativas y la confianza del Pueblo en sus instituciones gubernamentales.

A partir del 11 de febrero de 2026, diversos medios de comunicación han divulgado imputaciones relacionadas con alegadas irregularidades en la administración de un negocio de inspección de vehículos de motor en el municipio de Yabucoa, denominado Yabucoa Auto Service. Dichas alegaciones apuntan a posibles actuaciones impropias vinculadas a la secretaria del Departamento de Vivienda de Puerto Rico, Ciary Pérez Peña, en la operación de dicho establecimiento, el cual se encuentra sujeto a la reglamentación y supervisión del Departamento de Transportación y Obras Públicas.

Asimismo, ha trascendido públicamente que un funcionario que labora o laboraba en el Departamento de Transportación y Obras Públicas alegó haber intervenido, en el ejercicio legítimo de sus funciones oficiales, con la administración presuntamente irregular de procesos de inspección en el referido negocio, y que como consecuencia de dicha intervención se habrían promovido gestiones para su despido y la imposición de represalias en su contra. Tales señalamientos, de ser ciertos, podrían implicar no solo violaciones a normas administrativas y éticas, sino también posibles infracciones a disposiciones legales que protegen a los servidores públicos contra represalias por el cumplimiento cabal de su deber.

De igual manera, se ha planteado que la secretaria Ciary Pérez Peña pudo haber obtenido una reducción de multa impuesta por irregularidades en las operaciones de Yabucoa Auto Service. Corresponde a esta Cámara auscultar si tal reducción ocurrió, bajo qué fundamentos legales se concedió, cuál fue el procedimiento seguido y si medió intervención directa o indirecta de funcionarios del Departamento de Transportación y Obras Públicas, incluyendo su titular, el Secretario Edwin González Montalvo.

En virtud de lo anterior, resulta imperativo que esta Asamblea Legislativa requiera la comparecencia del Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas para que, bajo juramento y ante la Cámara reunida en Comisión Total, ofrezca explicaciones detalladas sobre los procesos de supervisión, investigación y adjudicación relacionados con el referido negocio; sobre cualquier gestión administrativa vinculada a la alegada reducción de multa; y sobre las actuaciones tomadas respecto al funcionario que denunció las presuntas irregularidades.

La interpelación constituye un mecanismo esencial de control legislativo, orientado a garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y el estricto cumplimiento de la Ley de Ética Gubernamental, del Código Penal de Puerto Rico y de cualquier otra disposición aplicable. Cuando las imputaciones públicas involucran a jefes de agencia o a actuaciones que pudieran comprometer la legalidad de los procesos administrativos, la Cámara de Representantes tiene el deber de actuar con prontitud, seriedad y objetividad.

En consecuencia, esta Resolución tiene el propósito de ordenar la celebración de una Sesión Especial de Interpelación al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas, a fin de esclarecer los hechos denunciados, determinar si existieron actuaciones contrarias a derecho por parte de cualquier funcionario público involucrado —incluyendo a la secretaria del Departamento de Vivienda y al propio Secretario interpelado— y evaluar la necesidad de referidos o medidas adicionales en protección del interés público y del Estado de Derecho en Puerto Rico.

RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

Sección 1 – Se ordena a la Cámara de Representantes de Puerto Rico, reunida en Comisión Total y a tenor con las disposiciones de la Regla 18.5 del Reglamento de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una Sesión Especial de Interpelación al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico, Edwin González Montalvo, a los efectos de requerir información relativa a las imputaciones divulgadas en la prensa a partir del 11 de febrero de 2026 relacionadas con alegadas irregularidades que la involucran en la administración de un negocio de inspección de vehículos de motor en Yabucoa, de nombre Yabucoa Auto Service; así como sobre las imputaciones hechas por un funcionario público que labora o laboraba en el Departamento de Transportación y Obras Públicas a los fines de que la secretaria del Departamento de Vivienda, Ciary Pérez Peña reclamó su despido y que se tomaran represalias contra él por haber intervenido, ejerciendo las funciones de su cargo, con la administración alegadamente fraudulenta de procesos de inspección de vehículos de motor en el referido negocio; asimismo indagar si la secretaria Ciary Pérez Peña obtuvo una reducción de multa impuesta por irregularidades en las operaciones del negocio Yabucoa Auto Service y, de haber sido así, indagar sobre la forma en que se gestionó tal reducción de multa y los fundamentos para su otorgación; también, para auscultar si, de ser veraces las imputaciones publicadas, la Secretaria del Departamento de la Vivienda y el interpelado mismo, pudieron haber incurrido en violación de la Ley de Ética Gubernamental, del Código Penal, o de cualquier otra ley que rija en Puerto Rico.

Sección 2.-La Comisión Total, por conducto del Presidente de la Cámara de Representantes, rendirá un informe final con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones no más tarde de treinta (30) días de realizada la Sesión Especial de Interpelación. El Diario de Sesiones de la Sesión Especial de Interpelación deberá acompañar el referido informe.

Sección 3.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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