GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 589
4 DE FEBRERO DE 2026
Presentada por el representante Márquez Lebrón;
y las representantes Gutiérrez Colón y Lebrón Robles
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Cámara de Representantes de Puerto Rico, reunida en Comisión Total y a tenor con las disposiciones de la Sección 18.5 del Reglamento de la Cámara de Representantes, a realizar una Sesión Especial de Interpelación a la Secretaria del Departamento de la Familia, Hon. Suzanne Roig Fuertes, a los efectos de requerir información relativa a la actual crisis de violencia y maltrato infantil en Puerto Rico.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El maltrato de menores es uno de los problemas más graves y persistentes en Puerto Rico y en el mundo. La violencia infantil, que sigue en aumento, tiene graves implicaciones en la vida de los menores, su familia y la sociedad en general. A nivel mundial, se calcula que cada año uno de cada dos niños de 2 a 17 años de edad es víctima de algún tipo de violencia.
La violencia infantil ocurre en ámbitos o entornos como el hogar, la familia, la escuela, el sistema de justicia y la comunidad. Dentro de estos entornos, las personas menores se exponen a distintas modalidades de violencia, como la negligencia, el abuso físico, emocional, sexual, psicológico e institucional, entre otras. En la adultez, las personas menores que fueron víctimas de violencia son más vulnerables a continuar siendo víctimas de distintas tipologías de violencia o incluso a convertirse en perpetradores.
A las modalidades o manifestaciones de violencia contra la niñez antes mencionadas, se suma la tortura infantil. A pesar de ser una realidad que sufre la niñez, la falta de conocimiento sobre la problemática de la tortura infantil se debe a que no existe una definición clara del concepto, ni legislación que tipifique la tortura infantil como delito. No obstante, según el “National Center for Child Abuse Statistics and Policy”, al menos 1% de los casos de maltrato de menores evaluados por pediatras caen en la categoría de tortura infantil. Al no estar tipificado en Puerto Rico, estos casos no se conocen a menos que resulten en la muerte del menor o que este logre contarle a un tercero sobre la tortura.
Aunque el maltrato infantil se presenta en todos los niveles socioeconómicos, hay una relación directa entre la pobreza y la negligencia infantil. Según el Instituto del Desarrollo de la Juventud, en las últimas décadas el 57% de los menores en Puerto Rico viven bajo niveles de pobreza, o en pobreza. A lo anterior se suman los efectos sociales del paso de los huracanes Irma y María, los temblores y la pandemia del COVID-19 en el país.
Según datos del Departamento de Salud y Recursos Humanos de los Estados Unidos, para el año 2019, en Puerto Rico se recibieron un total de 17,474 (30.5%) referidos de maltrato o negligencia a menores de los cuales 8,365 (47.9%) fueron fundamentados. Para octubre del 2020 tenían unos 8,454 referidos por maltrato de menores. En el año 2021, para la misma fecha tenían 12,110 casos, lo que representa un aumento de 3,656.
En los últimos dos años, según los datos de la Policía de Puerto Rico, la estadística reflejó un aumento de un 27% en las querellas entre 2024 y 2025, que cerraron con 299 y 381, respectivamente. Según datos de la Uniformada, el año pasado, identificaron a 410 menores víctimas en las 381 querellas de maltrato recibidas. La mitad no sobrepasa los 10 años.
Ante esta situación, es imperativo realizar una Sesión Especial de Interpelación, a tenor con la Regla 18.5 del Reglamento de la Cámara de Representantes para requerir a la Secretaria del Departamento de la Familia, Hon. Suzanne Roig Fuertes, toda la información relativa a la crisis de violencia y maltrato infantil en Puerto Rico y los planes de esta administración para atenderla.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1. – Se ordena a la Cámara de Representantes de Puerto Rico, reunida en Comisión Total y a tenor con las disposiciones de la Regla 18.5 del Reglamento de la Cámara de Representantes, a realizar una Sesión Especial de Interpelación a la Secretaria del Departamento de la Familia, Hon. Suzanne Roig Fuertes, a los efectos de requerir información relativa a la actual crisis de violencia y maltrato infantil en Puerto Rico.
Sección 2. – La Comisión Total, por conducto del Presidente de la Cámara de Representantes, rendirá un informe final con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones no más tarde de treinta (30) días de realizada la Sesión Especial de Interpelación. El Diario de Sesiones de la Sesión Especial de Interpelación deberá acompañar el referido informe.
Sección 3. – Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.