GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 689
4 DE MAYO DE 2026
Presentada por los representantes Ferrer Santiago, Varela Fernández
y Figueroa Acevedo
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes que realice una investigación sobre la práctica de reclasificar, repetir o reprobar a estudiantes de grado, por parte de las escuelas del sistema público de enseñanza o privadas en Puerto Rico, con el propósito de que puedan participar en una categoría deportiva cónsona con el grado que cursan, así como investigar los efectos nocivos en el bienestar y desarrollo educativo del menor; quiénes y qué instituciones educativas promueven esta práctica; realizar referidos a las agencias correspondientes; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El pasado 30 de abril de 2026, este Cuerpo Legislativo aprobó el proyecto de la Cámara 1120 (P. de la C. 1120), que tiene como propósito crear la “Ley para la Regulación de la Elegibilidad Atlética Escolar Basada en la Madurez Cronológica”. Esta medida busca prohibir que un estudiante atleta repita un grado escolar con propósitos atléticos si ha cumplido con los requisitos académicos para avanzar al grado subsiguiente.
Aunque resulta loable la intención del P. de la C. 1120, ni en las vistas públicas ni en el informe positivo rendido por la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes se incluyeron datos ni información alguna sobre casos de esta índole ocurriendo en las escuelas del sistema público de enseñanza o privadas en Puerto Rico, a pesar de que en la exposición de motivos de la medida se asegura que esta práctica se fomenta actualmente.
Es imprescindible que, ante la voluntad legislativa de erradicar dicha práctica, se investigue su alcance, los efectos que tiene sobre los estudiantes y su progreso académico, quiénes y qué instituciones lo promueven, así como cualquier otro elemento o circunstancia relacionada. De esta forma, se podrá tomar acción de manera inmediata para proteger la integridad y el bienestar de los estudiantes menores de edad que pueden ver afectado su desarrollo educativo, incluyendo referir a las escuelas y entrenadores que incurran en esta conducta al Departamento de Educación, Departamento de la Familia y a la Policía de Puerto Rico para investigar la posible comisión de delitos por maltrato.
Por todo lo antes expuesto, y teniendo como norte la protección de los estudiantes para que puedan alcanzar su desarrollo integral y máximo potencial académico, es meritorio que esta Cámara de Representantes investigue la práctica de reclasificar, repetir o reprobar a estudiantes de grado, por parte de escuelas públicas o privadas o en Puerto Rico, para obtener un beneficio deportivo en perjuicio del desarrollo educativo de nuestros niños, niñas y jóvenes.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.– Se ordena a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes que realice una investigación sobre la práctica de reclasificar, repetir o reprobar a estudiantes de grado, por parte de las escuelas del sistema público de enseñanza o privadas en Puerto Rico, con el propósito de que puedan participar en una categoría deportiva cónsona con el grado que cursan, así como investigar los efectos nocivos en el bienestar y desarrollo educativo del menor; quiénes y qué instituciones educativas promueven esta práctica; y cualquier otro elemento o circunstancia relacionada.
Sección 2.-La Comisión podrá requerir la producción de declaraciones, información y documentos, al igual que realizar todas las vistas, reuniones e inspecciones que sean necesarias para cumplir con los fines de esta Resolución.
Sección 3.-La Comisión podrá realizar referidos a las agencias pertinentes y rendirá un Informe Final conteniendo los hallazgos, conclusiones y recomendaciones, dentro de un periodo de ciento ochenta (180) días contados a partir de la aprobación de esta Resolución.
Sección 4.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.