Qué propone
La Resolución Conjunta de la Cámara 280 ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a traspasar al Municipio de Cabo Rojo, libre de costo y en un plazo máximo de 180 días, la titularidad, administración, control y manejo completo del Parque Nacional Balneario y Centro Vacacional de Boquerón. Este traspaso incluye todos los activos, terrenos, edificaciones y concesiones asociadas a la propiedad. El municipio deberá garantizar la continuidad de servicios, el acceso público y el cumplimiento ambiental, mientras que ambas entidades deben colaborar y reportar sobre el proceso.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida sobre el traspaso del Balneario de Boquerón al Municipio de Cabo Rojo se enmarca en la discusión sobre la administración de los recursos naturales y la unificación de agencias ambientales. La Ley 171-2018 consolidó la Compañía de Parques Nacionales bajo el DRNA, lo que esta medida busca revertir para un caso particular, reflejando tensiones sobre la centralización versus la autonomía local en la gestión de bienes públicos.
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 280 fue el 5 de febrero de 2026, tuvo su primera lectura en la Cámara de Representantes el 9 de febrero de 2026 y fue referida a la Comisión de Recursos Naturales para su análisis.
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Última acción · 9 de febrero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Waldemar Quiles Pérez, segregar y transferir gratuitamente el dominio de una porción de terreno ubicado en la Playa Combate ubicada en el Municipio de Cabo Rojo al Municipio de Cabo Rojo para la construcción de baños públicos y otros proyecto que promuevan el disfrute y la conservación de la playa El Combate, en beneficio de los visitantes, la comunidad y otros fines de interés público
Esta Resolución Conjunta ordena al Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a segregar y transferir gratuitamente el dominio de una porción de terreno en la Playa Combate, Cabo Rojo, al Municipio de Cabo Rojo. El propósito es la construcción de baños públicos y otros proyectos para el disfrute y conservación de la playa. La transferencia debe completarse en un plazo de 60 días, y el Municipio deberá rendir informes anuales sobre el uso del terreno.
Para ordenar al Departamento de Recreación y Deportes a traspasar el dominio de los inmuebles y facilidades que componen el Parque Colón al Municipio de Aguadilla, con arreglo a las disposiciones de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como el “Código Municipal de Puerto Rico”, a fin de que dicho Municipio pueda administrar, desarrollar y utilizar dichas facilidades para la celebración de eventos deportivos y recreativos, actividades de pequeñas ligas, eventos artísticos y culturales, así como para la prestación de servicios y actividades de índole comercial compatibles con su naturaleza, entre otros usos similares, que redunden en beneficio de la calidad de vida, el bienestar comunitario y el desarrollo socioeconómico de los residentes del área oeste y visitantes de todo Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta de la Cámara 282 ordena al Departamento de Recreación y Deportes (DRD) a traspasar la plena titularidad de los terrenos e instalaciones del Parque Colón al Municipio de Aguadilla. Esto permitirá que el municipio administre, desarrolle y utilice dichas facilidades para eventos deportivos, recreativos, culturales y actividades comerciales compatibles. La medida busca consolidar la titularidad y administración en una sola entidad, reconociendo la relación histórica de Aguadilla con el parque.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y su Reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, por parte del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales al Municipio de Camuy del Parque Nacional de las Cavernas del Río Camuy, incluyendo todas sus instalaciones y terrenos, para fines de desarrollo turístico, recreativo y económico; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), que evalúe la transferencia, usufructo o negocio jurídico similar del Parque Nacional de las Cavernas del Río Camuy, incluyendo sus instalaciones y terrenos, del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) al Municipio de Camuy. El propósito es el desarrollo turístico, recreativo y económico. Se establece un plazo de 30 días para la determinación del Comité, con una condición suspensiva para la escritura pública de transferencia de título hasta que se completen obras de rehabilitación necesarias.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar la transferencia al Municipio de Cabo Rojo, mediante los mecanismos contemplados en dicha Ley, del terreno y la estructura que comprende el antiguo cuartel de la policía estatal del barrio Boquerón de Cabo Rojo, con el fin de utilizarlo para establecer diversos proyectos de desarrollo económico, educativos, comunitarios, turísticos y deportivos, así como otros proyectos que sea de beneficio para la ciudadanía en general.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI), bajo la Ley 26-2017, a evaluar la transferencia de un terreno y estructura (el antiguo cuartel de la policía estatal en Boquerón, Cabo Rojo) al Municipio de Cabo Rojo. El propósito es permitir que el municipio desarrolle proyectos económicos, educativos, comunitarios, turísticos y deportivos en la propiedad. El CEDBI tiene 60 días laborables para completar la evaluación, y la Autoridad de Edificios Públicos (AEP) se encargará de las gestiones de cumplimiento si la transferencia es autorizada, bajo condiciones específicas que incluyen la reversión del título si no se cumple el propósito.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales dejar sin efecto de forma inmediata, la Orden Administrativa Número 2025-01 denominada “Para establecer el cobro de derechos para el uso de terrenos y aguas de dominio público en La Parguera en el Municipio de Lajas”, y en su consecuencia, que se reactiven todas las investigaciones y casos a las circunstancias en que estaban al momento de emitirse la orden; se restituye la vigencia de cualquier orden administrativa derogada por la misma.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) dejar sin efecto de forma inmediata la Orden Administrativa Número 2025-01, la cual establecía el cobro de derechos por el uso de terrenos y aguas de dominio público en La Parguera, Lajas. Consecuentemente, se reactivan todas las investigaciones y casos relacionados a dichos asuntos a su estado previo, y se restituye la vigencia de cualquier orden administrativa que la Orden 2025-01 hubiese derogado. Afecta directamente al DRNA en su deber de implementar la orden, y a los ciudadanos o entidades que utilizaban o buscaban utilizar los recursos públicos en La Parguera.
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