Para ordenar al Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Waldemar Quiles Pérez, ceder un pedazo de terreno al Municipio de Cabo Rojo para la construcción de baños públicos en la playa El Combate, en beneficio de los visitantes, la comunidad y otros fines de interés público.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 165 ordena al Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) ceder un pedazo de terreno en la playa El Combate, Cabo Rojo, al municipio. El propósito es la construcción de baños públicos. La cesión debe formalizarse en un plazo de 60 días, y el terreno se destinará a baños y otros proyectos de disfrute y conservación, con informes anuales a la Cámara.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida, al ordenar la cesión de terrenos del DRNA para uso público en una playa, se inserta en el debate histórico sobre el uso y acceso a la zona marítimo-terrestre, un bien de dominio público. Este debate, como el caso de Sol y Playa en Rincón, refleja las tensiones entre el disfrute colectivo de las costas y los intereses de desarrollo o uso particular de estos espacios.
En qué va
La Resolución de la Cámara 165 fue el 20 de febrero de 2025 y referida a comisión. Posteriormente, fue por su autor el 2 de octubre de 2025, lo que significa que no avanzó en el proceso legislativo.
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Última acción · 2 de octubre de 2025
por su Autor
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Waldemar Quiles Pérez, segregar y transferir gratuitamente el dominio de una porción de terreno ubicado en la Playa Combate ubicada en el Municipio de Cabo Rojo al Municipio de Cabo Rojo para la construcción de baños públicos y otros proyecto que promuevan el disfrute y la conservación de la playa El Combate, en beneficio de los visitantes, la comunidad y otros fines de interés público
Ordena al Secretario del DRNA segregar y transferir gratuitamente al Municipio de Cabo Rojo el dominio de una porción de terreno en la playa El Combate; el texto no indica su cabida ni número de finca o catastro. El Municipio deberá destinar el terreno a baños públicos y a otros proyectos que promuevan el disfrute y la conservación de la playa, y rendir informes anuales sobre el uso y estado de las instalaciones. La transferencia debe realizarse dentro de 60 días desde la aprobación de la Resolución Conjunta.
Para peticionarle al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) comunicaciones relacionadas a la preparación, revisión, análisis e implementación de una orden administrativa, o borrador de orden administrativa, sobre disposiciones relacionadas con estructuras residenciales en la zona marítimo-terrestre y el uso de terrenos y aguas en La Parguera las cuales fueron recogidas en la DRNA-OA 2025-01.
La Resolución de la Cámara 55 (RC 55) le solicita al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) que entregue todas las comunicaciones escritas o electrónicas relacionadas con la preparación, revisión, análisis e implementación de la orden administrativa DRNA-OA 2025-01, o su borrador. Esta orden administrativa concierne disposiciones sobre estructuras residenciales en la zona marítimo-terrestre y el uso de terrenos y aguas en La Parguera. La información debe ser provista por la exsecretaria Anaís Rodríguez Vega y el secretario designado Waldemar Quiles Pérez, junto a la División Legal del DRNA. El DRNA tiene un plazo de tres (3) días laborables para entregar la información a la Secretaría de la Cámara de Representantes, la cual tomará medidas para compeler el cumplimiento si es necesario.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico, la Compañía Turismo, el Departamento de Recreación y Deportes y al Departamento de la Vivienda de Puerto Rico, rendir un informe exhaustivo sobre la disponibilidad, asignación y estatus de los fondos federales y estatales bajo la custodia del Departamento de la Vivienda y del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) que puedan ser destinados a la rehabilitación de los balnearios públicos de la isla; ordenar a que suministren a este Cuerpo un informe detallado de dichos balances y el procedimiento oficial de solicitud para la utilización de estos fondos; y para otros fines relacionados. Para ordenar, además, a la Junta de Planificación de Puerto Rico someta un listado de los proyectos de reparación, rehabilitación y/o mejoras pendientes de los cuales tenga conocimiento
Esta Resolución Conjunta ordena a varios departamentos del Poder Ejecutivo (Recursos Naturales y Ambientales, Turismo, Recreación y Deportes, Vivienda) y a la Junta de Planificación a rendir informes detallados sobre la disponibilidad, asignación y estatus de fondos federales y estatales destinados a la rehabilitación de balnearios públicos. Se les exige presentar balances de fondos remanentes, proyectos asignados, y procedimientos para solicitar y usar dichos fondos, con plazos estrictos de 15 días para las agencias y 60 días para que la Comisión legislativa presente su informe final. Afecta directamente a las agencias obligadas a reportar y a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales el traspaso libre de costo al Municipio de Cabo Rojo de la titularidad, administración, control y manejo del Parque Nacional Balneario y Centro Vacacional de Boquerón; y para otros fines relacionados.
Ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) transferir sin costo al Municipio de Cabo Rojo la titularidad, administración, control y manejo del Parque Nacional Balneario y Centro Vacacional de Boquerón, incluidos sus terrenos, estructuras, facilidades, contratos y demás activos relacionados. El Municipio debe garantizar la continuidad de los servicios al público, el acceso razonable y el cumplimiento de las leyes ambientales y de conservación aplicables. El DRNA y el Municipio deben completar el traspaso dentro de 180 días desde la aprobación; el texto no dispone una reversión al Estado. Es una orden de ejecutar el traspaso, no de evaluarlo; las escrituras se inscribirían sin pago de derechos si el Registrador determina que no tienen defectos.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico establecer un acuerdo colaborativo con el Municipio de Luquillo para la administración, el desarrollo y mantenimiento de las instalaciones del Balneario La Monserrate, incluyendo las edificaciones existentes del balneario, con la condición de que el municipio garantice y mantenga el acceso, disfrute y uso a perpetuidad por el público; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a establecer un acuerdo colaborativo con el Municipio de Luquillo para la administración, desarrollo y mantenimiento del Balneario La Monserrate. El municipio deberá garantizar el acceso público a perpetuidad y podrá firmar acuerdos con otras entidades para optimizar recursos. La cesión se realiza en las condiciones actuales del balneario, sin obligación de reparaciones previas por parte del DRNA. El municipio deberá crear un reglamento para el uso de las instalaciones, sujeto a aprobación del DRNA, y mantener seguros de responsabilidad pública.
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