Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), que evalúe la transferencia, o negocio jurídico similar del Parque Nacional de las Cavernas del Río Camuy, incluyendo sus instalaciones y terrenos, del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) al Municipio de Camuy. El propósito es el desarrollo turístico, recreativo y económico. Se establece un plazo de 30 días para la determinación del Comité, con una condición suspensiva para la escritura pública de transferencia de título hasta que se completen obras de rehabilitación necesarias.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la larga historia del turismo como pilar estratégico para la economía de Puerto Rico, buscando el desarrollo turístico, recreativo y económico a través de la transferencia de un recurso natural. La institucionalización del turismo con la Compañía de Turismo en 1970 y la creación del Distrito del Centro de Convenciones en 2001 demuestran la búsqueda constante de diversificación económica a través de este sector, un objetivo que esta medida persigue para el Parque Nacional de las Cavernas del Río Camuy.
En qué va
La Resolución Conjunta RCC 147 fue el 9 de junio de 2025, aprobada por ambas cámaras legislativas en junio de 2025, y el 11 de julio de 2025. Fue mediante el 11 de agosto de 2025.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 11 de agosto de 2025
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (24)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y su Reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, por parte de la Autoridad de Carreteras y Transportación al Municipio de Camuy del Área Escenica, localizada en el Barrio Puente del Municipio de Camuy, incluyendo todas sus instalaciones y edificaciones; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta de la Cámara 146 ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles (CEBDI) evaluar la transferencia, usufructo u otro negocio jurídico sobre el Área Escénica de Camuy, actualmente bajo la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT), al Municipio de Camuy. Establece un plazo de 30 días para la determinación del CEBDI, con una cláusula de aprobación automática si no hay respuesta. Si se aprueba la transferencia, el municipio podrá usar el inmueble para fines públicos, pero no podrá enajenarlo ni alterar su uso público. La ejecución de cualquier escritura de título queda supeditada a la culminación de obras de reconstrucción por parte de la ACT.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como la “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y su Reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, por parte del Programa de Parques Nacionales adscrito al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales al Municipio de San Juan, del Parque Luis Muñoz Rivera, localizado en Puerta de Tierra en el Municipio de San Juan, incluyendo todas sus instalaciones y edificaciones; establecer condiciones suspensivas para cualquier transferencia de título; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles evaluar la transferencia, usufructo o negocio jurídico similar del Parque Luis Muñoz Rivera, incluyendo sus instalaciones, del Programa de Parques Nacionales (Departamento de Recursos Naturales y Ambientales) al Municipio de San Juan. Establece un plazo de 30 días para la evaluación del Comité, con una condición suspensiva para la transferencia de título hasta que se culminen obras de reconstrucción. Afecta directamente al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, al Municipio de San Juan y al Comité de Evaluación.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y su Reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, por parte del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales al Municipio de Camuy de la finca conocida como Finca Nolla, incluyendo todas sus instalaciones y terrenos; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles (CEBDI) evaluar la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico de la Finca Nolla, ubicada en Camuy, del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) al Municipio de Camuy. Establece un plazo de 30 días para la determinación del CEBDI, con una cláusula de aprobación automática por silencio administrativo si no se emite una decisión. La medida también contempla que la transferencia de título final estará sujeta a la culminación de obras de rehabilitación.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales el traspaso libre de costo al Municipio de Cabo Rojo de la titularidad, administración, control y manejo del Parque Nacional Balneario y Centro Vacacional de Boquerón; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta de la Cámara 280 ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a traspasar al Municipio de Cabo Rojo, libre de costo y en un plazo máximo de 180 días, la titularidad, administración, control y manejo completo del Parque Nacional Balneario y Centro Vacacional de Boquerón. Este traspaso incluye todos los activos, terrenos, edificaciones y concesiones asociadas a la propiedad. El municipio deberá garantizar la continuidad de servicios, el acceso público y el cumplimiento ambiental, mientras que ambas entidades deben colaborar y reportar sobre el proceso.
Para ordenar al Comite de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, segun enmendada, conocida coma "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar la transferencia al Municipio de Cabo Rojo, mediante los mecanismos contemplados en dicha Ley, del terreno y la estructura del antiguo cuartel estatal ubicado en la zona urbana de dicho Municipio, con el fin de utilizarlo para establecer diversos proyectos de desarrollo económico, educativos, comunitarios, turísticos y deportivos, así como otros proyectos de beneficio para la ciudadanfa en general.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI), creado bajo la Ley 26-2017, a evaluar la transferencia de un antiguo cuartel estatal (terreno y estructura) en Cabo Rojo al Municipio de dicho pueblo. El propósito es facilitar el establecimiento de proyectos de desarrollo económico, educativo, comunitario, turístico y deportivo. La transferencia se regirá por los mecanismos de la Ley 26-2017, y el CEDBI tiene 60 días laborables para completar la evaluación. Se establecen condiciones para asegurar el uso de la propiedad y su reversión al Gobierno de Puerto Rico en caso de incumplimiento.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.