Para ordenar a la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento por parte del Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico (DRD) con las disposiciones del Artículo 12 de la Ley Núm. 8 de 8 de enero de 2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, particularmente en lo relacionado con la constitución, composición, funcionamiento, reuniones, convocatorias, documentación, evaluación de informes, formulación de recomendaciones y demás responsabilidades del Consejo Nacional para la Vinculación del Deporte, la Recreación y la Educación Física; así como investigar el cumplimiento por parte del DRD y de la Junta para el Desarrollo del Atleta Puertorriqueño de Alto Rendimiento a Tiempo Completo con las disposiciones de la Ley Núm. 119 de 17 de agosto de 2001, según enmendada, conocida como “Ley del Fondo y la Junta para el Desarrollo del Atleta Puertorriqueño de Alto Rendimiento a Tiempo Completo”, particularmente las responsabilidades, deberes y facultades conferidas a dicha Junta para administrar el Fondo, evaluar, aprobar y contratar atletas, establecer programas de investigación y estudios para mejorar el rendimiento deportivo, adoptar y cumplir su reglamento, reunirse y ejercer sus funciones; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La resolución ordena a la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado investigar el cumplimiento del DRD con el Artículo 12 de la Ley 8-2004 y el cumplimiento del DRD y de la Junta para el Desarrollo del Atleta de Alto Rendimiento con la Ley 119-2001. El examen incluye la constitución, composición y reuniones del Consejo Nacional, y las funciones de la Junta sobre el Fondo, la evaluación y contratación de atletas, los estudios deportivos y su . La Comisión deberá rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 90 días después de la aprobación; la resolución no ni leyes.
Pros
Intereses en juego
En qué va
La R. del S. 632 fue el 22 de octubre de 2026. No consta todavía aprobación ni referido a comisión.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 22 de octubre de 2026
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