Para ordenar a las Comisiones de Vivienda y Bienestar Social; y la de Salud del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la eficacia de los servicios, programas y capacidades que brinda el Gobierno de Puerto Rico para atender el sinhogarismo y su impacto en la salud mental de esta población, con el propósito de elaborar un plan estructurado que defina metas concretas orientadas a la prevención, el cuidado permanente y la reinserción social de las personas sin hogar.
Qué propone
La Resolución del Senado 453 propone ordenar a las Comisiones de Vivienda y Bienestar Social; y la de Salud del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la eficacia de los servicios, programas y capacidades gubernamentales para atender el sinhogarismo y su impacto en la salud mental. El propósito es elaborar un plan estructurado con metas concretas para prevención, cuidado permanente y reinserción social de personas sin hogar.
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución del Senado 453 fue el 10 de marzo de 2026 y referida a comisión el 12 de marzo de 2026. El 21 de abril de 2026, la Comisión de Asuntos Internos del Senado emitió un , no recomendando su aprobación por duplicidad de esfuerzos con una medida anterior.
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Última acción · 21 de abril de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre nuestro actual sistema de cuidado de salud mental, particularmente si el mismo incorpora todos aquellos avances en el campo de la salud mental que fortalezcan los aspectos de recuperación y rehabilitación como parte integrante del tratamiento, así como la prevención, tanto en la población adulta, como en los menores de edad y si resulta necesaria la aprobación de un nuevo marco legal que responda a la necesidad imperiosa que tiene nuestra sociedad de mejorar la salud mental de sus ciudadanos; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 53 ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el sistema actual de cuidado de salud mental en Puerto Rico. La investigación debe determinar si el sistema incorpora los avances en recuperación, rehabilitación y prevención, tanto para adultos como para menores. Además, debe evaluar si es necesaria la aprobación de un nuevo marco legal para mejorar la salud mental de los ciudadanos. La Comisión deberá rendir un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa.
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico investigar el impacto de las enmiendas propuestas por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano del gobierno federal de los Estados Unidos (HUD, por sus siglas en inglés) a las disposiciones del Código de Regulaciones Federales que reglamentan los programas de vivienda pública y de vivienda subsidiada; cómo el Departamento de la Vivienda de Puerto Rico planifica mitigarlas; y qué mecanismos puede implementar la Asamblea Legislativa de Puerto Rico para garantizar el derecho a la vivienda de las personas y comunidades afectadas.
La Resolución del Senado 460 buscaba ordenar a la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico que investigara el impacto de enmiendas propuestas por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano federal (HUD) a las regulaciones de programas de vivienda pública y subsidiada. También pedía investigar cómo el Departamento de la Vivienda de Puerto Rico planificaba mitigar dichos impactos y qué mecanismos podría implementar la Asamblea Legislativa para garantizar el derecho a la vivienda de los afectados.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 252, según aprobada el 23 de octubre de 2025, a los fines de extender el término de tiempo de las Comisiones de Vivienda y Bienestar Social y de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 538 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 252, aprobada el 23 de octubre de 2025. El propósito es extender el plazo para que las Comisiones de Vivienda y Bienestar Social y de Asuntos Municipales del Senado rindan su informe final, moviendo la fecha límite del cierre de la 3ra Sesión Ordinaria al cierre de la 4ta Sesión Ordinaria de la 20ma Asamblea Legislativa.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 474, según aprobada el 11 de mayo de 2026, a los fines de extender el término concedido a la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico para rendir su informe final; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 593 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 474, aprobada el 11 de mayo de 2026. Su propósito es extender el plazo para que la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado rinda su informe final sobre la implementación de la Ley 105-2025 (Ley de Alojamiento Temporero para Residentes de Vieques y Culebra). El nuevo plazo vence al cierre de la 4ta Sesión Ordinaria de la 20ma Asamblea Legislativa (entre agosto y noviembre de 2026). Afecta directamente a la mencionada Comisión y, de forma indirecta, al Departamento de la Vivienda y la Compañía de Turismo de Puerto Rico, sujetos de la investigación.
Para enmendar la Sección 4 de la R. del S. 435, según aprobada el 17 de febrero de 2026, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final.
Esta Resolución del Senado (R. del S. 583) enmienda la Sección 4 de la Resolución del Senado 435, aprobada el 17 de febrero de 2026. Su propósito es extender el plazo para que la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado rinda su informe final sobre la investigación del impacto de los apagones en el sistema de acueductos y alcantarillados y la responsabilidad de LUMA Energy LLC. La enmienda modifica la fecha límite original, que era el 16 de agosto de 2026.
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