GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 1192
INFORME POSITIVO
18 de junio de 2026
A la Cámara de Representantes de Puerto Rico:
La Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto de la Cámara 1192, tiene el honor de recomendar a este Alto Cuerpo su aprobación, con las enmiendas que se incluyen en el entirillado electrónico que acompaña este informe.
Alcance de la Medida
El Proyecto de la Cámara 1192, según radicado, busca añadir un Capítulo IX al Libro III de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a fin de autorizar a los gobiernos municipales establecer el modelo de Oficinas Municipales para la Protección Animal y Control de la Sobrepoblación (OPACOS); determinar su financiamiento; y disponer reglamentación.
Según establece la Exposición de Motivos, el bienestar animal constituye un asunto de alto interés público con implicaciones directas sobre la salud pública, la seguridad comunitaria, el desarrollo social y la sana convivencia en las comunidades. Desde la perspectiva del enfoque internacional, conocido como One Health (Una Sola Salud), la salud humana, la salud animal y la salud de los ecosistemas se encuentran estrechamente interconectadas, por lo que las políticas públicas deben atender estos componentes de manera integrada y preventiva.
Por otro lado, el abandono, el maltrato y la sobrepoblación de animales domésticos generan impactos económicos, sanitarios y sociales significativos tanto para los municipios como para el Estado, por lo que conviene adoptar medidas para atender esta problemática. Sin embargo, actualmente, la mayoría de los ayuntamientos carecen de una estructura institucional formal que atienda de manera integral y preventiva los asuntos relacionados al bienestar animal. Esta ausencia provoca respuestas fragmentadas, reactivas y dependientes de esfuerzos voluntarios o de organizaciones sin fines de lucro que, aunque fundamentales, no pueden ni deben sustituir la responsabilidad gubernamental.
La experiencia demuestra que las estrategias preventivas -particularmente la educación comunitaria y el control ético de la sobrepoblación mediante la esterilización- resultan más costo-efectivas que las intervenciones reactivas asociadas al abandono, las emergencias sanitarias y las querellas ciudadanas.
En este contexto, se propone el establecimiento del modelo de Oficinas Municipales para la Protección Animal y Control de la Sobrepoblación (OPACOS), como un mecanismo institucional municipal que fortalezca la capacidad local, fomente la coordinación interagencial y promueva el cumplimiento de la política pública estatal vigente, sin duplicar ni invadir las funciones de las agencias reguladoras estatales.
Resumen de Memoriales y Trámite Legislativo
La medida de autoría de la honorable González Aguayo fue presentada el 19 de marzo de 2026, por petición del Movimiento Social Pro-Bienestar Animal. Durante el análisis de la medida, no se realizaron vistas públicas, y se utilizó la posición de las agencias e instrumentalidades por memorial. El pasado 6 de mayo de 2026, la Comisión de Asuntos Municipales, solicitó comentarios a las siguientes agencias:
La Asociación de Alcaldes de Puerto Rico (AAPR) presentó un memorial explicativo el 25 de marzo de 2026, suscrito por su directora ejecutiva, Verónica Rodríguez Irizarry, reconociendo que la medida persigue un objetivo legítimo al promover el bienestar animal, el control de la sobrepoblación y la adopción del enfoque de “Una Sola Salud” (One Health), mediante la creación de las Oficinas Municipales para la Protección Animal y Control de la Sobrepoblación (OPACOS).
La AAPR destacó que el modelo propuesto procura fortalecer la capacidad institucional de los municipios para atender asuntos relacionados con el bienestar animal, fomentar la coordinación interagencial y apoyar la implantación de la política pública estatal en esta materia. Asimismo, reconoció que la prevención del abandono, la sobrepoblación y el maltrato animal puede contribuir a reducir riesgos sanitarios y mejorar la convivencia comunitaria.
No obstante, la entidad expresó reservas sobre la necesidad de la medida, señalando que el Código Municipal ya reconoce amplias facultades a los municipios para diseñar, organizar y desarrollar programas de bienestar general, así como para crear las unidades administrativas que estimen necesarias mediante ordenanza municipal. A su juicio, la legislación vigente ya provee las herramientas necesarias para que los municipios establezcan iniciativas relacionadas con el bienestar animal sin requerir una legislación especial adicional.
La AAPR también manifestó preocupación por el impacto operacional y fiscal que podría generar la medida. Indicó que el proyecto delega responsabilidades significativas a los municipios sin establecer una participación obligatoria y estructurada del Gobierno Estatal, particularmente del Departamento de Salud. Según expuso, los municipios enfrentan limitaciones de recursos técnicos y fiscales, mientras que la implementación del modelo requeriría labores continuas de educación comunitaria, esterilización, coordinación interagencial, recopilación de datos, manejo de querellas y preparación de informes.
