Qué propone
La Resolución Concurrente de la Cámara 32 ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) a realizar un estudio exhaustivo sobre la contaminación por sustancias perfluoradas y polifluoradas (PFAS) en el agua de Puerto Rico. El estudio debe detallar regiones afectadas, parámetros analíticos, niveles detectados, riesgos para la salud y proponer acciones correctivas a corto y largo plazo. El DRNA y la AAA tienen un plazo de 180 días para presentar informes a la Asamblea Legislativa.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida aborda la contaminación del agua por PFAS, un problema que se enmarca en los retos históricos de la administración del recurso hídrico y la protección ambiental en Puerto Rico. La AAA, mencionada en la medida, enfrenta presiones para cumplir con leyes federales de agua limpia, lo que históricamente ha justificado aumentos en las tarifas para costear mejoras capitales y garantizar la calidad del agua.
En qué va
La Resolución Concurrente de la Cámara 32 fue el 2 de diciembre de 2025, tuvo su primera lectura en la Cámara el 12 de enero de 2026 y fue referida a comisión. Posteriormente, fue por su autor el 12 de enero de 2026.
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Última acción · 12 de enero de 2026
por su Autor
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Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) a realizar un estudio exhaustivo sobre la contaminación de sustancias perfluoradas y polifluoradas (PFAS, por sus siglas en inglés) en el agua, con el fin de desarrollar e implementar medidas correctivas para mitigar los efectos nocivos de estas sustancias.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) a realizar un estudio exhaustivo sobre la contaminación por sustancias perfluoradas y polifluoradas (PFAS) en el agua de Puerto Rico. El estudio debe detallar hallazgos, riesgos para la salud y proponer acciones correctivas inmediatas y a largo plazo. Los informes deben presentarse a la Asamblea Legislativa en un plazo de 180 días.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales y Ambientales a realizar una investigación exhaustiva sobre el uso, administración y destino de fondos asignados para reparaciones, mejoras del sistema de Acueductos y Alcantarillados, y para la mitigación de la contaminación por sustancias perfluoradas y polifluoradas (PFAS, por sus siglas en inglés) en el agua.
La Resolución de la Cámara 523 ordena a la Comisión de Recursos Naturales y Ambientales a realizar una investigación exhaustiva sobre el uso, administración y destino de fondos federales asignados para reparaciones, mejoras del sistema de Acueductos y Alcantarillados, y para la mitigación de la contaminación por sustancias perfluoradas y polifluoradas (PFAS) en el agua. La investigación debe desglosar la distribución de fondos, proyectos, contratos, reparaciones, impacto y resultados de las intervenciones. La Comisión tiene 180 días para presentar un informe a la Cámara de Representantes.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales y Ambientales a realizar una investigación exhaustiva sobre el uso, administración y destino de fondos asignados para reparaciones, mejoras del sistema de Acueductos y Alcantarillados, y para la mitigación de la contaminación por sustancias perfluoradas y polifluoradas (PFAS, por sus siglas en inglés) en el agua.
La Resolución de la Cámara 518 ordena a la Comisión de Recursos Naturales y Ambientales a realizar una investigación exhaustiva sobre el uso, administración y destino de fondos federales asignados para reparaciones e mejoras al sistema de acueductos y alcantarillados, así como para la mitigación de la contaminación por sustancias perfluoradas y polifluoradas (PFAS). La investigación debe detallar la asignación, distribución, proyectos, contratos, reparaciones, impacto, medidas de mitigación de PFAS y resultados. La Cámara de Representantes espera un informe en un plazo de 180 días.
Para solicitar a la Gobernadora de Puerto Rico, Hon. Jenniffer N. González Colón, que declare un estado de emergencia sobre la infraestructura de suministro de agua potable en los municipios de Dorado, Vega Alta y Vega Baja, a los fines de facilitar medidas urgentes, asignar los recursos necesarios y agilizar los procesos administrativos y los proyectos prioritarios que garanticen el acceso constante al agua potable a las comunidades afectadas.
La Resolución Concurrente R.C.C. 22 solicita a la Gobernadora de Puerto Rico que declare un estado de emergencia para la infraestructura de suministro de agua potable en Dorado, Vega Alta y Vega Baja. El objetivo es facilitar medidas urgentes, asignar recursos y agilizar procesos y proyectos prioritarios para garantizar el acceso constante al agua potable en estas comunidades afectadas por interrupciones y baja calidad del servicio.
Para ordenar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), en coordinación con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos (USACE), la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) y cualquier otra agencia estatal o federal con jurisdicción, realizar de manera expedita todas las evaluaciones, estudios, diseños, permisos y trabajos necesarios para el dragado del Embalse La Plata, con el propósito de recuperar su capacidad de almacenamiento de agua potable, fortalecer la resiliencia del sistema de abasto ante períodos de sequía y garantizar la seguridad hídrica de Puerto Rico; disponer sobre la identificación de fondos estatales y federales disponibles; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), en coordinación con agencias estatales y federales como DRNA, USACE y FEMA, a realizar de manera expedita todos los estudios, diseños, permisos y trabajos necesarios para el dragado del Embalse La Plata. El objetivo es recuperar su capacidad de almacenamiento de agua potable, mejorar la resiliencia ante sequías y asegurar la seguridad hídrica. La medida también dispone la identificación de fondos estatales y federales para sufragar el proyecto y establece un plazo de 120 días para que la AAA presente un Plan de Acción detallado a la Asamblea Legislativa.
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