GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 672
16 DE ABRIL DE 2026
Presentada por el representante Sanabria Colón
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para enmendar la Sección 4 de la R. de la C. 313, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Asuntos Federales y Veteranos; y de la Comisión de la Región Sur de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, para rendir su informe final; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Mediante la Resolución de la Cámara 313, la Cámara de Representantes de Puerto Rico ordenó una investigación sobre las asignaciones presupuestarias destinadas a atender los asuntos de los veteranos puertorriqueños en los municipios de Arroyo, Guayama, Salinas y Santa Isabel; sobre el uso de estos fondos; la disponibilidad de oficinas de servicio; los servicios actualmente disponibles; los programas o proyectos existentes en la Isla dirigidos a los veteranos y veteranas; los derechos que les corresponden por ley en cuanto a empleo, educación, trabajo, salud y vivienda; los esfuerzos gubernamentales y comunitarios dirigidos a apoyar esta población; y el análisis del funcionamiento de la Oficina del Procurador del Veterano.
Las Comisiones de Asuntos Federales y Veteranos; y de la Región Sur han iniciado gestiones con agencias gubernamentales, municipios y organizaciones pertinentes. No obstante, la amplitud y complejidad de los asuntos bajo evaluación requieren un análisis más detallado del inicialmente contemplado.
Por ello, se entiende necesario y razonable enmendar la Resolución de la Cámara 313 para extender el término concedido a dichas Comisiones para rendir su informe final. Esta enmienda procura asegurar un proceso investigativo riguroso y responsable, acorde con la importancia social del asunto bajo consideración y con el compromiso del Gobierno de Puerto Rico para mejorar los servicios y recursos destinados a nuestros veteranos.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se enmienda la Sección 4 de la R. de la C. 313, para que lea como sigue:
“Sección 4.- Las Comisiones rendirán a la Cámara de Representantes un informe contentivo de los hallazgos, conclusiones y recomendaciones, que estimen pertinentes, incluyendo las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse con relación al asunto objeto de esta investigación, [dentro del término de ciento ochenta (180) días contados a partir de la aprobación de la presente Resolución] antes de finalizar la Vigésima Asamblea Legislativa.”
Sección 2.- Esta Resolución tendrá vigencia inmediatamente luego de su aprobación.
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