De igual forma, señaló que las fuentes de financiamiento contempladas en la medida no son recurrentes ni garantizadas, pues dependerían en gran medida de la capacidad fiscal de cada municipio y de recursos variables, como los provenientes de la venta de estorbos públicos. La entidad sostuvo que este aspecto no se encuentra contemplado dentro del Plan Fiscal vigente aprobado para el Gobierno de Puerto Rico, por lo que podría representar un reto para la sostenibilidad del modelo.
Finalmente, la AAPR expresó preocupación por posibles conflictos de jurisdicción y duplicidad de funciones entre los municipios y las agencias estatales con competencia en materia de bienestar animal y salud pública.
La Federación de Alcaldes de Puerto Rico (FAPR) compareció el 11 de mayo de 2026, en memorial suscrito por su director ejecutivo, Ángel M. Morales Vázquez, expresó su respaldo a la medida. La FAPR reconoció que el abandono de animales y la sobrepoblación animal constituyen situaciones que impactan directamente la salud pública, la convivencia comunitaria y la calidad de vida de los residentes. En ese sentido, favoreció la creación de mecanismos que permitan atender estas problemáticas mediante estrategias preventivas, educativas y de colaboración con diversos sectores de la comunidad.
Asimismo, destacó que uno de los principales méritos de la medida es su carácter flexible y voluntario, ya que permite que cada municipio determine si adopta o no el modelo OPACOS conforme a su capacidad fiscal, administrativa y operacional. A juicio de la FAPR, dicho enfoque es consistente con los principios de autonomía municipal reconocidos en el Código Municipal de Puerto Rico y permite que cada ayuntamiento establezca sus prioridades de acuerdo con las necesidades particulares de su jurisdicción.
La FAPR también favoreció las disposiciones que promueven la colaboración entre los municipios, organizaciones sin fines de lucro, médicos veterinarios, rescatistas y grupos comunitarios, entendiendo que la atención de los asuntos relacionados con el bienestar animal requiere un esfuerzo coordinado entre los sectores público y privado.
No obstante, la entidad manifestó preocupación ante la posibilidad de que, en el futuro, una legislación de esta naturaleza pueda dar paso a nuevas obligaciones operacionales o presiones presupuestarias sobre municipios que enfrentan limitaciones fiscales significativas. Por tal razón, recomendó que se preserve expresamente el carácter voluntario y discrecional del modelo propuesto, evitando interpretaciones que puedan convertir esta autorización legislativa en un mandato uniforme para todos los municipios.
De igual forma, señaló que debe evitarse que la medida se convierta en un mecanismo para transferir responsabilidades del gobierno central a los municipios sin la correspondiente asignación de recursos recurrentes que permitan asumir dichas funciones de manera adecuada. En consecuencia, la FAPR expresó su respaldo a la medida y recomendó su aprobación, siempre que se mantenga claramente protegido el carácter voluntario del modelo y se respete la autonomía municipal.
El Movimiento Social Pro-Bienestar Animal (MOSPBA) presentó su memorial el 23 de marzo de 2026, firmado por su presidenta, la señora Lillian García Navedo, para expresar el respaldo total de dicha organización. MOSPBA sostuvo que Puerto Rico enfrenta una crisis de sobrepoblación y abandono de animales domésticos que impacta directamente la salud pública, la seguridad comunitaria y la calidad de vida de las comunidades. En ese sentido, destacó que la medida reconoce la interrelación existente entre la salud humana, animal y ambiental bajo el concepto de “One Health” o “Una Sola Salud”, promoviendo estrategias dirigidas a atender de forma integral esta problemática.
Asimismo, la organización señaló que el abandono y maltrato de animales generan costos significativos para el Estado y los municipios, por lo que resulta necesario adoptar un enfoque preventivo basado en la educación, la esterilización y el control responsable de la población animal. A su juicio, la creación de las OPACOS permitirá a los municipios desarrollar iniciativas dirigidas a atender estas situaciones antes de que se conviertan en problemas mayores de salud pública y seguridad.
De igual forma, MOSPBA favoreció el modelo propuesto por entender que brinda a los municipios la facultad de desarrollar programas adaptados a las necesidades particulares de sus respectivas comunidades. Además, destacó que la medida fomenta la colaboración entre municipios, agencias gubernamentales, policías municipales, organizaciones sin fines de lucro, rescatistas y otros sectores comunitarios, promoviendo un esfuerzo coordinado para atender la problemática del bienestar animal.
