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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. C. de la C. 301

26 DE FEBRERO DE 2026

Presentada por el representante Robles Rivera

Referida a la Comisión de Gobierno

RESOLUCIÓN CONJUNTA

Para ordenar al Director Ejecutivo de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) realizar las gestiones administrativas necesarias y enmendar los protocolos existentes para que las nuevas acometidas de agua se instalen dentro del término máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario; publicar informes periódicos sobre dichos servicios; revisar los procesos y costos aplicables; y ordenar al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) realizar las gestiones administrativas necesarias y enmendar los protocolos existentes para que los trámites de cotización y endoso para nuevas acometidas de agua se completen dentro del término máximo de diez (10) días laborables.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El acceso al agua potable es un derecho fundamental de todos los ciudadanos de Puerto Rico y constituye un servicio esencial que debe ser provisto de manera eficiente, oportuna y equitativa. No obstante, numerosos residentes y sectores de la ciudadanía han expresado preocupación por los altos costos asociados con la instalación de nuevas acometidas de servicio de agua, lo que representa una carga económica significativa para familias y propietarios, especialmente aquellos con recursos limitados. En algunos debates legislativos recientes, se ha señalado que el costo promedio de una acometida puede rondar varios miles de dólares, dependiendo de la complejidad del trabajo requerido. Estos costos han generado discusión legislativa para aliviar el depósito inicial y explorar alternativas de financiamiento para las familias afectadas. 

Asimismo, la falta de prontitud en la ejecución del servicio de nuevas conexiones ha sido objeto de quejas públicas. Durante audiencias en la Cámara de Representantes, funcionarios de la AAA han reconocido cambios en los procedimientos de instalación que han trasladado responsabilidades al usuario, lo que ha incrementado tanto el costo como el tiempo de espera para completar las nuevas acometidas. Como parte de la evaluación de la R. de la C. 103, la Comisión de la Región Sur de la Cámara de Representantes tuvo la oportunidad de celebrar una vista pública en la cual se discutió el asunto de los altos costos para los servicios de nuevas acometidas de agua y la dilación excesiva para que se realizaran las labores correspondientes.

Según expresiones de la directora de Servicio al Cliente de la Autoridad, Edna Borges Rivera, dijo que desde 2022 la AAA asumió la responsabilidad total de las instalaciones que antes podía ejecutar el cliente (trámites, permisos y obra) y que esa modificación al procedimiento elevó los costos para la agencia y para los usuarios. En dicha ocasión, mencionaron que estaban haciendo una revisión de la reglamentación interna, incluido el Reglamento Número 8901, conocido como “Reglamento sobre el Uso de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Puerto Rico”. Esto, buscando limitar el cobro inicial al estudio de factibilidad cuando corresponda. Por su parte, el ingeniero Bruce León, director regional Sur de la AAA, detalló estimados de costos internos: en su conteo promediado la autoridad incurre en alrededor de $3,500 por acometida potable y $4,500 por acometida de alcantarillado, aunque explicó que la cifra varía según la complejidad del trabajo y las exigencias de otras agencias. Además, León señaló que los trabajos en carreteras estatales incrementan el costo por requisitos de compactación y por el trámite con el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), que incluye cotización y endoso y puede demorar entre cuatro y cinco semanas por ese solo trámite. Siendo esto así, también resulta indispensable que el DTOP agilice sus procesos para no afectar a los clientes de la AAA que esperan por sus conexiones de servicio de agua.

Estos factores, en conjunto, reflejan una problemática persistente tanto en la eficiencia de la provisión del servicio básico como en la gestión de recursos por parte de la AAA. Por tanto, es imperativo que esta Asamblea Legislativa ordene al Director Ejecutivo de la AAA y al Secretario del DTOP implementar enmiendas a sus protocolos y prácticas administrativas vigentes, con el objetivo específico de agilizar los procesos administrativos relacionados a las nuevas acometidas de agua.

RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena al Director Ejecutivo de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) realizar las gestiones administrativas necesarias y enmendar los protocolos existentes para que las nuevas acometidas de agua se instalen dentro del término máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario; publicar informes periódicos sobre dichos servicios; y revisar los procesos y costos aplicables.

Sección 2.- Como parte de las gestiones administrativas implementadas, el Director Ejecutivo de la AAA deberá asegurarse de lo siguiente:

  1. Se garantice que las solicitudes de instalación de nuevas acometidas de agua potable se completen dentro del término máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados a partir de la fecha en que el usuario cumpla con todos los requisitos aplicables y emita el pago de los servicios.
  2. Se establezcan indicadores de eficiencia interna y sistemas de monitoreo de tiempo de respuesta para cada etapa del proceso de acometida, con reportes periódicos disponibles para la Asamblea Legislativa de Puerto Rico y para el público en general.
  3. Se revisen los procesos de aprobación, inspección, permisos y ejecución de obra que intervienen en la instalación de acometidas para eliminar trabas redundantes que generen retrasos innecesarios.

Sección 3.- Revisión de Costos y Publicación de Informes.

El Director Ejecutivo de la AAA deberá presentar ante la Asamblea Legislativa, por conducto de las secretarías del Senado de Puerto Rico y de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, un informe anual detallado durante el mes de enero de cada año. Dicho informe anual deberá incluir:

  1. Una relación de los pagos recibidos por solicitudes de nuevas acometidas de agua y el tiempo que le llevó a la agencia para realizar los trabajos y lograr la conexión. Dicho desglose, deberá identificar el número de acometidas que fueron conectadas dentro del término de cuarenta y cinco (45). En aquellos casos que se exceda dicho término, se deberán desglosar las que se atendieron dentro del término de sesenta (60), noventa (90), o más de noventa días, y las razones que provocaron que no se cumpliera con el término directivo original.
  2. El desglose de los costos actuales asociados a las nuevas acometidas, identificando cuáles son atribuibles a la agencia, a terceros o a otros entes reguladores o de permisos;
  3. Estrategias concretas para reducir el impacto de estos costos en los ciudadanos, incluyendo opciones de planes de pago, tarifas diferenciadas o subsidios;
  4. Acciones implementadas para garantizar mayor transparencia en los cobros y en la información disponible al consumidor.

Sección 4.- Se ordena al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), realizar las gestiones administrativas necesarias y enmendar los protocolos existentes para que los trámites de cotización y endoso para nuevas acometidas de agua se completen dentro del término máximo de diez (10) días laborables.

Sección 5.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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