Qué propone
La Resolución del Senado 327 ordena a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre la violencia obstétrica. El objetivo es identificar prácticas, protocolos y políticas que afecten el trato digno y humanitario de las mujeres durante el embarazo, parto y posparto. Esta medida no crea derechos ni obligaciones ni asigna fondos, sino que solicita un informe.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución del Senado 327 fue el 8 de octubre de 2025 y referida a comisión el 9 de octubre de 2025. El 15 de junio de 2026, la Comisión de Asuntos Internos emitió un , no recomendando su aprobación.
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Última acción · 15 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre la existencia, accesibilidad, asequibilidad y suficiencia en Puerto Rico de: salas de parto y unidades materno-infantiles en cada distrito senatorial, en atención a la necesidad y realidad demográfica de cada comunidad; servicios perinatales, obstétricos y de maternidad; profesionales de la ginecología y obstetricia; y la viabilidad de revisar la legislación y reglamentación existente para permitir una participación mayor de las doulas y enfermeras parteras en los procesos de parto, y de expandir la cubierta de los planes de seguros de salud para incluyan esos servicios.
La medida propone ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico que realice una investigación exhaustiva. El estudio debe abarcar la existencia, accesibilidad, asequibilidad y suficiencia de salas de parto y unidades materno-infantiles en cada distrito senatorial, así como los servicios perinatales, obstétricos y de maternidad y la disponibilidad de profesionales en ginecología y obstetricia. Adicionalmente, se solicita evaluar la viabilidad de integrar más doulas y enfermeras parteras y expandir la cubierta de seguros de salud para estos servicios.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la operación y desempeño de la Oficina del Procurador del Paciente y la Defensoría de las Personas con Impedimentos, enfocándose en el manejo, clasificación, estatus y resultados de las querellas recibidas; la efectividad en la atención, resolución y seguimiento de estos casos; así como en la inspección de las tareas y funciones asignadas a ambas oficinas para verificar el cumplimie
Esta Resolución ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la operación y desempeño de la Oficina del Procurador del Paciente y la Defensoría de las Personas con Impedimentos. El objetivo es evaluar el manejo de querellas, la efectividad en la resolución de casos y el cumplimiento de sus misiones legales. La Comisión deberá presentar un informe con hallazgos y recomendaciones dentro de 180 días tras la aprobación de la medida.
Para ordenar a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación sobre el cumplimiento del Departamento de Salud de Puerto Rico con su deber ministerial de fiscalizar los Centros de Terminación de Embarazos en Puerto Rico, conforme al Reglamento Núm. 7654 de 8 de septiembre de 2008, según enmendado.
La Resolución del Senado 536 ordena a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Departamento de Salud con su deber de fiscalizar los Centros de Terminación de Embarazos. La investigación se centrará en aspectos como la frecuencia y alcance de las inspecciones, el seguimiento de procesos, la imposición de medidas administrativas, la metodología de auditoría, la adaptación a nuevas enmiendas reglamentarias y el manejo de casos y expedientes clínicos. El objetivo es identificar fallas y proponer recomendaciones legislativas para garantizar la protección de las mujeres.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y efectividad de los servicios ofrecidos por los albergues de mujeres víctimas de violencia doméstica en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 32 ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y efectividad de los servicios que ofrecen los albergues para mujeres víctimas de violencia doméstica en la isla. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe con hallazgos y recomendaciones. Esta medida afecta a las organizaciones que administran dichos albergues y a las mujeres y sus hijos que dependen de estos servicios.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico realizar un estudio sobre la incidencia, modalidades y estrategias preventivas de la violencia cibernética contra mujeres en redes sociales y plataformas digitales en Puerto Rico; identificar patrones de acoso digital, ciberacoso sexual, doxing, difusión no consentida de imágenes íntimas y amenazas en línea; evaluar la respuesta actual del sistema de justicia y proponer recomendaciones para fortalecer la prevención, persecución y protección de las víctimas sin impacto fiscal adicional; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 427 ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico realizar un estudio exhaustivo sobre la violencia cibernética contra mujeres en Puerto Rico. El estudio debe cuantificar la incidencia, identificar patrones y modalidades, evaluar la respuesta del sistema de justicia y proponer recomendaciones de política pública sin impacto fiscal adicional. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe y está facultada para requerir información y citar comparecencias.
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