La organización también resaltó las disposiciones relacionadas con las fuentes de financiamiento contempladas en la medida, particularmente aquellas que permitirían utilizar recursos provenientes de la venta de estorbos públicos expropiados y otras alternativas autorizadas por ley. Según expuso, estas herramientas podrían facilitar la implantación de las OPACOS y reducir las limitaciones presupuestarias que frecuentemente enfrentan los municipios.
Finalmente, MOSPBA concluyó que la medida provee el marco legal necesario para que los municipios asuman un rol más activo en la protección animal y el control de la sobrepoblación, por lo que solicitó la aprobación de la medida mediante un informe positivo.
Posteriormente, mediante comunicación adicional remitida el 5 de junio de 2026, el MOSPBA reiteró su respaldo al Proyecto de la Cámara 1192 y ofreció comentarios complementarios sobre la implementación del modelo OPACOS.
En su comunicación, la organización sostuvo que las Oficinas Municipales para la Protección Animal y Control de la Sobrepoblación no duplican funciones estatales ni crean estructuras burocráticas innecesarias. Por el contrario, señaló que se trata de un modelo municipal flexible y adaptable a la realidad fiscal y operacional de cada municipio. Asimismo, destacó que las OPACOS tendrían la facultad de desarrollar planes de esterilización y vacunación, apoyar programas de captura, esterilización y retorno de gatos comunitarios (TNR), canalizar querellas relacionadas con bienestar animal y promover campañas educativas sobre tenencia responsable de mascotas.
De igual forma, MOSPBA enfatizó que la medida contempla mecanismos viables de financiamiento que podrían facilitar la operación de estas oficinas, incluyendo la facultad de los municipios para destinar recursos provenientes de la venta de estorbos públicos expropiados a programas relacionados con el bienestar animal y el control de la sobrepoblación.
Finalmente, la organización reiteró que la aprobación de la medida representaría una herramienta importante para fortalecer la salud pública, promover una gestión municipal más efectiva en asuntos de bienestar animal y atender una problemática social que afecta a comunidades en toda la Isla.
El Municipio Autónomo de Ponce presentó un memorial explicativo el 6 de abril de 2026, suscrito por la alcaldesa Marlese A. Sifre Rodríguez, mediante el cual expresó que reconoce el mérito y la importancia del propósito perseguido por el Proyecto de la Cámara 1192. En particular, destacó que la medida promueve el bienestar animal como un componente de la salud pública, fomenta estrategias preventivas como la esterilización y la educación comunitaria, y adopta el enfoque de “Una Sola Salud” (One Health), que reconoce la interrelación entre la salud humana, animal y ambiental.
No obstante, el Municipio manifestó preocupación sobre varios aspectos relacionados con la implementación de las OPACOS. Entre sus principales señalamientos indicó que la medida delega en los municipios responsabilidades significativas sin establecer una participación obligatoria y estructurada del Gobierno Estatal, particularmente del Departamento de Salud. A su juicio, la ausencia de una corresponsabilidad estatal clara podría dificultar la ejecución efectiva del modelo, especialmente en municipios con recursos fiscales y técnicos limitados.
Asimismo, señaló que las fuentes de financiamiento contempladas en la medida no son necesariamente recurrentes ni garantizadas, por lo que podrían producir diferencias en la capacidad de implementación entre municipios. De igual forma, advirtió que el modelo OPACOS impone responsabilidades operacionales adicionales relacionadas con programas de esterilización y vacunación, manejo de querellas, educación comunitaria, recopilación de datos y coordinación interagencial, sin que necesariamente se asignen recursos estatales adicionales para atender dichas funciones.
El Municipio también expresó preocupación sobre la posibilidad de que algunas disposiciones de la medida puedan generar duplicidad de funciones o conflictos de jurisdicción entre entidades estatales y municipales si no se delimitan claramente las competencias de cada nivel de gobierno. Por tal razón, recomendó fortalecer el proyecto mediante la incorporación de mecanismos formales de coordinación interagencial, la definición precisa de responsabilidades entre el Gobierno Estatal y los municipios, y la consideración de modelos regionales o consorcios municipales para optimizar recursos.
Finalmente, el Municipio de Ponce indicó que favorece iniciativas dirigidas al bienestar animal y reconoce la necesidad de atender la problemática de la sobrepoblación y el abandono de animales desde un enfoque preventivo. No obstante, recomendó evaluar ajustes adicionales a la medida para garantizar una implementación efectiva, equitativa y sostenible en todos los municipios de Puerto Rico.
