GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 1241
29 DE ABRIL DE 2026
Presentado por el representante Márquez Lebrón;
y las representantes Gutiérrez Colón y Lebrón Robles
(Por petición del Comité del Bicentenario de Betances)
Referido a la Comisión de Gobierno
LEY
Para decretar el mes de abril de cada año el “Mes Betancino”, con el fin de educar sobre la vida y la obra del prócer caborrojeño Ramón Emeterio Betances y Alacán, y reconocer sus múltiples y valiosas contribuciones a la sociedad puertorriqueña, antillana y latinoamericana; y a la ciencia y la salud pública en nuestra Patria.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 8 de abril de 2027 se cumplirán 200 años del nacimiento en Cabo Rojo, Puerto Rico, de una de las figuras más destacadas en la historia patria: Ramón Emeterio Betances y Alacán. Fue abolicionista, revolucionario, poeta, periodista, novelista, diplomático, investigador científico, empresario, médico cirujano y salubrista.
Ramón Emeterio Betances y Alacán dedicó su vida entera a la lucha por los derechos humanos y políticos de los pueblos antillanos. Aunque su activismo político por la independencia de Puerto Rico es quizás el aspecto más conocido, no menos importante fue su apoyo a la independencia de Cuba, a la soberanía de Haití y la República Dominicana, y a la integración de estos países y de Jamaica en la Confederación Antillana, unión que garantizaría el desarrollo económico de la región.
Fue Betances el mayor defensor de la abolición de la esclavitud negra en Puerto Rico, en la que invirtió parte de su riqueza y su libertad personal. Por ella, fue desterrado en 1858; en 1864, esta vez señalado también por conspirar contra la restauración del régimen español en la República Dominicana; y en 1867, en medio de los planes para el Grito de Lares. Sus exilios lo llevaron a un largo peregrinar por San Tomas, Venezuela, Nueva York, Haití y la República Dominicana, hasta que se asentó definitivamente en París en 1875, donde murió el 16 de septiembre de 1898.
Francia no fue tierra extraña para Betances. En 1837, tras la muerte de su madre María del Carmen, su padre Felipe lo envió a Grisolles, al sur del país. Allí y en Tolosa (Toulouse) Betances completó sus estudios primarios y secundarios. Hacia 1847, se trasladó a París y estudió Medicina en La Sorbona. Se graduó con nota sobresaliente en 1855, con una tesis sobre las causas del aborto.
El estudiante Betances aprovecha sus estudios para dominar el francés, idioma en el que escribe y publica poemas, y dos novelas: Los dos indios (1853), sobre el mestizaje en la colonización de Puerto Rico; y La virgen de Borinquen (1859), basada en la muerte de su novia y sobrina, María del Carmen Henri Betances, este mismo año. También colabora con la recopilación de documentos que Alejandro Tapia y Rivera publicó como la Biblioteca histórica de Puerto Rico (1854).
En esos años, tuvo Betances su primera experiencia revolucionaria: en 1848, obreros, estudiantes y sectores liberales protestaron en las calles a favor de reformas económicas y políticas. La Revolución de 1848 logró la proclamación de la Segunda República francesa, de duración breve, pero de honda impresión para Betances.
De regreso en Puerto Rico, Betances se destacó en la atención de los enfermos de cólera en 1856. Sus servicios gratuitos a los contagiados pobres y esclavizados le valieron el título de “padre de los pobres”. Años más tarde, en 1875, sirvió exitosamente como médico cirujano en Puerto Plata, República Dominicana, por lo que fue llamado “el médico santo”.
Betances fue uno de los primeros médicos que utilizó el cloroformo como anestésico. Recopiló escritos sobre sus cirugías de enfermedades oftálmicas y genitales, y sus experiencias en el tratamiento del cólera y la sífilis; muchos de los cuales presentó a la comunidad médica en París y los publicó en esa ciudad. Su obra científica le ganó el reconocimiento de sus colegas y la Legión de Honor de Francia en 1887.
Además, Betances se involucró en empresas que sostuvieran la salud pública y el desarrollo económico. Por ejemplo, contribuyó a la fundación del Hospital Municipal San Antonio, en Mayagüez (1865); y fundó en París una empresa de aguas nitrogenadas, aunque sin éxito (1889). Colaboró con el dominicano Gregorio Luperón en sus planes de establecer un banco nacional en la República Dominicana en la década de 1880; y favoreció la siembra del ramio para la industria textil en Puerto Rico.
Finalmente, pero no menos importante: Betances sirvió como diplomático en Europa para la República Dominicana, Haití y la República de Cuba en Armas.
La admiración que Betances generó en el pueblo puertorriqueño quedó demostrada con el recibimiento de sus restos, 22 años después de su muerte. Tras una escala en Nueva York, donde fue honrado por el gobierno de la ciudad y por cientos de migrantes boricuas, más de 20,000 personas estuvieron presentes en la llegada de la urna al puerto de San Juan. La caravana fúnebre fue seguida u observada por otros miles de personas a lo largo del norte de Puerto Rico, hasta Mayagüez, donde se le rindieron honores. En Cabo Rojo, su destino final, lo recibieron sobre 10,000 compatriotas.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1. – Se decreta el mes de abril de cada año como el “Mes Betancino”, con el fin de educar sobre la vida y la obra de Ramón Emeterio Betances y Alacán, y reconocer sus múltiples contribuciones a las sociedades puertorriqueña y caribeñas.
Artículo 2. – La Gobernadora de Puerto Rico emitirá una proclama a estos efectos y exhortará al pueblo puertorriqueño a realizar en ese mes las actividades conducentes a celebrar la vida de Betances y Alacán, y educar en sus múltiples contribuciones a la libertad de los seres humanos, los derechos políticos, las ciencias, la cultura y el desarrollo económico; y exhortará también a entidades públicas y privadas, a los gobiernos municipales y al pueblo en general a organizar actividades a tenor con el propósito de esta Ley.
Artículo 3. – El Departamento de Educación y el Instituto de Cultura Puertorriqueña gestionarán y coordinarán las actividades de organizaciones educativas, culturales, ambientalistas y sin fines de lucro, dirigidas al cumplimiento con esta Ley.
Artículo 4. – Vigencia
Esta ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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