Qué propone
La Resolución de la Cámara 241 ordena a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre cómo el Departamento de Recreación y Deportes (DRD) ha implementado el " para la Protección de los Menores en el Deporte: Principios para la Participación Deportiva en las Categorías Menores". La investigación debe detallar el cumplimiento de organizaciones deportivas, el número y fundamento de querellas por incumplimiento, las querellas resueltas desde 2020 y las multas emitidas.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta Resolución de la Cámara (RC 241) fue el 1 de abril de 2025, referida a comisión, informada con el 19 de diciembre de 2025, y aprobada por unanimidad por la Cámara de Representantes el 30 de junio de 2026.
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Última acción · 30 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento por parte del Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico con las disposiciones de la Ley 28-2019, mejor conocida como “Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas” y los señalamientos públicos sobre la proliferación de torneos de corto plazo y otras actividades que exponen a menores de edad a participar recurrentemente del deporte organizado y la preocupación de las consecuencias en la salud física y emocional que esto pueda causar; así como la accesibilidad a estos eventos, evaluando el costo económico y los horarios en que se celebran.
La Resolución de la Cámara 235 ordena a las Comisiones de Asuntos de la Mujer y de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes realizar un estudio y evaluar el estado de situación y atención a las solicitudes y concesiones de préstamos, garantías e inversiones que otorga el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico (BDEPR) a empresas nativas creadas por mujeres residentes en Puerto Rico. Las comisiones deberán presentar un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de noventa (90) días. Esta medida no crea derechos ni obligaciones, ni asigna fondos, sino que busca recopilar información para una posible acción legislativa futura.
Para ordenar a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre el cumplimiento de la Ley 28-2019 y el Reglamento del Departamento de Recreación y Deportes (DRD) sobre la protección de menores en el deporte, con especial atención a la programación de torneos juveniles, la cantidad de juegos en un mismo día, los efectos en la salud de los atletas y el impacto en su asistencia escolar.
La Resolución de la Cámara 228 ordena a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes investigar el cumplimiento de la Ley 28-2019 (Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas) y su reglamento asociado. La investigación se centrará en la programación de torneos juveniles, la cantidad de juegos diarios, los efectos en la salud de los atletas y el impacto en su asistencia escolar. Afecta directamente a los menores deportistas y a las entidades que organizan eventos deportivos juveniles.
Para ordenar a la Comisión Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico, a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento con el “Reglamento para la Protección de los Menores en el Deporte: Principios para la Participación Deportiva en las Categorías Menores”, Reglamento Núm. 9179 del 16 de junio de 2020, por parte de las asociaciones, federaciones, clubes, equipos, grupos recreativos y deportivos, ligas, corporaciones y otras entidades similares que se dediquen a desarrollar u ofrecer servicios y actividades recreativas y deportivas de categorías menores dirigidas a niños, niñas y jóvenes entre las edades de cinco (5) a dieciocho (18) años; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 122 ordena a la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Reglamento Núm. 9179 de 2020, que protege a menores en el deporte. La investigación se centrará en asociaciones, federaciones, clubes y otras entidades que ofrecen actividades deportivas a jóvenes de 5 a 18 años. La Comisión deberá rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 90 días a partir de su aprobación.
Para ordenar a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación continua y minuciosa sobre el costo de las competencias y eventos deportivos, considerando los gastos asociados a inscripciones, transporte, uniformes, ventas al detal, renta de facilidades deportivas públicas y/o privadas; examinar cómo estos gastos afectan a familias y comunidades, particularmente en sectores menos favorecidos; así como casos de maltrato físico y psicológico en el ámbito deportivo, identificando patrones y factores contribuyentes a estas situaciones, así como la efectividad de los mecanismos de denuncia existentes en los eventos deportivos; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 231 ordena a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a llevar a cabo una investigación exhaustiva y continua. Esta investigación se centrará en los costos de las competencias y eventos deportivos, el impacto de dichos gastos en familias y comunidades (especialmente las de menores recursos), y los casos de maltrato físico y psicológico en el ámbito deportivo, incluyendo la efectividad de los mecanismos de denuncia. La Comisión deberá presentar informes parciales y un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones durante el término de la Vigésima (20 ma.) Asamblea Legislativa.
Para ordenar a las Comisiones de Gobierno y de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el manejo de los casos de maltrato a menores, la cantidad de trabajadores sociales reclutados luego de la entrada en vigor de la Ley Núm. 57 de 11 de mayo de 2023, mejor conocida como “Ley para la Prevención del Maltrato, Preservación de la Unidad Familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección de los Menores”; y cotejar el cumplimiento de la certificación requerida en el Artículo 83 de la Ley 57-2023; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 389 ordena a las Comisiones de Gobierno y de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el manejo de casos de maltrato a menores. Específicamente, busca determinar la cantidad de trabajadores sociales reclutados tras la entrada en vigor de la Ley 57-2023 y verificar el cumplimiento de la certificación requerida en su Artículo 83. Esta medida no crea derechos ni obligaciones, ni asigna fondos, sino que solicita un informe a las comisiones legislativas.
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