Para ordenar a las Comisiones de Seguridad Publica; y de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con el tema de la seguridad y el crimen contra la población de adultos mayores de sesenta (60) años; los aspectos sociales, psicológicos y de ley y orden de esta situación desde la perspectiva de todas las agencias y entidades concernidas; propuestas de política pública y acción interagencial para atender la situación; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La R. de la C. 374 ordena a las Comisiones de Seguridad Pública y de Adultos Mayores y Bienestar Social investigar la seguridad y el crimen contra personas de 60 años o más, incluidos los aspectos sociales, psicológicos y de ley y orden, y proponer políticas y acciones entre agencias. Las Secciones 2 y 3 permiten citar a personas y entidades y realizar estudios, pedir documentos e información y hacer otras gestiones pertinentes. La Sección 4 dispone informes parciales cuando las comisiones los estimen necesarios o convenientes y un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones antes de que termine la Vigésima Asamblea Legislativa. La versión aprobada eliminó la convocatoria expresa de una Cumbre de Seguridad del Adulto Mayor; la resolución no crea servicios ni asigna fondos.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en el tema de la seguridad y el crimen, que ha sido un asunto central en Puerto Rico, con debates sobre la profesionalización de la Policía, la corrupción, la reestructuración del aparato de seguridad y las tendencias de la actividad criminal. La investigación propuesta sobre la seguridad de los adultos mayores se suma a estas preocupaciones históricas sobre la protección ciudadana.
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
Se eliminó del encargo la convocatoria expresa de una Cumbre de Seguridad del Adulto Mayor por la Cámara.
En qué va
La Cámara la aprobó con el 18 de agosto de 2025. Hubo una el 7 de julio de 2026 y figura una para el 19 de octubre de 2026, fecha posterior a hoy.
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Última acción · 19 de octubre de 2026
: Salón de Audiencias #3
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado a las leyes que promueven el desarrollo integral de la población adulta mayor, particularmente la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores” y la legislación especial citada en la misma que beneficia a esta población; la eficacia de las agencias gubernamentales responsables por la implementación de estas leyes; a fines de determinar si resulta necesario el desarrollo de política pública para promover el desarrollo integral de este creciente e importante sector poblacional; y para otros fines relacionados.
La R. de la C. 372 no enmienda la Ley 121-2019 ni crea derechos u obligaciones generales: ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara investigar las leyes sobre adultos mayores, en particular la Ley 121-2019, y la eficacia de las agencias que las implementan. La Comisión puede citar personas, entidades gubernamentales y organizaciones relacionadas con esos asuntos, y pedir documentos e información. Debe presentar un informe final antes de que termine la Vigésima Asamblea Legislativa; puede rendir informes parciales con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la seguridad y el orden público; el fortalecimiento de los esfuerzos gubernamentales de ley y orden contra la violencia, el crimen y el trasiego de drogas; el Departamento de Justicia, el Departamento de Seguridad Pública, el Departamento de Corrección y Rehabilitación, el Instituto de Ciencias Forenses y los componentes de esas entidades; lo concerniente a las Fuerzas Armadas de Estados Unidos de América, los cuerpos de seguridad federales, tales como el U.S. Department of Homeland Security, el Federal Bureau of Investigations y el National Security Administration, y estatales como los distintos cuerpos policiales de los distintos estados, entre otros; sobre todo asunto dirigido a controlar y disminuir la delincuencia y controlar y prevenir el crimen; las asignaciones de fondos y recursos para programas de seguridad pública y otros que puedan tener impacto directo en la prevención de la criminalidad; sobre la formulación de política pública que garantice la máxima seguridad física para los residentes urbanos y rurales; los planes, programación, obra pública, organización y prestación de los servicios ordenados por ley a la Guardia Nacional de Puerto Rico, al Negociado de la Policía de Puerto Rico, al Negociado del Cuerpo de Bomberos, al Negociado de Manejo de Emergencias y Administración de Desastres de Puerto Rico, y a aquellas otras agencias gubernamentales que promuevan la seguridad civil en casos de emergencia.
La Resolución de la Cámara 37 ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre todos los aspectos relacionados con la seguridad y el orden público en Puerto Rico. Esto incluye el fortalecimiento de esfuerzos contra la violencia, el crimen y el trasiego de drogas, la evaluación de agencias clave como Justicia, Seguridad Pública, Corrección e Instituto de Ciencias Forenses, así como la coordinación con entidades federales y estatales. También abarca la revisión de asignaciones de fondos, políticas públicas para la seguridad física de residentes y la prestación de servicios de agencias como la Guardia Nacional y la Policía.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la implementación, cumplimiento y efectividad de las políticas públicas y legislación vigente para combatir el abandono de adultos mayores por parte de su familia, tutor o persona responsable; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 276 ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es evaluar la implementación, el cumplimiento y la efectividad de las políticas públicas y la legislación actual destinadas a combatir el abandono de adultos mayores por parte de sus familiares, tutores o responsables. La investigación busca identificar las deficiencias y proponer recomendaciones para mejorar la protección de esta población vulnerable.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con el desarrollo del funcionamiento y la supervisión de servicios de bienestar social a individuos, familias y comunidades, específicamente de poblaciones especiales tales como los adultos mayores y comunidades marginadas, con el propósito de implantar la política pública que garantice los servicios que requieren estas poblaciones; los beneficios de asistencia económica, rehabilitación física, económica y emocional; la asistencia nutricional y provisión de alimentos; las facilidades de amas de llaves; los centros de cuidado; las instituciones para la atención y rehabilitación de niños con problemas sociales; para combatir el maltrato infantil así como los sistemas de seguridad social; y los servicios enfocados a una mejor calidad de vida.
La R. de la C. 101 ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social investigar el funcionamiento y la supervisión de servicios sociales, incluidos los dirigidos a adultos mayores, comunidades marginadas y niños con problemas sociales. La Comisión puede citar a personas, entidades gubernamentales y organizaciones relacionadas, y solicitar documentos e información. Debe presentar un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones antes de que termine la Vigésima Asamblea Legislativa; los informes parciales quedan a su discreción. La resolución no cambia los requisitos para recibir servicios ni asigna fondos.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación y el cumplimiento con la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a Favor de los Adultos Mayores”, y sus implicaciones en la actuación de las agencias gubernamentales responsables de garantizar los derechos y servicios esenciales a esta población; y para otros fines relacionados.
La Resolución ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara investigar la implementación y el cumplimiento de la Ley 121-2019, incluida la actuación de las agencias responsables de los derechos y servicios esenciales. La Comisión debe presentar a la Cámara un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones antes de que termine la Vigésima Asamblea Legislativa. No enmienda la Ley 121-2019, no crea derechos u obligaciones nuevos ni asigna fondos.
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