Para enmendar el Artículo 2.04 (1)(a) y el de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como la "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", a los fines de incluir a los empleados que labora en el Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres (NMEAD) dentro de las exclusiones de las disposiciones de este Artículo; y para otros fines relacionados.
Qué propone
el Artículo 2.04(1)(a) de la Ley 26-2017 para que los empleados del NMEAD acumulen 2.5 días de vacaciones por mes, en vez de 1.25, y tengan derecho a disfrutar hasta 30 días al año, con obligación de usar 15; el texto fija 24 días y obliga a usar nueve. No cambia el límite general de acumulación de 60 días ni las demás reglas de vacaciones. También exige que el NMEAD escalone las vacaciones sin recurrir a horas extras ni a personal sustituto, y prohíbe pedir asignaciones adicionales al por este aumento. La vigencia de las nuevas tasas queda condicionada a que la OGP certifique que el costo se cubrirá con ahorros internos de Servicios Contratados u operaciones generales, sin que se establezca un plazo para emitir esa certificación.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El proyecto fue el 28 de octubre de 2026 y el 29 de octubre apareció en primera lectura en la Cámara y fue referido a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales. Sigue .
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 29 de octubre de 2026
Referido a Comisión(es)
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