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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 1298

Informe Positivo

23 de junio de 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, tiene el honor de recomendar a este Honorable Cuerpo la aprobación del Proyecto de la Cámara 1298 sin enmiendas.

ALCANCE DE LAS MEDIDAS

El Proyecto de la Cámara Número 1298 tiene el propósito de enmendar el sub inciso (5) del inciso (C) de la Sección 5 de la Ley Núm. 221 de 15 de mayo de 1948, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Juegos de Azar y Autorización de Máquinas Tragamonedas en los Casinos”, a los fines de aumentar la asignación de fondos recurrentes destinados a la celebración de eventos hípicos en Puerto Rico con el objetivo fomentar el turismo ecuestre e hípico; consolidar a Puerto Rico como sede de eventos hípicos de prestigio internacional; y para otros fines relacionados.

Según se desprende de la exposición de motivos, La Ley Núm. 192-2004 enmendó la Ley de Juegos de Azar y Autorización de Máquinas Tragamonedas en los Casinos con el propósito de proveer una fuente recurrente de financiamiento para la celebración del Clásico Internacional del Caribe y otros eventos hípicos de carácter internacional, reconociendo la importancia de estas actividades para la industria hípica puertorriqueña.

A más de veinte años de su aprobación, los cambios experimentados por la industria, el aumento en los costos operacionales y el potencial económico, turístico y agrícola asociado a los eventos hípicos internacionales justifican la revisión de los mecanismos de apoyo establecidos por la legislación vigente. La medida persigue fortalecer la capacidad de Puerto Rico para continuar celebrando competencias de alto nivel y maximizar los beneficios económicos derivados de estas actividades.

La industria hípica constituye un sector económico de amplia relevancia para Puerto Rico, con un impacto que trasciende el ámbito deportivo al generar actividad económica en áreas como la agricultura, la crianza y cuido de caballos, la medicina veterinaria, la hostelería, el turismo, el transporte, los servicios profesionales y el comercio. Asimismo, contribuye al erario mediante diversas fuentes de recaudos y sostiene una red de empleos directos e indirectos vinculados a la actividad ecuestre.

Desde la celebración del primer Clásico Internacional del Caribe en Puerto Rico en 1966, y la posterior incorporación de otras competencias regionales, la Isla se ha consolidado como una de las principales sedes de la actividad hípica caribeña. Estos eventos atraen participantes, propietarios, criadores, inversionistas y visitantes de diversas jurisdicciones, generando un efecto positivo sobre la ocupación hotelera, el comercio y la actividad turística en general.

Ante la importancia económica y promocional de estas competencias, la medida propone aumentar de quinientos mil dólares ($500,000) a un millón de dólares ($1,000,000) la asignación anual proveniente del Fondo para el Desarrollo de la Industria Turística. El propósito es fortalecer la promoción y celebración de eventos hípicos locales e internacionales, incentivar la inversión privada, ampliar la oferta turística y deportiva del país y contribuir al desarrollo económico asociado a esta industria.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Para el análisis y dar cumplimiento a las disposiciones del P. de la C. 1298 la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, solicitó los memoriales explicativos a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), al Departamento de Hacienda, a la Comisión de Juegos y a la Compañía de Turismo. Esta Comisión recibió un memorial explicativo de la OGP y de la Comisión de Juegos.

Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP)

La Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) evaluó el Proyecto de la Cámara 1298, medida que propone enmendar la Ley de Juegos de Azar y Autorización de Máquinas Tragamonedas en los Casinos con el propósito de aumentar de quinientos mil dólares ($500,000) a un millón de dólares ($1,000,000) la asignación anual destinada a la celebración del Clásico Internacional del Caribe y otros eventos hípicos de carácter internacional o invitacional celebrados en Puerto Rico.

En su análisis, la OGP señala que la medida responde al reconocimiento de que los costos asociados a la organización de estos eventos han aumentado considerablemente desde la aprobación de la Ley 192-2004, mientras que el potencial económico, turístico y promocional de la industria hípica continúa creciendo. La propuesta persigue fortalecer la capacidad de Puerto Rico para atraer y retener competencias hípicas de prestigio internacional, promoviendo a la Isla como un destino de relevancia dentro del ámbito ecuestre y deportivo.

La OGP destaca que la actividad hípica genera efectos económicos en diversos sectores, incluyendo la agricultura, la crianza y cuido de caballos, los servicios veterinarios, la hostelería, la transportación, el comercio y el turismo. Asimismo, señala que la celebración de eventos internacionales atrae delegaciones, propietarios, inversionistas y aficionados, produciendo actividad económica directa e indirecta y contribuyendo a la promoción de Puerto Rico en mercados internacionales.

Desde el punto de vista fiscal y presupuestario, la Oficina indica que la medida no requiere asignaciones adicionales del Fondo General ni crea una nueva fuente de financiamiento, ya que los recursos provendrían del Fondo para el Desarrollo de la Industria Turística de Puerto Rico, un fondo especial creado precisamente para apoyar iniciativas relacionadas con el fortalecimiento de la actividad turística. En consecuencia, la OGP no identificó objeciones presupuestarias que impidan la consideración de la medida.

Finalmente, la agencia reconoció la pericia de la Comisión de Juegos de Puerto Rico y de su Negociado del Deporte Hípico en los aspectos sustantivos relacionados con la propuesta, por lo que otorgó deferencia a las recomendaciones que dichas entidades estimen pertinentes. A base de su evaluación, la OGP expresó que la medida promueve objetivos de desarrollo económico, turístico y deportivo y, por consiguiente, no presentó objeción a su trámite legislativo.

