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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. DE LA C. 675

INFORME POSITIVO

28 de abril de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 675, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:

“Para solicitar respetuosamente a la Honorable Laura Taylor Swain, que tome una decisión final y definitiva sobre el proceso de reestructuración de la deuda de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico (AEE), que no conceda extensiones adicionales al período de mediación cuando estas no adelanten una solución justa, razonable y sostenible, y que encamine el proceso hacia una determinación final sin dilaciones innecesarias, en aras del bienestar económico y social del Pueblo de Puerto Rico.”

ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara Núm. 675 tiene el propósito de solicitar respetuosamente a la Honorable Laura Taylor Swain, que tome una decisión final y definitiva sobre el proceso de reestructuración de la deuda de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico (AEE), que no conceda extensiones adicionales al período de mediación cuando estas no adelanten una solución justa, razonable y sostenible, y que encamine el proceso hacia una determinación final sin dilaciones innecesarias, en aras del bienestar económico y social del Pueblo de Puerto Rico.

De la Exposición de Motivos se desprende que la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) de Puerto Rico acumuló cerca de $9,000 millones en deuda por malas prácticas, subsidios y falta de modernización. En julio de 2017 la Junta de Supervisión presentó un caso bajo el Título III de PROMESA para reestructurar esa deuda. Desde entonces, el proceso está pendiente ante la Jueza Laura Taylor Swain. La reestructuración ha estado marcada por mediaciones repetidas, acuerdos frustrados, extensiones sucesivas y disputas entre acreedores, agravadas por el huracán María (2017), la pandemia de COVID-19, la contratación de LUMA Energy y la entrada de Genera PR. Los acreedores rechazaron planes de la Junta por descuentos propuestos; las negociaciones y vistas de confirmación se han pospuesto reiteradamente. Los costos legales y de consultoría ascienden a cientos de millones de dólares, pagados con fondos públicos, mientras las tarifas eléctricas en Puerto Rico permanecen entre las más altas de EE. UU., la inversión se retrae y la modernización de la red se estanca. Ante tales circunstancias, la Cámara de Representantes solicita a la juez Swain que ponga fin a las extensiones y emita una decisión definitiva.

Esta Comisión reconoce que la medida ante nuestra consideración constituye una expresión formal del Cuerpo Legislativo, mediante la cual la Cámara de Representantes fija una postura institucional sobre un asunto de alto interés público. El Reglamento de la Cámara de Representantes de Puerto Rico dispone que las resoluciones que tienen como finalidad emitir expresiones, solicitudes o pronunciamientos oficiales del Cuerpo constituyen un mecanismo legítimo para canalizar la voluntad institucional de la Cámara en asuntos de política pública, interés social o impacto económico.

En ese contexto, la presente medida se ajusta plenamente a lo dispuesto en el Reglamento en cuanto a: la facultad de la Cámara para emitir expresiones oficiales; el uso de resoluciones para solicitar acción o atención de entidades externas, incluyendo foros judiciales y organismos federales; y la prerrogativa del Cuerpo de manifestar preocupación institucional ante situaciones que afecten al Pueblo de Puerto Rico. Asimismo, la Comisión enfatiza que la propia Resolución incluye una cláusula expresa salvaguardando la independencia judicial, lo cual armoniza la intención legislativa con los principios constitucionales de separación de poderes.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

Luego de evaluada la medida, resulta forzoso llegar a las siguientes determinaciones y conclusiones:

  1. El proceso de reestructuración de la deuda de la AEE ha experimentado una dilación significativa, con consecuencias económicas y sociales palpables.
  2. La incertidumbre prolongada impacta negativamente la estabilidad fiscal, la inversión y el costo de vida en Puerto Rico.
  3. La Cámara de Representantes posee la facultad reglamentaria y constitucional para emitir expresiones formales sobre asuntos de interés público.
  4. La medida está redactada de manera respetuosa, sin menoscabar la independencia del Poder Judicial.

La Comisión de Asuntos Internos concluye que la medida propuesta es una meritoria que cumple con los requisitos reglamentarios aplicables a las expresiones del Cuerpo y responde a un asunto de alto interés público. Por los fundamentos antes expuestos, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 675, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe.

Respetuosamente sometido,

PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos Internos

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