Enmiendas Recomendadas
Como parte del proceso de evaluación de la medida, se incorporaron varias enmiendas técnicas dirigidas a corregir errores gramaticales, uniformar el lenguaje legislativo y mejorar la claridad de determinadas disposiciones.
Asimismo, en el Decrétase de la medida se sustituyó la referencia a “Artículo” por “Sección”, conforme a las normas y técnicas de redacción legislativa, con el propósito de mantener uniformidad en la estructura de la ley y evitar posibles inconsistencias interpretativas.
De igual forma, se enmendaron varias disposiciones para aclarar que las referencias a la “sobrepoblación” corresponden específicamente a la sobrepoblación animal, atendiendo así el objetivo principal de la medida y evitando cualquier ambigüedad respecto al alcance de la política pública que se pretende establecer.
Finalmente, se incorporó lenguaje aclaratorio relacionado con la implementación de las OPACOS, a los fines de establecer expresamente que la adopción de dicho modelo será de carácter discrecional para los municipios. Esta enmienda atiende los planteamientos formulados por la Federación de Alcaldes de Puerto Rico respecto a la importancia de preservar la autonomía municipal y garantizar que cada ayuntamiento pueda determinar, conforme a sus necesidades, prioridades y recursos disponibles, si establece o no una oficina bajo este modelo.
La Comisión entiende que esta aclaración fortalece la medida al reconocer las distintas realidades fiscales y administrativas existentes entre los municipios. Además, permite que la implantación de las OPACOS se realice de forma voluntaria y escalonada, evitando que consideraciones económicas se conviertan en un obstáculo para la aprobación de la medida, ya que cada municipio podrá evaluar su capacidad para implementar el modelo conforme a sus recursos y circunstancias particulares.
Análisis De la Medida
La medida persigue atender una problemática de interés público relacionada con el bienestar animal y el control de la sobrepoblación animal mediante un enfoque preventivo y colaborativo. Al autorizar la creación de OPACOS, se provee a los municipios una herramienta adicional para desarrollar iniciativas de educación, esterilización, vacunación y coordinación comunitaria dirigidas a reducir el abandono y el maltrato animal.
Asimismo, el proyecto promueve el modelo de “Una Sola Salud”, reconociendo la estrecha relación entre la salud humana, la salud animal y el ambiente. En ese sentido, la medida fomenta estrategias que pueden contribuir a mejorar la salud pública, fortalecer la convivencia comunitaria y atender de manera más efectiva los retos asociados a la presencia de animales abandonados en las comunidades.
Durante el proceso de evaluación legislativa, la medida recibió el respaldo expreso de sus principales proponentes. Tanto el MOSPBA, como la Federación de Alcaldes de Puerto Rico favorecieron su aprobación, destacando el valor del modelo OPACOS como una herramienta flexible para atender una problemática real que afecta a múltiples municipios. Aunque algunos deponentes formularon recomendaciones y reservas relacionadas con aspectos operacionales y fiscales, existe consenso en cuanto a la importancia de continuar fortaleciendo los esfuerzos dirigidos a promover el bienestar animal y el control responsable de la sobrepoblación animal en Puerto Rico.
Impacto Fiscal
En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020 (21 L.P.R.A. § 7012), conocida como el Código Municipal de Puerto Rico, la Comisión de Asuntos Municipales certifica que la medida legislativa bajo análisis no conlleva un impacto económico adverso sobre el presupuesto de los gobiernos municipales.
Conclusión
El modelo propuesto por esta legislación es flexible, escalable y adaptable a la realidad fiscal y administrativa de cada municipio, y se fundamenta en el enfoque de “Una Sola Salud”, al reconocer que la prevención del abandono, la sobrepoblación y el maltrato animal contribuyen directamente a reducir riesgos sanitarios, mejorar la convivencia comunitaria y proteger el entorno. Entendemos que se debe considerar como un asunto prioritario la aprobación de esta medida, pues no solo se trata de garantizar el bienestar de los animales, sino de salvaguardar la salud pública en general.
Por todos los fundamentos expuestos, la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes recomienda a este Alto Cuerpo la aprobación del Proyecto de la Cámara 1192, con las enmiendas que se incluyen en el entirillado electrónico que acompaña este informe.
Respetuosamente sometido,
Luis Pérez Ortiz
Presidente
Comisión de Asuntos Municipales
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