GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. C. de la C. 303
4 DE MARZO DE 2026
Presentada por el representante Márquez Lebrón;
y las representantes Gutiérrez Colón y Lebrón Robles
Referida a la Comisión de Recursos Naturales
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales diseñar, desarrollar, implantar y mantener en su portal digital un Sistema de Consulta Pública de Casos Administrativos para modernizar la divulgación de la gestión administrativa, garantizar la transparencia y fortalecer el derecho de acceso a la información pública.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El acceso a la información pública constituye un pilar esencial de toda democracia participativa y un componente indispensable para garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y la confianza ciudadana en las instituciones del Estado. En Puerto Rico, este principio ha sido reconocido tanto por la jurisprudencia como por diversas leyes que afirman el derecho del pueblo a conocer cómo se toman las decisiones gubernamentales y cómo se administran las áreas naturales que pertenecen a toda la ciudadanía.
El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) ejerce una función de alto interés público al ser la agencia encargada de la protección, conservación y manejo de las áreas naturales y ambientales del país. Sus decisiones administrativas —incluyendo permisos, órdenes, resoluciones y determinaciones finales— tienen un impacto directo y significativo sobre la salud, el ambiente, el desarrollo económico, el uso de terrenos y la calidad de vida de las comunidades. No obstante, el acceso a la información relacionada con los casos administrativos que se tramitan ante el DRNA continúa siendo, en muchos casos, limitado, fragmentado y dependiente de gestiones presenciales o solicitudes formales que resultan onerosas y poco eficientes para la ciudadanía.
Actualmente, las personas interesadas en conocer el estado, el historial, el tracto o el resultado de un caso administrativo dirimido ante el DRNA enfrentan múltiples obstáculos, tales como la falta de un sistema digital centralizado, la ausencia de información actualizada en tiempo real y la dificultad para obtener copias de documentos oficiales como resoluciones, determinaciones u órdenes administrativas. Esta situación no solo retrasa el ejercicio del derecho al acceso a la información, sino que también debilita la fiscalización ciudadana y la participación informada en los procesos administrativos.
La viabilidad y efectividad de los sistemas de consulta pública de casos ya ha sido demostrada en otras ramas del Gobierno de Puerto Rico. Un ejemplo claro es el Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), una herramienta tecnológica utilizada por los Tribunales de Puerto Rico a través del portal del Poder Judicial. Mediante este sistema, las partes involucradas y la ciudadanía pueden consultar electrónicamente el estado y el tracto procesal de los casos judiciales, así como acceder a documentos presentados y órdenes emitidas por los tribunales, lo que ha fortalecido significativamente la transparencia y la eficiencia del sistema judicial.
De igual forma, la Asamblea Legislativa cuenta con el Sistema Único de Trámite Legislativo (SUTRA), una plataforma digital que permite a la ciudadanía dar seguimiento al trámite de las medidas legislativas, acceder al texto completo de proyectos, resoluciones y leyes aprobadas, así como consultar información histórica sobre la labor legislativa. Este sistema ha contribuido a democratizar el acceso a la información legislativa y a fomentar una participación ciudadana más informada y activa en los procesos democráticos.
Estos precedentes evidencian que la creación de un Sistema de Consulta de Casos en el DRNA no solo es viable, sino necesaria y consistente con las mejores prácticas de transparencia ya adoptadas por otras instituciones públicas en Puerto Rico. Dicho sistema permitiría a cualquier persona conocer de manera clara, sencilla y accesible el tracto procesal de los casos administrativos ante el DRNA, incluyendo el acceso electrónico a documentos relevantes como querellas, mociones, resoluciones, órdenes administrativas y determinaciones finales.
La implantación de este mecanismo tecnológico representa un paso fundamental hacia la modernización de la gestión pública, el fortalecimiento de la rendición de cuentas y la garantía efectiva del derecho al acceso a la información. Asimismo, promueve la eficiencia administrativa, reduce costos operacionales, minimiza la discreción indebida en el manejo de información pública y facilita la participación de comunidades, organizaciones ambientales, profesionales y ciudadanos en general en la defensa y protección del ambiente.
En un contexto en el que los asuntos ambientales requieren cada vez mayor escrutinio público y en el que la tecnología ofrece herramientas accesibles para democratizar la información, resulta impostergable que el Gobierno adopte mecanismos que acerquen la gestión gubernamental al pueblo. Esta Asamblea Legislativa entiende la necesidad apremiante de reafirmar el compromiso con la transparencia, la justicia administrativa y el derecho del pueblo a estar debidamente informado sobre los procesos en el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, y considera meritorio la aprobación de esta medida.
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1. – Se ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales diseñar, desarrollar, implantar y mantener en su portal digital un Sistema de Consulta Pública de Casos Administrativos que permita a cualquier persona consultar electrónicamente el tracto procesal de los casos administrativos que se tramitan o se hayan tramitado ante dicha agencia.
Sección 2. – El Sistema de Consulta Pública de Casos deberá incluir, como mínimo, la siguiente información y funcionalidades:
Sección 3. – El Sistema de Consulta Pública de Casos deberá operar conforme a los principios de transparencia, acceso a la información pública y rendición de cuentas, garantizando a su vez la protección de información confidencial, privilegiada o protegida por ley, reglamento u orden judicial, según corresponda.
Sección 4. – Se autoriza al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales a adoptar o enmendar los reglamentos, normas administrativas y protocolos internos que sean necesarios para la implantación y funcionamiento efectivo del Sistema de Consulta Pública de Casos.
Sección 5. – El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales tendrá un término de ciento ochenta (180) días contados a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta, para tener en funcionamiento en su portal digital, de acceso libre y gratuito, el Sistema de Consulta Pública de Casos Administrativos ordenado en esta Resolución Conjunta.
Además, rendirá a la Asamblea Legislativa un informe escrito sobre el cumplimiento de esta Resolución Conjunta dentro de un término no mayor de noventa (90) días contados a partir de su aprobación. Dicho informe deberá detallar el estado de desarrollo e implantación del Sistema de Consulta Pública de Casos, así como cualquier recomendación adicional para fortalecer el acceso a la información.
Sección 6. – Esta Resolución Conjunta entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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