Comisión de Juegos

El Memorial Explicativo presentado por la Comisión de Juegos del Gobierno de Puerto Rico respecto al Proyecto de la Cámara 1298 ofrece una evaluación exhaustiva del impacto regulatorio, económico y administrativo que tendría la aprobación de esta medida. El proyecto propone aumentar la asignación anual destinada a la celebración de eventos hípicos internacionales o invitacionales y actualizar la referencia institucional para que estos fondos sean administrados por el Negociado del Deporte Hípico. La Comisión de Juegos contextualiza la medida dentro de la evolución reciente del marco legal y la reorganización gubernamental que colocó bajo una misma entidad la fiscalización de casinos, apuestas deportivas, eSports, concursos de fantasía y la industria hípica, cumpliendo con las disposiciones de la Ley 81-2019. Esta estructura integradora refleja la intención legislativa de centralizar la supervisión de la industria del juego en una agencia especializada, capaz de responder a un sector en constante crecimiento y transformación.

El análisis de la Comisión destaca la importancia económica y multisectorial de la industria hípica. De manera consistente, el memorial argumenta que esta industria no debe ser vista únicamente como una actividad deportiva, sino como un motor económico que genera actividad en sectores como la agricultura, la veterinaria, el transporte, el comercio, la hostelería y los servicios profesionales. Los eventos hípicos internacionales, como el Clásico Internacional del Caribe y sus competencias asociadas, atraen delegaciones, propietarios, criadores y aficionados de múltiples jurisdicciones, lo que a su vez provoca un incremento en la actividad turística, hotelera y comercial. La Comisión coincide con la exposición de motivos del proyecto al reconocer que, ante el aumento en los costos operacionales y las oportunidades que representa la industria, resulta necesario actualizar los recursos disponibles para promover y sostener la celebración de este tipo de eventos en Puerto Rico.

Asimismo, la Comisión de Juegos reafirma que el PC 1298 no altera la operación ni la fiscalización de los casinos ni la estructura vigente de distribución de ingresos destinada al Fondo para el Desarrollo de la Industria Turística. La medida se limita a aumentar la asignación interna para el Negociado del Deporte Hípico y a permitir el uso de hasta cien mil dólares para gastos de logística y transportación de ejemplares, un elemento que la Comisión considera esencial para garantizar la participación internacional y la competitividad de los eventos celebrados en la isla. Esta disposición, según el memorial, es prudente y necesaria, ya que posibilita atraer caballos de alto nivel y participantes de otras jurisdicciones, lo cual fortalece el prestigio y la viabilidad de los eventos hípicos locales.

Finalmente, la Comisión expresa su apoyo total a la aprobación del proyecto, al entender que la medida articula adecuadamente la política pública vigente, fortalece el marco institucional y operacional de la industria hípica y contribuye al desarrollo económico, turístico y deportivo de Puerto Rico. Además, la Comisión subraya que el proyecto mantiene salvaguardas importantes, como limitar la asignación a los eventos que realmente se celebren en Puerto Rico y asegurar que los fondos se utilicen para fines directamente relacionados con la premiación y logística de los eventos. En su conjunto, el memorial posiciona al PC 1298 como una pieza legislativa coherente y estratégica, capaz de ampliar el alcance de una industria con altas capacidades de impacto económico y proyección internacional.

IMPACTO FISCAL

El Proyecto de la Cámara 1298 no representa un impacto fiscal adverso para el erario público, ya que no requiere asignaciones adicionales del Fondo General ni la creación de nuevas fuentes de financiamiento. Según la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), los recursos necesarios para aumentar la asignación anual de $500,000 a $1,000,000 provendrán del Fondo para el Desarrollo de la Industria Turística de Puerto Rico, un fondo especial cuya finalidad es precisamente apoyar iniciativas que fortalezcan la actividad turística del país. Por tanto, la medida se financia mediante un mecanismo ya existente y destinado por ley a estos fines, eliminando la posibilidad de presiones fiscales adicionales.

Asimismo, tanto la OGP como la Comisión de Juegos destacan que la propuesta no altera el esquema vigente de distribución del ingreso neto remanente que nutre dicho fondo, ni modifica la operación o regulación de los casinos. La asignación adicional se limita a redistribuir internamente recursos ya presupuestados dentro del marco estatutario actual.

CONCLUSIÓN

En conclusión, el Proyecto de la Cámara 1298 constituye una medida fiscalmente viable y alineada con los objetivos de desarrollo económico y turístico del Gobierno de Puerto Rico. Esta Comisión coincide con la OGP y la Comisión de Juegos en que el aumento propuesto a la asignación anual destinada a la celebración de eventos hípicos responde a las necesidades actuales de la industria, a los crecientes costos operacionales y al potencial de estos eventos para atraer visitantes, promover el turismo especializado y generar actividad económica multisectorial.

El PC 1298 se presenta como una acción legislativa prudente y estratégica que promueve la continuidad y expansión de una industria con significativa importancia económica, cultural y turística para Puerto Rico.

Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representante de Puerto Rico, somete el presente Informe Positivo en el que recomendamos a este Honorable Cuerpo la aprobación del P. de la C. 1298, sin enmiendas.

Respetuosamente sometido,

Eddie Charbonier Chinea

Presidente

Comisión de Hacienda

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