GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea Legislativa | 3ra. Sesión Ordinaria |
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 573
29 DE ENERO DE 2026
Presentada por el representante Román López
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Transportación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre los estudios, proyectos y soluciones propuestas por el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) dirigidas a mitigar la congestión vehicular y reducir los accidentes de tránsito en la carretera estatal PR-107, en el municipio de Aguadilla; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La carretera estatal PR-107, conocida como Carretera Pedro Albizu Campos, constituye un corredor vial crítico para el municipio de Aguadilla. Esta vía conecta la PR-2 con la zona de Borinquen, Ramey y el Aeropuerto Internacional Rafael Hernández; además de servir áreas residenciales, comerciales y turísticas como: Crash Boat Beach, sector Las Ruinas y Survival Beach.
El aumento en el volumen vehicular, el desarrollo comercial acelerado y el crecimiento turístico han provocado congestión significativa, especialmente en horas pico, así como un incremento en incidentes de seguridad vial. La situación se agrava ante la proyección de aumento de actividad aeroportuaria y turística, lo cual incrementará aún más la presión sobre la PR-107 y la PR-110.
La Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) mantiene activo el proyecto AC-240023: Highway Safety Improvements for PR-107, cuyo objetivo es mejorar la seguridad vial entre los kilómetros 0.0 y 4.5, atendiendo vulnerabilidades de peatones, ciclistas y conductores en un corredor con servidumbre limitada y alto uso turístico y residencial.
Dado el impacto regional de esta vía y la necesidad de soluciones integradas, se hace indispensable que la Asamblea Legislativa examine los estudios, propuestas y acciones del DTOP y la ACT para asegurar que las medidas sean adecuadas, suficientes y alineadas con las necesidades actuales y futuras de la carretera PR -107 en Aguadilla.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1 - Investigación ordenada.
Se ordena a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Transportación realizar una investigación exhaustiva sobre:
a. Mejoras geométricas y ampliación de carriles.
b. Instalación de semáforos inteligentes y sincronización adaptativa, en especial corregir el cambio de luz del semáforo en el kilómetro 3.5 de la PR-107, frente al centro comercial.
c. Reconfiguración de intersecciones críticas, en especial la intersección de la carretera estatales 107 y 125, en el kilómetro 0.5 de la PR-107; donde actualmente ocurren innumerables accidentes de tránsito porque los vehículos que transitan desde la carretera 125 invaden los carriles de la PR-107.
d. Infraestructura para peatones y ciclistas.
e. Señalización, iluminación y medidas para estabilizar el tráfico de vehículos
f. Proyectos de seguridad vial bajo el programa federales.
3. El estado del proyecto AC-240023 Highway Safety Improvements for PR-107, su alcance, presupuesto, cronograma y métricas de impacto.
4. La coordinación con el Municipio de Aguadilla, el Aeropuerto Internacional Rafael Hernández y la comunidad del barrio Borinquen y Ramey.
5. La identificación de fondos estatales y federales disponibles para mejoras adicionales.
Sección 2 — Facultades de la Comisión
La Comisión podrá:
1. Solicitar documentos, estudios, mapas y análisis técnicos.
2. Celebrar vistas públicas y requerir la comparecencia de funcionarios del DTOP, ACT y otras entidades pertinentes.
3. Realizar inspecciones oculares en la PR-107 y sus intersecciones principales.
Sección 3 - Informe.
La Comisión rendirá un informe dentro de 180 días luego de la aprobación de esta medida con:
a. Hallazgos detallados.
b. Evaluación de las medidas o soluciones propuestas.
c. Recomendaciones legislativas, administrativas y presupuestarias.
Sección 4 – Vigencia
Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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